REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de junio de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: KP02-F-2014-000565
Revisada como ha sido la presente solicitud de SEPARACION DE CUERPOS, interpuesta por los ciudadanos JAN LUIS CUEVAS NOVOA y ANA VICTORIA VELAZQUEZ GIL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nrosº 16.642.941 y 4.658.329 respectivamente, en representación de los ciudadanos ISMAEL EDUARDO BLANCO ROJAS y JOHANNA CAROLINA RICCI VELASQUEZ, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio, y titulares de las cedulas de identidad Nros. 13.436.303 y 18.437.066 respectivamente, según poderes consignados al libelo y asistidos por la abogada FAVIOLA CORZO, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 199.678, de este domicilio, el Tribunal observa que la misma no cumple con lo establecido en el articulo 189 del Código Civil, toda vez que el mismo menciona que podrá ser declarada la Separación de Cuerpos, cuando dicha manifestación sea presentada personalmente por los cónyuges, es por lo que es forzoso declararla Inadmisible de conformidad al artículo antes mencionado. En consecuencia y en consideración a los razonamientos expuestos, este Tribunal actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la solicitud por SEPARACION DE CUERPOS, interpuesta por los ciudadanos JAN LUIS CUEVAS NOVOA y ANA VICTORIA VELAZQUEZ GIL, en representación de los ciudadanos ISMAEL EDUARDO BLANCO ROJAS y JOHANNA CAROLINA RICCI VELASQUEZ, anteriormente identificados.
Publíquese y Regístrese.
Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los dieciocho (18) días del mes de Junio del año dos mil catorce (2014). Años: 204º y 155º.
EL JUEZ,
ABG. LUIS FERNANDO MARTINEZ AROCHA
LA SECRETARIA
AUDREY LORENA PINTO
En la misma fecha se publicó, siendo las 10:00 a.m.
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