REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Carora, 11 de junio de 2014.
Año 204º y 155º


KP12-V-2011-000468

SOLICITANTE: Alida Pastora Montilla Meléndez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.928.864.

BENEFICIARIO: (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), de diez (10) años de edad.

En fecha 09 de junio de 2014, se recibió diligencia presentada por la ciudadana Alida Pastora Montilla Meléndez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.928.864, mediante la cual solicito autorización para que el niño (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), viaje con ella desde el día martes veintiuno (21) de junio hasta el día veintidós (22) de junio de 2014 a Tucacas, estado Falcón.

Este Tribunal después de revisar y analizar las actas contenidas en el presente expediente y en atención a la medida provisional de colocación en entidad de atención dictada mediante auto de admisión de fecha veintinueve (29) de noviembre de 2011, por este juzgado en la cual la ciudadana Alida Pastora Montilla Meléndez, ya identificada, solicita autorización para que el niño (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), pueda trasladarse al estado falcón con la misma, con fines de paseo recreacional, este Tribunal acuerda lo siguiente: Se concede permiso a la ciudadana Alida Pastora Montilla Meléndez, ya identificada, para que se traslade con el niño (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), con motivo de paseo recreacional a la población de Tucacas estado Falcón los días veintiuno (21) y veintidós (22) de junio del año 2.014.

“Asimismo, se le advierte a las autoridades competentes, que la referida ciudadana no tiene autorización alguna para trasladar al niño fuera del país. Autorización valida solo para esta oportunidad.

Expídanse copias certificadas por la secretaria de esta sentencia a los interesados y para el archivo.

Regístrese y publíquese

LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DEL CIRCUITO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA EXTENSIÓN CARORA.


ABG. LUISA CRISTINA GONZÁLEZ CAMPOS


LA SECRETARIA


Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 260- 2.014 y se publicó siendo las 03:05 p.m.

LA SECRETARIA


Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA


KP12-V-2011-000468