REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, doce (12) de junio de 2014.- Años 204 y 155

Vista la diligencia suscrita en fecha dos (02) de junio de 2014 por el abogado JOSE DOMINGO LOPEZ VERA, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, REPUBLIC INTERNACIONAL BANK N.V (ANTES BANCO CARACAS N.V), y vista igualmente la suscrita el día once (11) del corriente mes y año por el abogado ALVARO BADELL MADRID, actuando en su carácter de apoderado judicial de CONSORCIO BARR S.A., parte demandada en la presente causa, y el pedimento y alegatos en ellas contenidos, este Tribunal hace del conocimiento a la representación judicial de la parte demandante, que si tiene interés en iniciar un procedimiento disciplinario ante el Ilustre Colegio de Abogados del Distrito Capital, en la persona del abogado Alvaro Badell Madrid, debe solicitar copia certificada a las actuaciones que considere pertinentes y proceda a efectuar personalmente a la denuncia planteada. Cúmplase.-
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes
La Secretaria,

Abg. María Elvira Reis
VJGJ/MER/Edward
Exp. Nº AP71-R-2014-000281 (346)