REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO ORDAZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, Tres (03) de Junio de 2014
Años: 204º y 155º

ACTA DE PROLONGACIÒN DE AUDIENCIA PRELIMINAR

Nº DE EXPEDIENTE: FP11-L-2013-000627

PARTE ACTORA ALEXIS RODRIGUEZ, Venezolano, mayor de de edad, titular de la Cédulas de Identidad Nro. 15.907.235.

REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: EDGAR ALCALÁ, Abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 93.694.

PARTE DEMANDADA: FAPCO, C.A.


REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: EUGENIA MARTINEZ SANTIAGO, YNEOMARYS VERA RIVERO Y YIPSI ASTUDILLO, Abogadas en ejercicio, inscritas en el IPSA bajo los Nro. 39.817, 120.602 y 169.736.

MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES


En el día de hoy, veintinueve (29) de noviembre de 2014, siendo las 10:30 a.m. de la mañana oportunidad prevista para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en la causa signada con el Nº FP11-L-2013-000627; a la misma comparecen: EDGAR ALCALÁ, Abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 93.694, actuando en su condición de apoderado judicial de ALEXIS RODRIGUEZ, Venezolano, mayor de de edad, titular de la Cédulas de Identidad Nro. 15.907.235, tal como se evidencia de instrumento poder que riela a las actas del expediente, por la demandada FAPCO, C.A., comparece YNEOMARYS VERA RIVERO, Abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 120.602. En este estado, la ciudadana Juez insta a las partes a la mediación y concede el derecho de palabra a cada uno de los comparecientes quienes hicieron uso del mismo y realizaron sus planteamientos de hecho y derecho. Ahora bien, debatidos los puntos controvertidos, ambas partes conjuntamente con la jueza consideran necesario prolongar la presente audiencia, en tal sentido se convoca a las partes para día VIERNES CUATRO (04) DE JULIO 2014 A LAS 10:30 AM, DE LA MAÑANA conformidad con el artículo 132 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo, quedan notificada las partes a fin de continuar las conversaciones y mediar la solución del conflicto, por cuanto la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. Es todo terminó, se leyó y conforme firman.

LA JUEZA TERCERO,


ABOG. MAGLIS MUÑOZ F

LOS COMPARECIENTES

LA SECRETARIA,