REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO ORDAZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, Diez (10) de Junio de 2014
Años: 204º y 155º

ACTA DE INSTALACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR

N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2014-000153

PARTE ACTORA: ELISA MARGARITA PEREZ REINAL, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.788.166.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: NELSON DIAZ MOTA y SERGIA ROSA PEREZ GARCIA, Abogados en ejercicio, inscritos en el IPSA bajo los Nº 62.086 y 105.788, respectivamente.

PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL TRAKI DISTRIBUIDORA, C.A.

APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA: ANTONIELLA VANESSA NIGRO RUIZ, Abogada en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el Nº.122.752.

MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS

En el día de hoy, diez (10) de Junio de 2014, siendo las 9:30 a.m. de la mañana oportunidad prevista para que tenga lugar la Instalación de la Audiencia Preliminar en la causa signada con el Nº FP11-L-2014-000153; que por sorteo Público de le fuera atribuida a este Juzgado en función de mediación, según Acta de esta misma fecha, que emana de las Coordinaciones Judicial y de Secretaría de este mismo Circuito Judicial del Trabajo, la cual se ordena agregar a los autos a los fines de verificar la celebración del sorteo y la fase del procedimiento a la misma comparecen: NELSON DIAZ MOTA, Abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 62.086, actuando en su condición de apoderado judicial de la ciudadana ELISA MARGARITA PEREZ REINAL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 13.788.166, tal como se evidencia de instrumento poder que riela a las actas del expediente; por la demandada comparece ANTONIELLA VANESSA NIGRO RUIZ, Abogada en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el Nº.122.752, tal como se evidencia de instrumento poder que presenta en este acto en original y copias a los efectos de su certificación e incorporación a las actas del expediente;. En este estado la ciudadana Jueza insta a las partes a la mediación y solicita las pruebas ofertadas por las partes a la audiencia, la parte actora consigna escrito de pruebas constante de TRES (03) folios útiles un (01) anexo y; la demandada presenta escrito de pruebas constante de siete (07) folios útiles y veinte (20) anexos. De seguidas la ciudadana juez, concede el derecho de palabra a los comparecientes, quienes hicieron uso del mismo y realizaron sus planteamientos de hecho y de derecho, debatido los puntos controvertidos ambas partes conjuntamente con la jueza consideran necesario la prolongación de la Audiencia Preliminar, para el día jueves tres (03) de Julio de 2014, cuando sean las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 am). Es todo, terminó, se leyó y conforme firma.

LA JUEZ TERCERO DE SME,

ABOG. MAGLIS MUÑOZ F


APODERADO DEL TRABAJADOR

APODERADO DE LA DEMANDADA


LA SECRETARIA DE SALA

ABG. YESENIA CARRASQUERO