CJPM-TM14C- 007-2013.-
JUEZ MILITAR: MAY. HUMBERTO JOSÈ ZAMBRANO
IMPUTADO: C1.CARLOS LUIS PADILLA PEREZ
FISCAL MILITAR: TTE. RAFAEL ANTONIO ESCALANTE VARELA
SECRET. JUDICIAL: TTE. EDGARDO DE JESÙS ADARMES COLMENARES
Celebrada la respectiva Audiencia a fin de Verificar el Cabal Cumplimiento del Beneficio de la Suspensión Condicional del Proceso otorgado al acusado CABO PRIMERO CARLOS LUIS PADILLA PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº V.- 19.319.357; por encontrase incurso en la comisión de los delitos Militares de ABANDONO DE SERVICIO, Previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 534, en concordada relación con el artículo 537 del Código Orgánico de Justicia Militar, e INSUBORDINACION Previsto en el artículo 512 numeral 1º y sancionado en el artículo 513 numeral 2º, ejusdem. Quien cumplió con las condiciones impuestas por este Tribunal Militar en fecha 23ENE2013, este Tribunal Militar para decidir observa:
En fecha 23 de Enero del año 2013, este Tribunal le decretó la Suspensión Condicional del Proceso, al prenombrado acusado, suspendiendo el proceso por el lapso de un (01) año, e impuso las siguientes condiciones a saber:
1). Presentación Periódica cada treinta (30) días por ante este Tribunal Militar de Control.
2) Prohibición de salir del País, sin autorización de ese Tribunal Militar .
3) Obligación de informar a este Tribunal Militar cualquier cambio de domicilio y números telefónicos.
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