REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, tres de julio de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO : KP02-F-2013-001207
Siendo el día 02/07/2014 la oportunidad legal, fijada por el Tribunal para el acto de contestación de la demanda, se deja constancia que la parte actora no compareció a Ratificar e insistir sobre la demanda. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 758 del Código de Procedimiento Civil, se declara extinguido el presente proceso de Divorcio, seguido por el ciudadano PABLO EMILIO ESCALONA FIGUEREDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.320.631, y de este domicilio, contra la ciudadana MARIA CAROLINA JIMENEZ GUEDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.412.437, de este domicilio. Déjese copia.
LA JUEZ TEMPORAL
MARLYN EMILIA RODRIGUES PÉREZ
LA SECRETARIA ACC
RAFAELA MILAGRO BARRETO
En este misma fecha se dejo copia Resolución N°155 anotada en el libro diario bajo el N° 57.
La Sec Acc
MERP/maríangélica