PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, 17 de julio de 2014
204º y 155º

DEMANDANTE: ALEXANDER ANTONIO MONTILLA MARIN titular de la cédula de identidad N° V- 13.567.318 en su carácter de poderdante del ciudadano JUAN CARLOS HERNANDEZ ARAUJO, titular de la cédula de identidad Nro: V- 10.310.166.
ABOGADA DE LA PARTE ACTORA:, DANIANGHELA COLMENAREZ SALCEDO inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 79.429.
DEMANDADO: SEGUROS FEDERAL C.A, inscrita en el Registro Mercantil del Distrito Federal y estado Miranda, en fecha 21 de noviembre de 1967, bajo el N° 40, TOMO 50-A, siendo la última modificación de sus estatutos sociales protocolizados en la misma oficina de Registro en fecha 14-03-2005, bajo el N° 20, tomo 33-A, representada por la ciudadana LUZ DELGADO titular de la cédula de identidad Nro: V- 14.953.600.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

ASUNTO: KP02-V-2014-001480.

Visto el escrito de DESISTIMIENTO, presentado por el ciudadano ALEXANDER ANTONIO MONTILLA MARIN en su carácter de apoderado del ciudadano JUAN CARLOS HERNANDEZ ARAUJO según consta en poder que riela al folio siete (7) del presente expediente debidamente asistido por la abogada DANIANGHELA COLMENAREZ SALCEDO, se acuerda por ser procedente, en consecuencia se ordena HOMOLOGAR el Desistimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, la forma de auto composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Y así se decide. Asimismo se acuerda la devolución de originales solicitados.
La Juez Temporal
Dra. Emma García
Secretaria Accidental
Abg. Patricia Asuaje


ECG/pa/cq.