REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de julio de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: KP02-V-2010-002441
Se inició la presente causa por ante este Tribunal en fecha 16-09-2010, mediante auto de admisión del libelo de la demanda por RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, instaurada por la ciudadana: NITALINA DEL VALLE MENDOZA VALERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.035.842 y de este domicilio, actuando en su condición de Representante Legal de la empresa GRUPO CREDICAR’S C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, bajo el Nº 58, tomo 4-A, de fecha 01-02-2008, debidamente asistida por la abogada Carmen Santana, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 108.870; en contra del ciudadano: CARLOS RAFAEL DE ABREU GIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.710.562 y de este domicilio. Ahora bien, de la revisión de las actuaciones procesales que conforman la presente causa se observa que la misma se encuentra paralizada desde el día 30-07-2012, toda vez que luego de esa fecha la parte demandante no realizó ninguna diligencia a los fines de impulsar el procedimiento, cumpliéndose en consecuencia lo contemplado en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece que: “Toda Instancia se extingue por el transcurso de una año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...” razón por la cual, este Tribunal declara PERIMIDA la Instancia en el presente procedimiento de conformidad con el artículo 269 eiusdem. Se da por TERMINADO el presente juicio y se ordena su remisión al archivo judicial.
EL JUEZ,
ABG. LUÍS FERNANDO MARTÍNEZ AROCHA
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ABG. EMIRY DUQUE.
LFMA/ED/cj.
Se remite constante de dieciséis (16) folios útiles, y cuaderno separado en cincuenta (50) folios útiles.
La Secretaria Accidental.
|