REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, quince de julio de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: KP02-S-2014-003531
Vista la anterior solicitud presentada por los ciudadanos ANA BEATRIZ RINCON TORREALBA y VICTOR JOSE CONTRERAS RIERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 19.483.289 y 16.278.836, de este domicilio, asistidos por el abogado en ejercicio LENIS RIVERO BARAHONA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 219.560, y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de los solicitantes ANA BEATRIZ RINCON TORREALBA y VICTOR JOSE CONTRERAS RIERA, ya identificados, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyo con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno ejido, cuya ubicación, medidas, características y linderos constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor de los ciudadanos ANA BEATRIZ RINCON TORREALBA y VICTOR JOSE CONTRERAS RIERA, anteriormente identificados, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
EL JUEZ




ABG. LUÍS FERNANDO MARTÍNEZ AROCHA
LA SECRETARIA TEMPORAL

ABG. LILIANA SANTELIZ
En esta misma fecha se expidió copia certificada para archivo.
LFMA/LS/mag
La Sec.