ASUNTO: KP02-S-2014-001238
Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana: ELIZABETH DEL CARMEN CRESPO GUANIPA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.421.185, de este domicilio, asistida por la abogada en ejercicio AURA ROSA REYES, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro.192.825, y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante ELIZABETH DEL CARMEN CRESPO GUANIPA, ya identificada, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno de posesión carorita, cuya ubicación, medidas, características y linderos constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor de la ciudadana ELIZABETH DEL CARMEN CRESPO GUANIPA, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
EL JUEZ
ABG. LUÍS FERNANDO MARTÍNEZ AROCHA
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. LILIANA SANTELIZ
En esta misma fecha se expidió copia certificada para archivo.
LFMA/LS/mag
La Sec.
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