REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Circunscripción Judicial del Estado Lara
Años 203º y 154º

Nº DE EXPEDIENTE: KP02-L-2014-000084
PARTE DEMANDANTE: MARIANELLA PEREZ GIMENEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.705.352.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: RICHARD RO0DRIGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 90.324.
PARTE DEMANDADA: FUNDACION HOGAR CORAZON DE JESUS.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.-
Sentencia: Interlocutoria con fuerza de definitiva.

En fecha 29 de Enero de 2.014, fue presentada por ante la URDD No Penal solicitud de CALIFICACION DE DESPIDO, intentada por la ciudadana MARIANELLA PEREZ GIMENEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.705.352, asistida por el abogado RICHARD RODRIGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 90.324., en contra de la FUNDACION HOGAR CORAZON DE JESUS.

En fecha 04 de Febrero de 2014, el Tribunal procedió a su revisión y lo admitió cuanto ha lugar en derecho de conformidad con lo previsto en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, librándose las respectivas notificaciones a los demandados.

Es el caso que en fecha 11 de Febrero de 2014, la ciudadana MARIANELLA PEREZ GIMENEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.705.352, y su abogado asistente RICHARD RODRIGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 90.324., consignan por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) diligencia constante de un (01) folio útil en la que expone: "…DESISTO EN TODA FORMA DEL DERECHO Y DEL PROCEDIMIENTO Y SOLICITO SE CIERRE Y ARCHIVE EL PRESENTE ASUNTO …”

Este Tribunal luego de haber visto la manifestación de voluntad de la parte actora, de desistir de la presente causa de solicitud de Calificación de Despido, con respecto a la FUNDACION HOGAR CORAZON DE JESUS, conforme al artículo 263 del Código de procedimiento Civil acuerda homologar el desistimiento del procedimiento mencionado anteriormente. Así lo declara.


DECISION

Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:

UNICO: Desistido el procedimiento intentado por MARIANELLA PEREZ GIMENEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.705.352 en contra de la FUNDACION HOGAR CORAZON DE JESUS.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.

Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, en Barquisimeto, a los 18 días del mes de Febrero del año dos mil catorce. Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.

La Jueza

Abg. Mónica M. Traspuesto R.
El Secretario
Abg. Julio Rodríguez

Nota: En esta misma fecha, se dictó y publicó la anterior decisión. Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
El Secretario
Abg. Julio Rodríguez