REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
En fecha 21 de febrero de 2013 fue admitida por este tribunal demanda de divorcio intentada por el ciudadano Rafael Basanta, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.165.042 y de este domicilio, debidamente asistido por la profesional del derecho Maura Colina, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado según matrícula Nº 147.605 y de este domicilio, contra la ciudadana Valentina De Leon, de nacionalidad Dominicana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 81.340.821 de este domicilio, fundamentado en el artículo 185, ordinales 2 del Código Civil.
En fecha 09 de julio de 2013 se dio por citado la defensora ad-litem Gerardina Martinez, de la parte demandada ciudadana Valentina De Leon, previa notificación del ciudadano Fiscal 7° del Ministerio Público, ambas partes quedaron emplazadas para el primer acto conciliatorio, de conformidad con el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 29 de enero de 2014 se llevo a cabo el acto de contestación de la demanda, conforme a lo previsto en el artículo 758 del Código de Procedimiento Civil, estuvo presente la defensora judicial abogada Gerardina Martinez donde consigno escrito de contestación de un (01) folio sin anexos, la parte actora no estuvo presente ni por si ni por medio de su apoderado.
Ahora bien, el citado artículo 758 establece que la falta de comparecencia al acto por parte del demandante “… causará la extinción del proceso…omissis…”. Comoquiera que en la presente causa el demandante Rafael Basanta no compareció al acto de contestación de la demanda fijado en el segundo acto conciliatorio como consta del acta realizada en fecha 20 de enero de 2014, la causa deberá ser declarada extinguida.
Por las razones expuestas este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDO el presente juicio de divorcio intentado por el ciudadano Rafael Basanta contra la ciudadana Valentina De Leon.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de este tribunal, en Ciudad Bolívar, a los diecisiete días del mes de febrero de año dos mil catorce. Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
El Juez,
Abg. Manuel A. Cortés.
La Secretaria,
Abg. Soraya Charboné.
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.).
La Secretaria,
Abg. Soraya Charboné.
MAC/SCH/trinavf.-
Resolución N° PJ0192014000044.
ASUNTO: FP02-V-2013-000204
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