REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Años 203º y 154º

Nº DE ASUNTO: KP02-L-2013-001079
PARTE ACTORA: JOSE ELPIDIO PEREZ CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.324.815
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: JOSE LUIS CAMPOS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 131.336
PARTE DEMANDADA: AGUAS HONORIOS 2000, C.A..
REPRESENTANTE LEGAL DE LA DEMANDADA: HONORIO JOSE GIMENEZ CRESPO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 1.268.100
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: DILMARY LATIEGUE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 133.252
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En horas de despacho del día de hoy 17 de enero del 2014, siendo las 09:30 a.m comparecen voluntariamente por una parte demandante el ciudadano JOSE ELPIDIO PEREZ CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.324.815 asistido por el abogado JOSE LUIS CAMPOS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 131.336 y por parte demandada el ciudadano HONORIO JOSE GIMENEZ CRESPO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 1.268.100 en su condición de representante legal asistido por la abogada DILMARY LATIEGUE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 133.252, quien se da por notificado de la presente demanda, a los fines de manifestar a este despacho su voluntad de renunciar al término procesal de comparecencia a la Instalación de la Audiencia Preliminar.

Vista la renuncia hecha por ambas partes el tribunal basándose en los principios de brevedad, celeridad e inmediatez, establecido en el artículo 2 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y conforme al artículo 11 ejusdem y por no violentarse ninguna norma de orden público pasa a celebrar la Audiencia Preliminar en el Presente Proceso. Se da así inicio a la audiencia preliminar. Luego de varias deliberaciones convienen en llegar a un acuerdo amistoso, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el cual se fija en los siguientes términos:

PRIMERO: Toma la palabra la representación judicial de la parte demandada quien exponen: A los fines de dar por terminada la presente demanda, mi representada AGUAS HONORIOS 2000, C.A.. ofrece cancelarle al ciudadano JOSE ELPIDIO PEREZ CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.324.815, la cantidad de SETENTA MIL BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (70.000,00 Bs.), como monto total, luego de las pruebas, recálculos y como pago total de las pretensiones del demandante, siendo cancelados en tres (03) cuotas de 23.333, 33 cada uno que serán cancelado de la siguiente forma:
La primera cuota en este acto mediante dinero efectivo.
La segunda cuota para el día 20-02-2014 y
La Tercera ultima cuota para el día 20-03-2014, la cual se realizara ante la URDD no penal.

SEGUNDO: Toma la palabra la parte demandante y su representación judicial, quien exponen: Acepto el ofrecimiento realizado por la demandada AGUAS HONORIOS 2000, C.A.., mediante su representante legal, y a su vez manifiesto que con la aceptación y recibimiento de dicho monto, ya nada le adeuda el ente demandado a mi representado, por lo cual nada tienen que reclamar por ningún concepto laboral derivado de la relación de trabajo que les unió.

TERCERO: La falta de los pagos convenidos en este acto, dará derecho a la parte actora a la ejecución de esta acta de mediación más las costas respectivas de ejecución.

Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, decide HOMOLOGAR EL PRESENTE ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se ordena el archivo oportuno del expediente. Emítase copias a las partes.


Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada
Juez
Abg. Yesenia P. Vásquez R.
Secretaria

Parte Demandante Parte Demandada