REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 21 de enero de 2014
203º y 154º
Asunto: FP02-S-2012-003489
Resolución Nº PJ0262014000027


Vista la diligencia que antecede, de fecha 2 de diciembre de 2013, suscrita por los cónyuges, JHONATAN CAINE FRANCO RAMIREZ y BARBARA INDIRA GERDES MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-20.080.324 y 19.535.068, respectivamente y de este domicilio, asistidos por el ciudadano PEDRO JOSE VALLEE RONDON, abogado inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado según matrícula número 27.484, mediante la cual declaran haberse producido entre ellos la reconciliación, y en consecuencia el cierre y archivo definitiva del presente expediente, en consecuencia, este Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, vista la reconciliación alegada por los cónyuges, declara extinguida y terminada la presente causa. Así se decide.
Devuélvase la documentación acompañada a la solicitud, previa certificación en autos; expídanse las copias certificadas solicitadas con inserción de la presente decisión, y por cuanto no hay más actuaciones que realizar en esta causa, se da por terminado el presente asunto y se ordena su remisión al Archivo Judicial de esta Ciudad.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en este Juzgado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, en Ciudad Bolívar, a los veintiún (21) días del mes de Enero del dos mil catorce (2014). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
El Juez,
La Secretaria
Dr. Noel Aguirre Rojas
Inocencia Linero de Cárdenas

La anterior decisión fue publicada en su misma fecha, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.).
La Secretaria

Inocencia Linero de Cárdenas

NA/IL/Ennys Barreto