REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
 
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO 
 
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
 
BARQUISIMETO, CINCO (05) DE DICIEMBRE DE 2014
 
204º Y 155
 
 
 
ASUNTO: KP02-S-2014-009518
 
 
Vista la Solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada en fecha 30 de octubre del 2014, por el ciudadano FRANCISCO JOSE SILVA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.406.375, asistido por el abogado JOSE RICARDO AGUILAR; este Tribunal por cuanto observa que no se dio cumplimiento al auto de fecha 24 de noviembre del 2014, de conformidad con lo establecido en el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en el cual se apercibió al solicitante para que en un lapso de tres (03) días de despacho siguientes, indicara  al Tribunal si en el lote de terreno objeto de la Solicitud existe alguna actividad agrícola o pecuaria, razón por la cual este Juzgado NIEGA LA ADMISIÓN DE LA PRESENTE SOLICITUD. Así se decide.-
 
    El Juez,     
 
       (fdo)                                                    La Secretaria,
 
                                                                   (fdo)
 
Abg. Alonso E. Barrios A                                 Abg. Maryelis Duran
 
 
 
 
AEBA/MD/arlt
 
 
 
 
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