REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, nueve de diciembre de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO : KP02-V-2009-001354

Se inició la presente causa por ante este Tribunal en fecha 02/04/2009, mediante auto de admisión del libelo de la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, instaurada por el Abogado en ejercicio JULIO E. RAMÍREZ ROJAS, venezolano, de mayor edad, titular de la cédula de identidad N° 3.534.544, de este domicilio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 30.640, actuando en este acto en su carácter de Director Ejecutivo de la empresa Administradora Pía S.R.L, Sociedad Mercantil dedicada al negocio de Bienes y Raíces, constituida y domiciliada en esta ciudad, inscrita en la Oficina de Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 01 de Julio de 1996, anotado en su asiento de registro bajo el N° 25 Tomo 11-A; contra el ciudadano JOSE LUIS OCHOA REBOLLEDO, venezolano, de mayor edad, titular de la cédula de identidad N° 8.793.452, y de este domicilio.
Ahora bien, de la revisión de las actuaciones procesales que conforman la presente causa se observa que la misma se encuentra paralizada desde el día 07/05/2013, toda vez que luego de esa fecha la parte demandante no realizó ninguna diligencia a los fines de impulsar el procedimiento, cumpliéndose en consecuencia lo contemplado en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece que: “Toda Instancia se extingue por el transcurso de una año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...” razón por la cual, este Tribunal declara PERIMIDA la instancia en el presente procedimiento de conformidad con el artículo 269 eiusdem. Se da por TERMINADO el presente juicio y se ordena su remisión al archivo judicial.
EL JUEZ,


ABG. LUÍS FERNANDO MARTÍNEZ AROCHA

LA SECRETARIA TEMPORAL,


ABG. LILIANA SANTELIZ

Se remite constante de veintiocho (28) folios útiles.
La Secretaria Temporal.,

Abg. Liliana Santeliz

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