REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, 05 de DICIEMBRE del 2014
Años 204º y 155º

ACTA AUDIENCIA PRELIMINAR

ASUNTO N° KP02-L-2014-382

PARTE ACTORA: JOHANNI JOSE SUAREZ ASUAJE, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° 22.301.526
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: VICTOR DANIEL MONTOYA MALENDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 153.202, YUSVELY JOSEFINA VALERO, inscrita en el IPSA bajo el N° 182.544 Y REYNALDO MELENDEZ, inscrita en el IPSAbajo el N° 226.590
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil VIGIAS PROTECTORES, C.A. y solidariamente los ciudadanos JORGE ANTONIO ROMERO PÉREZ y LENNYS MARÍA DOMINGUEZ PINEDA
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE RAFAEL CERESINI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 92.452
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES


Hoy, 05 de diciembre de 2014, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar. Se deja constancia que la parte actora ciudadano JOHANNI JOSE SUAREZ ASUAJE, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° 22.301.526 y que la parte demandada Sociedad Mercantil VIGIAS PROTECTORES, C.A. y solidariamente los ciudadanos JORGE ANTONIO ROMERO PÉREZ y LENNYS MARÍA DOMINGUEZ PINEDA, no comparecieron ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, según la información suministrada por el Alguacil GABRIEL MARTINEZ, encargado de anunciar la audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 204° y 155°.
LA JUEZ,

Abg. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO


EL ALGUACIL

EL SECRETARIO


ABOG CARLOS MORON