Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Ciudad Bolívar
Ciudad Bolívar, 5 de agosto de 2014
204º y 155º

ASUNTO: FP02-J-2014-000698
RESOLUCIÓN Nº PJ0822014000598

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

Visto la solicitud de fecha 04-07-2014, presentado por los ciudadanos (as) ALBERTO MACEDONIO MARTINEZ VACCARO y YOSMER FRANCISCO MARTINEZ PACHECO, venezolanos (as), mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.859.360, V-24.185.531, debidamente asistido por el abogado RAFAEL JOSE PULIDO FREIRE, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 103.018; contentivo del convenimiento celebrado de mutuo acuerdo en la presente solicitud PROCEDIMIENTO de HOMOLOGACION DE REVISIÓN DE SENTENCIA POR OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN; este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el CONVENIMIENTO presentado por las partes antes identificadas y ordena proceder como si se tratase de Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada de acuerdo a lo previsto en los Artículos 263 y 363 del Código de Procedimiento Civil, y en tal virtud, se REVOCA la medida de embargo decretada por extinto Juzgado Primero de Protección del Niño y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sala de Juicio Nº 1 en fecha 20-09-2001, en el Asunto Nº FH04-Z-2001-000445 (expediente antiguo 858-1), incluyendo las Doce (12) mensualidades Futuras, participada al Director de Personal de la Gobernación del Estado Bolívar, mediante el Oficio Nº 934-1 de fecha 20-09-2001. Líbrese oficio a la referida empresa, participando lo conducente. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones. Así se declara.-





ABG. LOLIMAR GARCIA HURTADO
Jueza Titular del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Bolívar, Extensión Ciudad Bolívar.-

ABG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA
Secretario (a) de Sala


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