REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA

ASUNTO: KP02-V-2013-2724
DEMANDANTE: ISRAEL PASTOR GUEDEZ SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.535.311, debidamente asistido por los abogados en ejercicio JORGE ELIECER RONDON, ANGELA MILITO y DENISSE PADILLA, inscritos en el I. P. S. A. bajo los Nros: 12.485, 186.662 y 186.661.
DEMANDADO: PEDRO SABAS SANCHEZ DURAN y DANIEL SANCHEZ DURAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V- 3.080.842 y V-3.879.244.
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA
En virtud de que los ciudadanos Pedro Sabas Sánchez Duran y Daniel Sánchez Duran, no comparecieron a reconocer el contenido y firma del documento respectivo. Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el artículo 1364 del Código Civil, declara Reconocido única y exclusivamente en su contenido y firma el documento privado que riela al folio tres (03) fte. vto. del presente expediente.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto, a los veinticuatro (24) días del mes de Abril del año dos mil catorce (2014). Años: 204° y 155°.
La Jueza Temporal

Abg. Emma García
La Secretaria,
Abg. Ilse Gonzales
Publicada en su fecha: 24/04/2014, a las: 10:26 a.m. La Sec.