REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, 17 de septiembre de 2013
203º y 154º



ASUNTO: KP02-L-2013-000774

PARTE ACTORA: NELSON NOGUERA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-14.648.182

ABOGADOS DE LA PARTE ACTORA: MARCOS AGUERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 161.464

PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil MASTER PACK C.A

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (Fuerza Definitiva)


En fecha 26.07.2013, se admite demanda interpuesta por el ciudadano NELSON NOGUERA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-14.648.182, y se ordena la notificación de la empresa demandada Sociedad Mercantil MASTER PACK C.A

En fecha 08.08.2013, el trabajador demandante, debidamente asistido de abogado, presenta diligencia mediante la cual desiste del presente procedimiento.

En consecuencia corresponde a este Juzgado pasar a pronunciarse al respecto del desistimiento del procedimiento.

En atención a lo expuesto y en observancia a lo establecido en el Titulo V, Capítulo III del Código de Procedimiento Civil, norma cuya aplicación analógica se adopta por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y en atención a lo manifestado por el trabajador de autos; la juez en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley dicta sentencia y HOMOLOGA el Desistimiento del Procedimiento, efectuado por la parte actora. En consecuencia se extingue la instancia.


Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, a los 17 días del mes de SEPTIEMBRE del año Dos Mil Trece (2.013). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación


LA JUEZ,

Abg. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO


LA SECRETARIA

ABOG MARLYN LORENA PRINCIPAL






EMEP/emep