En la fecha de hoy, Martes 17 de Septiembre de 2013, siendo las 14:30 horas, día fijado por este Tribunal Militar, en ejercicio de las funciones de Tribunal de Control, para que tenga lugar AUDIENCIA ORAL con motivo del cumplimiento justificado del lapso de régimen de prueba otorgado en fecha 17MAY12, con ocasión del acto de audiencia preliminar celebrada en contra del ciudadano S1. KLEYBER JOSÉ GOMEZ DELGADO, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.839.119, plenamente identificado en actas, el Juez Militar verificó la presencia de las partes en la sala de audiencia, por conducto del Secretario del Tribunal, estando presentes la Teniente de Navío ADDIOMARY GONZÁLEZ LUCENA, Fiscal Militar Vigésima Tercera de Punto Fijo, el Capitán LUIS MARCIALES GONZÁLEZ, Defensor Público Militar de Procesados Militares de Punto Fijo, y el acusado S1. KLEYBER JOSÉ GOMEZ DELGADO. En este estado el Juez Militar declaró abierta la presente audiencia informando a las partes el motivo de las mismas. Seguidamente el Juez Militar le otorgó el derecho de palabra a la Teniente de Navío ADDIOMARY GONZÁLEZ LUCENA, Fiscal Militar Vigésima Tercera de Punto Fijo, quien expuso: “El Ministerio Público, una vez verificado el total y cabal cumplimiento de las condiciones impuestas al ciudadano S1. KLEYBER JOSÉ GOMEZ DELGADO, solicita se le conceda el Sobreseimiento conforme al artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, es todo ciudadano Juez”. Seguidamente el Juez Militar le otorgó el derecho de palabra al Capitán LUIS MARCIALES GONZÁLEZ, quien expuso: “Buenas tardes ciudadano Juez, en representación de mi defendido ciudadano S1. KLEYBER JOSÉ GOMEZ DELGADO, me adhiero a la solicitud del Ministerio Público Militar, y solicito el Sobreseimiento conforme al artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, es todo ciudadano Juez”. Seguidamente el Juez Militar ordeno imponer al acusado del precepto constitucional contenido en el ordinal 5to, del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y le manifestó: Ciudadano S1. KLEYBER JOSÉ GOMEZ DELGADO, está dispuesto a declarar. Seguidamente el acusado libre de coacción, presión, apremio y sin juramento expuso: “No, me adhiero al precepto Constitucional”. Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Militar Noveno de Control ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, y de conformidad con el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal pasa a decidir conforme a los siguientes términos: Primero: Se declara con lugar la solicitud realizada por el Ministerio Público Militar y ratificada en este acto por la Defensa Pública Militar ambas con sede en la Ciudad de Punto Fijo, Estado Falcón, en el sentido de decretar el SOBRESEIMIENTO de la presenta causa, seguida al ciudadano S1. KLEYBER JOSÉ GOMEZ DELGADO, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.839.119, a quien se le seguía proceso penal militar por estar incurso en la comisión del delito militar de DESERCIÓN, previsto y sancionado en el artículo 523, en concordancia con el artículo 527 numeral 1º y sancionado en el artículo 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar. Todo bajo el fundamento de lo establecido en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece la posibilidad de que el Tribunal de primera instancia en funciones de control decrete el SOBRESEIMIENTO de la causa una vez verificado el total y cabal cumplimiento de las obligaciones impuestas en audiencia oral y pública conforme al artículo 44 ejusdem, tal como se puede apreciar en la presenta causa. Segundo: Seguidamente el Juez Militar ordenó leer por secretaría el acta quedando las partes notificadas de la presente decisión, una vez culminada su lectura ordenó colectar las firmas de todos aquellos llamados a hacerlo. Este acto culminó a las 15:00 horas. Terminó, se leyó y conformes firman
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