Visto el ofrecimiento de Pago efectuado por la parte demandada en fecha 24-09-2013, por ante el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. Acarigua, la cual fue debidamente aceptada por la parte actora. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su homologación al mismo de conformidad con lo establecido en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, en los términos en que fue expuesto, asimismo da por terminado el presente asunto y ordena remitir el expediente al depósito del Archivo Judicial Regional.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-