REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 13 de Noviembre de dos mil trece (2013)
Año 203º y 154º
ASUNTO: KP02-L-2013-338
DEMANDANTE: CARLOS ESPINOZA, ENDER TORRES, PEDRO TORRES, WILIVARDO BETANCOURT, BONALDO CASTILLO, NEIRO JESUS ESCALONA, HERMES GONZALEZ, HERMES GUTIERREZ, DANNY CASTILLO, JEAN CARLOS PARRA, HECTOR GARCIA, JOSE VISARIO RODRIGUEZ, MIGUEL ANGEL TORRES, VICTOR MARTINEZ y ROY ROBINSON CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 26.463.501, 6.257.441, 12.453.646, 22.268.322, 11.583.748, 13.196.309, 12.593.077, 9.603.665, 16.088.782, 17.640.296, 17.874.058, 17.101.389, 13.678.936, 5.435.178, 13.717.395 respectivamente.
APODERADO JUDICIAL: GERARDO RAFAEL ANTONIO GUEDEZ, abogado en ejercicio inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 153.148.
DEMANDADO: SISTEMA HIDRAULICO YACAMBU QUIBOR, C.A., CONSORCIO YACAMBU 2008, y solidariamente los ciudadanos RAMON ESCOBAR y LUIS ALBERTO DÀGOSTINO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En fecha 05 de abril de 2013 se recibió demanda por ante la URDD CIVIL, presentada por los ciudadanos, CARLOS ESPINOZA, ENDER TORRES, PEDRO TORRES, WILIVARDO BETANCOURT, BONALDO CASTILLO, NEIRO JESUS ESCALONA, HERMES GONZALEZ, HERMES GUTIERREZ, DANNY CASTILLO, JEAN CARLOS PARRA, HECTOR GARCIA, JOSE VISARIO RODRIGUEZ, MIGUEL ANGEL TORRES, VICTOR MARTINEZ y ROY ROBINSON CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Número. 26.463.501, 6.257.441, 12.453.646, 22.268.322, 11.583.748, 13.196.309, 12.593.077, 9.603.665, 16.088.782, 17.640.296, 17.874.058, 17.101.389, 13.678.936, 5.435.178, respectivamente, asistidos por el Abg. GERARDO RAFAEL ANTONIO GUEDEZ, abogado en ejercicio inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 153.148., contra el SISTEMA HIDRAULICO YACAMBU QUIBOR, C.A., CONSORCIO YACAMBU 2008, y solidariamente los ciudadanos RAMON ESCOBAR y LUIS ALBERTO DÀGOSTINO, el día 09 de abril del 2013 es recibida por este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, procediéndose a su revisión conforme al artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en fecha 09 de abril de 2013 se admite la demanda y se ordena librar notificaciones.
En fecha 22 de mayo de 2013, la Secretaria de este Juzgado certifico las notificaciones de manera positiva, en fecha 05 de Agosto de 2013 el trabajador MIGUEL ANGEL TORRES AGUILAR, titular de la cedula de identidad Nº 13.678.936 asistidos por el Abg. PEDRO ANTONIO FERNANDEZ, presentan ante la URDD Civil, mediante diligencia desistimiento, donde expone: “… en virtud de la presente acción intentada en meses anteriores, desisto del proceso que se lleva a cabo en este Tribunal y en el cual tengo la cualidad como demandante, puesto que los derechos y el pasivo laboral que se me adeuda y que se esta reclamando, esta intentándose por otro Tribunal bajo otro numero de expediente, es todo”…
Este Tribunal luego de haber visto el desistimiento presentado por el trabajador MIGUEL ANGEL TORRES AGUILAR, asistido por el Abg. PEDRO ANTONIO FERNANDEZ, acuerda homologar el desistimiento. Así se decide.
D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Desistido el procedimiento por cobro de prestaciones sociales intentado por el ciudadano MIGUEL ANGEL TORRES AGUILAR, contra SISTEMA HIDRAULICO YACAMBU QUIBOR, C.A., CONSORCIO YACAMBU 2008, y solidariamente los ciudadanos RAMON ESCOBAR y LUIS ALBERTO DÀGOSTINO por lo que la causa continuara su curso legal con los demandantes ciudadanos, ENDER TORRES, PEDRO TORRES, WILIVARDO BETANCOURT, NEIRO JESUS ESCALONA, HERMES GONZALEZ, HECTOR GARCIA, VICTOR MARTINEZ y ROY ROBINSON CASTILLO.
SEGUNDO: Se exonera en costas a la parte demandante.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción del Estado Lara, en Barquisimeto, a los 13 días del mes de noviembre de 2013. Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
ABG. JOSE TOMAS ALVAREZ MENDOZA
JUEZ
La Secretaria
Nota: En esta misma fecha, se dictó y publicó la anterior decisión. Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
La Secretaria
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