REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Cuadragésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 25 de noviembre de 2013
203º y 154º
ASUNTO: AP21-S-2013-001338

PARTE OFERENTE: ODONTOSANITAS, S.A., sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, de fecha 25 de julio de 2008, bajo el N° 29, Tomo 1858 A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MADELEINE EMPERATRIZ CARDONA FIGUERA, abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el Nº 161.003.

PARTE OFERIDA: MILAGROS CONCEPCION TORRE ACOSTA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V- 14.666.043.

MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO.

Vista la diligencia de fecha 18 de octubre de 2013, suscrita por la abogada MADELEINE CARDONA, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 161.003, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil ODONTOSANITAS, S.A., facultada según consta en poder cursante a los folios 25-28, mediante el cual DESISTE del presente procedimiento de oferta real instaurado a favor de la parte oferida la ciudadana MILAGROS CONCEPCION TORRES ACOSTA, titular de la cédula de identidad Nº: V- 14.666.043. En consecuencia este Juzgado HOMOLOGA dicho desistimiento en los términos expuestos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicado analógicamente por el Artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena el cierre informático y archivo definitivo del presente asunto, una vez haya transcurrido el lapso legal para que las partes ejerzan los recursos de Ley.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuadragésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los 25 días del mes de noviembre de2013. Años: 203º y 154º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.
LA JUEZ,

ABG. KEYU ABREU
LA SECRETARIA
ABG. ANA JULIA ARILLA

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado
LA SECRETARIA
ABG. ANA JULIA ARILLA