REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 20 de mayo de 2013
Años 203° y 154°
N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2012-000924

PARTE ACTORA: ALEXANDER RAMON RAMIREZ, GERMAN ALEXIS RODRIGUEZ CHIRINOS, INGINIO ROMAN GALLARDO MENDOZA, FRANKLIN JESUS PIRELA HERRERA, RICHARD GUSTAVO MEJIAS y DAVID GLUDOLFO GUTIERREZ

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JIMMY RONDON, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 138.600

PARTE DEMANDADA: INDUSTRIAS OCCIDENTE S.A. (IOSA) y el Ciudadano HERNAN BERMUDEZ.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Sentencia: Interlocutoria con fuerza de definitiva.

En fecha 12 de junio de 2.012, fue presentada por ante la URDD CIVIL demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, intentada por los ciudadanos ALEXANDER RAMON RAMIREZ, GERMAN ALEXIS RODRIGUEZ CHIRINOS, INGINIO ROMAN GALLARDO MENDOZA, FRANKLIN JESUS PIRELA HERRERA, RICHARD GUSTAVO MEJIAS y DAVID GLUDOLFO GUTIERREZ contra INDUSTRIAS OCCIDENTE S.A. (IOSA) y el Ciudadano HERNAN BERMUDEZ siendo recibido y admitida por este Tribunal, en fecha 29 de junio de 2.012 complementando el auto de admisión, el 15 de noviembre del mismo año

Es el caso que en fecha 21 de marzo de 2013 la parte actora a través de su apoderado Judicial FREDDY YANEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 185.711, consigna por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) diligencia constante de un folio útil en la que expone: "DESISTO de la presente demanda en contra del ciudadano HERNAN BERMUDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 4.879.850, por lo que, se continua la demanda en contra de la empresa INDUSTRIAS OCCIDENTE S.A. (IOSA)”
En tal sentido, quien Juzga, luego de haber verificado que la parte actora, desiste de manera voluntaria el presente procedimiento contra el ciudadano HERNAN BERMUDEZ, acuerda homologar lo solicitado Así lo declara.


DECISION

Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:

UNICO : Homologar el desistimiento respecto a el ciudadano HERNAN BERMUDEZ, y como consecuencia de ello, la extinción del procedimiento, solo en lo que refiere aL pre nombrado ciudadano, siguiendo el proceso en contra de la empresa INDUSTRIAS OCCIDENTE S.A. (IOSA)”

Una vez quede firme la presente decisión este Tribunal fijará por auto separado la oportunidad para la Instalación de la Audiencia Preliminar.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.

Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, en Barquisimeto, a los 20 días del mes de mayo del año dos mil trece (2.013). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.

La Juez
Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada



El Secretario
Abg. Julio C. Rodríguez A.

Nota: En esta misma fecha, se dictó y publicó la anterior decisión. Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.


El Secretario
Abg. Julio C. Rodríguez A.