REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de mayo de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO : KP02-F-2013-000420
Vista el libelo de demanda presentado por la ciudadana HAYDEE GRACIELA VARGAS PATIÑO, titular de la cedula de identidad Nº 17.827.340, Asistida por la abogada MIGLENI MIREYA MEDINA GARCIA, Inpreabogado Nº 186.771, mediante el cual requiere el DIVORCIO, este Tribunal observa:
UNICO: Habida consideración que en la presente demanda no se deduce pretensión alguna por cuanto el exponente solicita se declare el DIVORCIO, sin expresar interponer pretensión en contra de persona alguna, y no siendo dable al juzgador derivar las pretensiones que las partes traigan a estrado; razón por la cual, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara declara INADMISIBLE la presente acción. Se ordena el archivo del presente expediente y la devolución de los documentos originales. *vo*
El Juez,


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
La Secretaria Acc,


Abg. Mariani Linares

OERL/vo