ASUNTO: KP02-J-2013-0002444
Solicitantes: ZULEIMA ANTONIA QUERALES CAMPOS y PEDRO RAFAEL VARGAS MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-22.183.155 y V-21.125.719, respectivamente.
Beneficiaria: POR NACER
Motivo: Homologación de acuerdo sobre OBLIGACION DE MANUTENCION

Por recibido el escrito que antecede y los recaudos anexos, suscrito por la ciudadana MARIANGEL ARGUELELES, en su condición de Fiscal auxiliar decimoséptima del Ministerio Público; a instancias de los ciudadanos ZULEIMA ANTONIA QUERALES CAMPOS y PEDRO RAFAEL VARGAS MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-22.183.155 y V-21.125.719, respectivamente, en beneficio del niño POR NACER, este Tribunal le da entrada y lo admite de conformidad con el articulo 315 de la ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescente, en cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. El acuerdo mencionado consiste en lo siguiente:
UNICO: El padre se compromete en aportar la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,00) QUINCENALES, para alimentos y gastos de embarazo, depositados en una cuenta bancaria de ahorro en Banesco los días 16 y 02 de cada mes

En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 358, 359, 365 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA el convenimiento y en consecuencia ordena se tenga como sentencia firme.
Expídanse por Secretaría las copias certificadas que soliciten las partes.
Dada, sellada y firmada en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en Barquisimeto, 15 de Mayo de 2013.Años: 203º y 154º.

La Juez Segunda de Primera Instancia de
Mediación y Sustanciación


Abg. Olga Marilyn Oliveros Guarin
La Secretaria


En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1395-2.013, siendo las 02:56 p.m.
LA SECRETARIA,
OM/Diana