ASUNTO: KP02-V-2011-001192

Demandante: IRIAMAR CRISTINA STEELHEART RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.424.296, asistida por fiscal decimoquinta del ministerio publico del estado Lara.
Demandado: LUIS RAMÓN ARANGUREN, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-4.720.837.
Beneficiarios, Niño (Identificación omitida de conformidad con el articulo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), adolescente, ANGELICA MARIA Y LUIS FERNANDO, de once (11) trece (13) y catorce (14) años de edad.
Motivo: RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, Desistido de conformidad con el artículo 472 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
De los hechos
En fecha quince (15) de mayo de 2013, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia de Mediación, fijada en auto de fecha once (11) de abril de 2.013, entre los ciudadanos IRIAMAR CRISTINA STEELHEART RAMÍREZ Y LUIS RAMÓN ARANGUREN, titulares de las cedulas Nº- V-7.424.296 y V-4.720.837, respectivamente, previo anuncio por el alguacil de este Circuito Judicial, se deja expresa constancia de la incomparecencia de las partes, por lo que la ciudadana Juez Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Isabel Victoria Barrera Torres, procediendo conforme lo dispuesto en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de forma inmediata dicto la Sentencia en forma Oral y profiriendo el fallo declarando el desistimiento de la actora al procedimiento.
Dispositiva
En virtud de la inasistencia de la parte demandante a la fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, este tribunal conforme lo establecido en el articulo 472 de la ley especial que rige la materia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Desistida la demanda por RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, incoada por la ciudadana IRIAMAR CRISTINA STEELHEART RAMÍREZ contra el ciudadano LUIS RAMÓN ARANGUREN, quedando extinguida la Instancia, pudiendo la demandante presentar nuevamente la demanda trascurrido que sea el lapso de un mes. Dada, sellada y firmada en Barquisimeto dieciséis (16) de mayo de 2013 de Dos Mil trece. Año 203º y 154º.
LA JUEZ PRIMERA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACION

Abg. ISABEL VICTORIA BARRERA TORRES
El Secretario

Abg. Carlos Alfredo Bullones Mendoza


En la misma fecha se publico y se registro quedando anotada bajo el Nº 1343-2013, siendo las 05:00 p.m.
El Secretario

Abg. Carlos Alfredo Bullones Mendoza

KP02-V-2011-001604
IVBT/CABM/Robersi.-
16-05-2013
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