REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial con Competencia en DVM .Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control del Edo. Lara
Barquisimeto, 28 de Mayo de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2011-007713
ASUNTO : KP01-P-2011-007713


JUEZA: Abg. JEUNESSE KARLA GÚMERA CARVAJAL
SECRETARIO: ABG. MIGUEL SANCHEZ
ALGUACIL: ANGEL GUEDEZ
IMPUTADO: OMAR JOSÉ YEPEZ CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nº(...), de 34 años de edad, grado de instrucción profesor, oficio Docente, Estado civil soltero, hijo de Reina Lourdes Castillo de Yépez y Omar José Yépez Castañeda, fecha de nacimiento 06-09-78, residenciado (...)
DEFENSA PRIVADA: ABG. JOSE GREGORIO MANZANILLA inscrito en el IPSA: 133.354 y CONCILIA MAVARE inscrita en el IPSA 133.350
VICTIMA: IDENTIDAD OMITIDA de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente (LOPNNA)
FISCALA VIGÉSIMA CON COMPETENCIA PARA LA DEFENSA DELA MUJER DEL MINISTERIO PÚBLICO:ABG. MARUJA BRUNI
DELEGADO DE PRUEBA: ABG. ARNYZE SÁNCHEZ
DELITO: (...), previsto y sancionado en el artículo 48 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en relación con el artículo 217 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente.


SOBRESEIMIENTO POR CUMPLIMIENTO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO – ARTÍCULO 46 CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL

Vista las presentes actuaciones en audiencia oral de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, este Juzgado de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas Nº 02, para decidir observa:
En fecha 16 de Septiembre de 2011, este Tribunal decretó la Suspensión Condicional del Proceso, seguido al ciudadanoOMAR JOSÉ YEPEZ CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nº (...), por la comisión del delito de (...), previsto y sancionado en el artículo 48 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en relación con el artículo 217 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, en agravio de la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente (LOPNNA), imponiéndole un régimen de prueba de UN (01) AÑO, lo cual fue debidamente motivado tal como se evidencia en el folio cincuenta y nueve (59), de las actas procesales del presente Asunto Principal.
Cursa en los folios ciento uno (101) y ciento dos (102) de las actas procesales del presente Asunto Principal, Informe de Finalización sin número, Expediente de Probación N° 4.427 de fecha 14 de Noviembre de 2012, y recibido en este Tribunal en la fecha 30 de Noviembre de 2012, mediante el oficio Nº 7348, suscrito por la Delegada de Prueba Abogada Arnyze Sánchez conjuntamente con la Coordinadora de Supervisión y Orientación, Ingeniera Maricela Cornelis, adscritas a la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación Nº 3 del Estado Lara, en él se concluye que tuvo la siguiente Conclusión: “Por lo anteriormente expuesto el ciudadano: YEPEZ CASTILLO OMAR JOSÉ, culmino su Régimen de Presentación, por lo que mostró buena conducta razón ésta se emite INFORME DE FINALIZACIÓN FAVORABLE, por lo que da por culminado satisfactoriamente el Régimen de Prueba impuesta por el Tribunal que lleva usted a su digno cargo .”
En fecha 22 de Mayo de 2013, tuvo lugar la audiencia dispuesta en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, en la cual las partes intervinieron, siendo contestes en relación al cumplimiento de la suspensión condicional del proceso por el probacionario, por lo que fue requerido del Tribunal se decretara el sobreseimiento de la causa.
El Tribunal una vez verificado como ha sido el cumplimiento del Régimen de Prueba por parte del imputado, el cual según el Informe presentados por la Delegada de Prueba cumplió satisfactoriamente con las condiciones impuestas por el Tribunal, lo procedente y ajustado a derecho es declarar la EXTINCIÓN DELA ACCIÓN PENAL conforme a lo dispuesto en el artículo 49 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia DECRETAR el sobreseimiento de la causa de conformidad con el artículo 300 numeral 3 del texto adjetivo penal en relación con lo dispuesto en el artículo 46 ejusdem. Se ordena el cese inmediato de las medidas cautelares personales y reales que pudieran pesar en contra del procesado. Y ASÍ SE DECIDE.
DECISION

Por las razones anteriormente expuestas éste Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Control, Audiencia y Medidas Nº 02 en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: Visto el informe de finalización que consta en el asunto en el folio 101 y 102 este Tribunal de conformidad con el artículo 49 del Código Orgánico Procesal Penal en su numeral 7º declara la extinción de la acción penal y decreta el sobreseimiento de conformidad con el artículo 300 numeral 3º en concordancia con el artículo 46 ejusdem. Regístrese, Publíquese. Cúmplase.

LA JUEZA DEL TRIBUNAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS Nº 02 (S)


Abg. JEUNESSE KARLA GÚMERA CARVAJAL


EL SECRETARIO