REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRES ELOY BLANCO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Sanare, 20 de Marzo del 2013
Años 202° y 154°

EXP N° 485/00


P A R T E S: MIANCOR MARIA CORDERO NOGUERA CONTRA CARLOS EMILIO AGUERO.

B E N E F I C I A R I A: KARLIN ALEXANDRA AGUERO CORDERO.

J U I C I O: OBLIGACION DE MANUTENCIÓN

M O T I V O: PERENCIÓN DE LA INSTANCIA

Revisadas las actuaciones de la presente causa de Obligación de Manutención, y por cuanto se evidencia que las partes no han impulsado el expediente desde 26/01/01, evidenciándose la extinción de la instancia de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente en su encabezamiento, motivado a la conducta omisiva de las partes interesadas. Este Tribunal del Municipio Andrés Eloy Blanco en nombre de la República Bolivariana de Venezuela DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, y ordena el Archivo Judicial del Expediente N° 485/00, contentivo de 20 folios. Líbrese el respectivo oficio a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura con atención al Jefe del Archivo Judicial Regional, en su debida oportunidad. Cúmplase.
El Juez Provisorio,

Abog. Ender A. Rojas R.
La Secretaria,


Abog, Caribay A. Goyo L.

Se cumplió lo ordenado (Conste)

La Secretaria.

Abog. Caribay A. Goyo L.