REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial
del estado Lara
Barquisimeto, 04 de Marzo de 2013
Años: 202º y 153º

ASUNTO: KP02-S-2012-010075
SOLICITANTES: LUISA AMELIA MENDOZA MENDOZA, EDWAN ANTONIO BENITES MENDOZA, JONNY ALTAGRACIO BENITES MENDOZA, NELSON PASTPR BENITES MENDOZA, JOSE ALEXANDER BENITES MENDOZA, DAMELIS GREGORIA BENITES MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.200.633, 11.790.870, 15.448.873, 15.448.872, 13.566.201 y 29.624.837.
ABOGADA ASISTENTE: GRICELDA RAMOS, abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 177.377.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS

Visto el DESISTIMIENTO del procedimiento, suscrito en fecha 13 de Diciembre del 2012, por los ciudadanos LUISA AMELIA MENDOZA MENDOZA, EDWAN ANTONIO BENITES MENDOZA, JONNY ALTAGRACIO BENITES MENDOZA, NELSON PASTPR BENITES MENDOZA, JOSE ALEXANDER BENITES MENDOZA, DAMELIS GREGORIA BENITES MENDOZA, asistidos en este acto por la abogada en ejercicio GRICELDA RAMOS, arriba identificados, se Homologa el mismo, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente téngase ,la forma de auto composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Y así se decide. Así mismo, se acuerda por ser procedente devolver los originales solicitados previa certificación en autos y dar Terminada la presente solicitud.

La Juez Titular,

Dra. Patricia Lourdes Riofrío Peñaloza
La Secretaria

Abg. Ilse Gonzáles
PLRP /alvelis.