REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN



PODER JUDICIAL


Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial
del estado Lara
Barquisimeto, 20 de Marzo de 2013
202º y 154º

DEMANDANTE: LUCILA MARIA POLANCO titular de la cédula de identidad N° V- 13.353.536.
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDANTE:: DUMELYS GONZALEZ, inscrito en el IPSA, bajo el N° 133.298.
DEMANDADOS: LUIS ALBERTO GIL CAÑIZALEZ y EFRAIN SEGUNDO BRACHO APONTE titulares de las cédulas de identidad N° V- 9.542.272 y V- 7.375.589.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

ASUNTO: KP02-M-2012-0000262

Visto el escrito de DESISTIMIENTO, presentado por la ciudadana LUCILA POLANCO debidamente asistida por la abogada DUMELYS GONZALEZ inscrita en el IPSA bajo el N° 133.298, se acuerda por ser procedente, en consecuencia se ordena HOMOLOGAR el Desistimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, la forma de auto composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, igualmente se acuerda la devolución de originales una ves sean consignado los fotostatos respectivos. Y así se decide.
La Juez Titular

Dra. Patricia L. Riofrío Peñaloza
La Secretaria

Abg. Ilse Gonzales
Seguidamente se cumplió lo ordenado:
La Sec.-
PLRP/ig/cq.