REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial
del estado Lara
Barquisimeto, 26 de junio de 2013
203º y 154º

DEMANDANTE: JOSE GREGORIO TERAN SANTOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.386.888.
ABOGADA ASISTENTE: NANCY CHAVEZ, inscrita en el IPSA, bajo el Nº 117.691.
DEMANDADA: ELIANNA VIANNEY RODRÍGUEZ MEDINA venezolana, mayor de edad, cedula de identidad Nº V-13.922.975.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

ASUNTO: KP02-F-2013-299

Visto el escrito de DESISTIMIENTO, presentado en fecha 10 de junio de 2013, presentado por el ciudadano JOSE GREGORIO TERAN SANTOS, se acuerda por ser procedente, en consecuencia se ordena HOMOLOGAR el Desistimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, la forma de auto composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Y así se decide. Se da por terminado el juicio. Remítase al archivo judicial para su guarda y cuido.
La Juez

Dra. Patricia L. Riofrío Peñaloza
La Secretaria


Seguidamente se cumplió lo ordenado:
La Sec.-




PLRP/ig/yv.-