REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones QUINTO de Control
Circuito Judicial Penal del Estado Lara
Barquisimeto, 07 de Junio de 2013
ASUNTO: KP01-P-2005-004376
“ DECAIMIENTO”
Corresponde a este, Juzgado de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones QUINTO de Control, del Estado Lara, pasar a pronunciarse, luego de abocarse en cuanto a la solicitud de DECAIMIENTO DE MEDIDA, que invoca el defensor Abg. JAIME RODRIGUEZ, quien actúa a favor del imputado JOEL GARCIA QUERALES, Titular de la cédula de identidad Nro V-, en la cual manifiesta que ya han transcurrido OCHO (08) AÑOS desde que su defendido cumple a cabalidad con la medida impuesta y no existe acto conclusivo, por lo que solicita el DECAIMIENTO de la medida.
Motivación para decidir
Este Tribunal al analizar la solicitud incoada, y una vez verificado el sistema juris 2000, observa que efectivamente el imputado de marras llevan mas de OCHO (08) AÑOS presentándose, sin que el representante del Ministerio Público haya presentado el respectivo acto conclusivo, es por lo que considera quien aquí decide que esta ajustada a derecho la solicitud planteada y se DECRETA EL DECAIMIENTO de la medida, a favor del imputado JOEL GARCIA QUERALES, Titular de la cédula de identidad Nro V-, y en su lugar se impone la establecida en el artículo 242 Ordinal 9no. Como lo es presentarse ante el llamado del Tribunal o de la Fiscalía cada vez que sea requerido.
DECISIÓN
Este Tribunal de PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES QUINTO DE CONTROL en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos: PRIMERO: Se DECRETA EL DECAIMIENTO de la medida, a favor del imputado JOEL GARCIA QUERALES, Titular de la cédula de identidad Nro V-, y en su lugar se impone la establecida en el artículo 242 Ordinal 9no. Como lo es presentarse ante el llamado del Tribunal o de la Fiscalía cada vez que sea requerido. SEGUNDO: Ofíciese a la Taquilla de presentaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara sobre la presente decisión.
EL JUEZ PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES QUINTO DE CONTROL
ABG. OSWALDO JOSE GONZALEZ ARAQUE
SECRETARIA