REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Lara - sede Barquisimeto.
Barquisimeto, 12 de Junio de 2013
203º y 154º

ASUNTO: KP02-V-2013-0001015
DEMANDANTE: ANTONIO ENRIQUE MEDINA VARGAS venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.699.220, de éste domicilio.
DEMANDADA: LUISA LISBETH ANDARA ALARCON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.825.959, de éste domicilio.
BENEFICIARIAS: (Identidad omitida en concordancia con el articulo 65 de Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes).
Motivo: Declaración de terminado el procedimiento de RESPONSABILIDAD DE CRIANZA (CUSTODIA) por aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

En fecha 15 de abril de 2013, el ciudadano ANTONIO ENRIQUE MEDINA VARGAS ya identificado, presentó demanda por RESPONSABILIDAD DE CRIANZA (CUSTODIA en contra de la ciudadana LUISA LISBETH ANDARA ALARCON; acompañó su demanda con copia certificada de la partida de nacimiento de los beneficiarios
Admitida la demanda, en fecha 30 de abril de 2013, la secretaria del Tribunal en fecha 16 de mayo de 2013, certificó la notificación de la parte demandada, y en fecha 17 de mayo de 2013 fijó oportunidad para la audiencia de mediación.
En fecha 11 de junio de 2013, oportunidad fijada para que tuviera lugar la celebración de la audiencia de mediación entre las partes, se dejó expresa constancia de la incomparecencia al acto de las mismas y conforme lo ordena el artículo 472 eiusdem, este Tribunal necesariamente declara TERMINADO el procedimiento.

DECISION.
Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, TERMINADO el procedimiento de RESPONSABILIDAD DE CRIANZA (CUSTODIA) intentado por el ciudadano ANTONIO ENRIQUE MEDINA VARGAS, ya identificado, en contra de la ciudadana LUISA LISBETH ANDARA ALARCON y en consecuencia extinguida la instancia. Así se decide.
Asimismo se dispone desincorporar la presente causa del archivo ordinario y remitirlo al Archivo judicial de ésta Circunscripción Judicial.
Tómese nota y désele salida en los libros respectivos de éste Despacho. Devuélvanse los originales a la parte solicitante y expídanse las copias certificadas que la parte solicite, una vez que consigne las copias simples.
Regístrese y publíquese
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto. Barquisimeto, 12 de Junio de 2013. Año 203º y 154º.
LA JUEZ SEGUNDA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÓN



Abg. OLGA MARILYN OLIVEROS
LA SECRETARIA,

En esta misma fecha se registro bajo el Nº 1697-2.013, siendo las 10:03 am.

LA SECRETARIA,
OMO/ Diana