REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara (Carora)
Carora, diecisiete de junio de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: KP12-J-2013-000151
Solicitante: Pablo José González, titular de la cédula de identidad Nº V- 22.260.398
Abogada asistente: Marcos Vinicio Chacin Castro, en su condición de Defensor Público del área de Protección.
Motivo: Rectificación de Partida de Nacimiento.
Visto que en fecha 05 de junio de 2013, se admitió la presente solicitud, tal y como lo indica la norma del artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y se ejerció el despacho saneador, ordenándose al solicitante que aclarara los términos de la solicitud en cuanto al petitorio, por cuanto no era claro, debido a que en la copia certificada de la partida de nacimiento de la niña, no se encontraban reflejados los datos de identificación del mismo, tratándose de un ciudadano distinto, siendo así imposible determinar su solicitud. Igualmente, se ordenó que consignara la copia certificada del acta de nacimiento de la niña (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), expedida por el Hospital General “Dr. Pastor Oropeza R”, Centro Asistencial donde nació la referida niña a los fines de verificar si se trataba de un error de transcripción en la partida de nacimiento consignada, según copia certificada de la partida de nacimiento Nro 3737, de fecha dieciocho (18) de noviembre de 2003. Habiéndose vencido el lapso concedido para que cumpliera con lo ordenado, se observa que no se ha dado cumplimiento a lo ordenado por este Juzgado. En consecuencia, se declara la INADMISION SOBREVENIDA, por ser imposible seguir adelante con la presente solicitud sin debida la subsanación. Es todo y en consecuencia se ordena el archivo del presente asunto.
Regístrese, publíquese y expídase copia certificada de la presente sentencia a los interesados y para el archivo.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 17 de junio de 2013. Años: 203º y 154º.
LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
Abg. LUISA CRISTINA GONZALEZ CAMPOS
LA SECRETARIA
Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 240-2.013 y se publicó siendo las 10:50 a.m.
LA SECRETARIA
Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA
KP12-J-2013-000151
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