GUASDUALITO, 11 DE JUNIO DE 2013
202° 153°
CAUSA: CJPM-TM11C-012-2013
JUEZ MILITAR: MAYOR HUMBERTO JOSÈ ZAMBRANO
IMPUTADO: S2. ÀNGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA Y S2. JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS
VICTIMA: LA FAN (EJERCITO)
FISCAL MILITAR: CAPITAN DENNIS JEFFERSON DUEÑEZ MÀRQUEZ
SECRETARIO JUDICIAL: S/A GILBER AMADO CHACON GONZALEZ
Vista la solicitud de Sobreseimiento hecha por el CAPITÁN DENNIS DUEÑEZ MÀRQUEZ, Fiscal Militar Trigésimo Quinto de Guasdualito y PRIMER TENIENTE MAYRA ALEJANDRA DELGADO IBAGUE, Fiscal Militar Auxiliar; de conformidad con lo establecido en el artículo 285 ordinal 4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, articulo 111 ordinal 7º articulo 302 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordada relación con lo previsto en el ordinal 1º del articulo 300 ejusdem, aplicable a la Jurisdicción Penal Militar por mandato expreso de los artículos 20 y 592 del Código Orgánico de Justicia Militar; a favor de a favor de los ciudadanos S2. ANGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, C.I.V-17.538.071 y S2. JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, C.I.V-20.640.309; ambos plazas del 921 Batallón de Caribe “G/D Manuel Sedeño”; por la presunta comisión del delito militar de ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 509 numeral 1, del Código Orgánico de Justicia Militar. Este Juzgador para decidir sobre la solicitud de marras observa, PRIMERO: Que la solicitud de Sobreseimiento se encuentra plasmada como uno de los actos conclusivos que en relación con la investigación fiscal puede presentar el Fiscal del Ministerio Público como Director de la Investigación Penal; SEGUNDO: Que el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, es claro al señalar que “Presentada la solicitud de Sobreseimiento, el Juez convocará a las partes a una Audiencia Oral para debatir los fundamentos de la petición, salvo que estime que para comprobar el motivo no sea necesario el debate” TERCERO: Que a juicio de este Juzgador no es necesario la realización de debate alguno para comprobar el motivo de la solicitud de marras, pues en autos constan suficientemente y en forma determinada las causas por las cuales los ciudadanos Fiscales del Proceso han solicitado al Despacho Jurisdiccional el Decreto de Sobreseimiento, y CUARTO: Que como consecuencia de lo anteriormente señalado, lo procedente y ajustado a derecho es RESOLVER LA SOLICITUD DE ANÁLISIS, por AUTO EXPRESO, sin necesidad de celebración de AUDIENCIA ORAL y PUBLICA, todo de conformidad con el Código Orgánico Procesal Penal.
Ahora bien, en vista de lo acordado “supra”, este Tribunal procede a resolver la presente solicitud de Sobreseimiento en los términos siguientes:
DESCRIPCIÓN DEL HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN
El hecho objeto de la investigación está enmarcado dentro del siguiente contexto, según se desprenden de la Opinión de Comando de fecha 13 de Diciembre de 2011, suscrita por el Teniente Coronel Orlando Alberto Eduard Ramos, Comandante del 921 Batallón de Caribes “G/D. Manuel Sedeño”: “El día 13 de Diciembre de 2011, fue designado el S2. ÀNGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.538.071, Jefe de la Alcabala Diurna de la Base de Protección Fronteriza “Puente Sobre El Río Sarare”, acantonada en la población El Nula y a su vez Segundo Turno Nocturno (media luna). El mencionado profesional, presuntamente realizo coordinaciones con el S2. JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V-20.640.309, segundo turno nocturno de alcabala en el punto de control “LA Romana”, la cual se encuentra ubicada a unos kilómetros delante de la Base de Protección Fronteriza “Puente Sobre El Río Sarare”, con la finalidad de dejar pasar unos vehículos con combustible a cambio de una suma de dinero no precisada que se compartiría con los profesionales, con quienes realizo las coordinaciones. Aproximadamente a las 10:00 horas del día 13 de diciembre de 2011, se obtuvo la información sobre el pase no autorizado de combustible (gasolina) en una cantidad no precisada por lo que se inicio una investigación. El Teniente Coronel Orlando Alberto Eduard Ramos, Comandante del 921 Batallón de Caribes “G/D. Manuel Sedeño”, se presento en las instalaciones de la Base de Protección Fronteriza “Puente Sobre El Río Sarare,” a quien ya le había llegado la información de esta irregularidad cometida por los profesionales antes mencionados, procedió a hablar con el Capitán Esteban de Jesús Moran Pérez, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.990.690, quien se desempeña como Comandante de la mencionada Base de Protección Fronteriza, haciéndole del conocimiento de los hechos ocurridos y ordenándole pasar revista a los escaparates y objetos personales de los profesionales y del personal de tropas. Una vez que el Capitán Esteban de Jesús Moran Pérez, paso revista al personal de Tropas Alistadas, procedió a pasar revista al personal profesional, encontrando en un compartimiento de la maleta del S2. ÀNGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.538.071, la suma de ochocientos veinte Bolívares (Bs.820,00) en billetes de diferentes denominaciones y cuatro tarjetas prepagos Movilnet (02 de 25 bolívares y 02 de 15 bolívares), probablemente de dudosa procedencia, y al S2. JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, C.I.V-20.640.309, en uno de sus pares de media tenia escondido un mil quinientos bolívares (Bs.1.500,00), en billetes de diferentes denominaciones y seis (06) tarjetas Movilnet (02 de 25 bolívares y 04 de quince bolívares), probablemente de dudosa procedencia. El Teniente Coronel Orlando Alberto Eduard Ramos, Comandante del 921 Batallón de Caribes “G/D. Manuel Sedeño”, le pregunto al S2. ÀNGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.538.071, de donde había sacado u obtenido ese dinero y este le contesto que había vendido un teléfono celular al Soldado Jerson A. Ramírez Criollo, titular de la cedula de identidad N° V-25.338.490, sin darle ninguna otra explicación, de igual manera le fue preguntado al S2. JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, C.I.V-20.640.309, y este le contesto que eran de su uso personal y era un préstamo que le hizo la señora Dirma Yanethe Gafaro, titular de la cedula de identidad N° V-16.981.309, para pagar una deuda de asuntos personales. Una vez realizadas las averiguaciones se procedió a realizar las investigaciones pertinentes al caso, realizando patrullajes por la zona donde se pudo incautar un vehículo tipo carga, marca JAC, color rojo, placas A79AY96, con un tanque metálico con capacidad de 10.000 litros aproximadamente, lleno de derivados de hidrocarburos (gasolina), además adaptado en la parte posterior sobre la plataforma del vehículo se hallaron dos (02) tanques metálicos de aproximadamente 10.000 litros cada uno, dos (02) tanques plásticos de 200 litros cada uno, todos contentivos de hidrocarburos (gasolina y gasoil), los cuales se presumen pasaron por los puntos de control donde se encontraban de servicio los S2. ÀNGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, C.I.V-17.538.071 y S2. JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, C.I.V-20.640.309. Estos profesionales, a pesar de haber sido orientados en reiteradas oportunidades en relación al P.A.V de la alcabala y al desempeño profesional, que deberían mantener en la misma, dieron muestras de falta al decoro y dignidad militar en las actividades rutinarias y operacionales, al realizar las coordinaciones necesarias con recipientes para transportar combustible (llenos de combustible), donde se presumen son utilizados con fines comerciales ilícitos.
Dentro de las actuaciones fiscales tenemos las siguientes diligencias de investigación: 1.- En fecha 20 de enero de 2012, el Ministerio Público Militar recibió la Orden de Apertura de Investigación Penal Militar N° 0017 de fecha 16 de enero de 2012, suscrita por el ciudadano GENERAL DE BRIGADA JAVIER ARMANDO MOLINA QUINTERO, Comandante de la 92 Brigada de Caribes; ADI 211 y de la Guarnición Militar de Guasdualito. 2.- En fecha 20 de enero de 2012, la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, dictó el Auto de Inicio a la Investigación Penal Militar, asignándole el N° FM35-02-2012. Asimismo, en esa misma fecha, se realizaron las participaciones de rigor y se procedió a iniciar las averiguaciones correspondientes a los fines de esclarecer el hecho y determinar la responsabilidad penal de los ciudadanos S2. ÀNGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.538.071 y S2. JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.640.309; plazas del 921 Batallón de Caribe “G/D Manuel Sedeño. 3.- En fecha 20 de enero de 2011, mediante oficio N° FM35-062, la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, solicitó al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guasdualito, Estado Apure, se sirviera informar a este Despacho Fiscal con carácter Urgente, los posibles antecedentes policiales, registros y/o solicitudes por algún Órgano Jurisdiccional, que presentaran los ciudadanos S2. ÀNGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.538.071 y S2. JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V-20.640.309. En tal sentido, en fecha 24 de Marzo de 2011, el Comisario del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Jefe de la Sub-Delegación Guasdualito, Estado Apure, acusó recibo de la comunicación enviada, informando a este Despacho que referidos ciudadanos no registran antecedentes policiales, ni solicitud alguna. 4.- En fecha 20 de enero de 2011, mediante oficio N° FM35-063, la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, solicitó a la División de Antecedentes Penales del Ministerio de Interiores y Justicia, con sede en Caracas Distrito Capital, se sirviera informar a ese Despacho Fiscal con carácter Urgente, los antecedentes penales que puedan registrar los ciudadanos S2. ÀGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.538.071 y S2. JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.640.309, en virtud de la investigación penal militar seguida en su contra. En tal sentido, en fecha 17 y 13 de Mayo de 2011, el Jefe de la División de Antecedentes Penales, acusó recibo de la comunicación enviada, informando a este Despacho que referidos ciudadanos no registra antecedentes penales, hasta la fecha de la actualización de la Base de Datos. 5.- En fecha 20 de Enero de 2012, mediante oficio N° FM35-061, la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, solicitó al Comandante del 921 Batallón de Caribes “G/D Manuel Sedeño”, se sirviera remitir a ese Despacho Fiscal: a.- Orden de Servicio del Día 12 y 13 de Diciembre de 2011, de la Base de Protección Fronteriza Puente sobre el Río Sarare, y del Punto de Control Fijo denominado la Romana b.- P.A.V. de la de la Base de Protección Fronteriza Puente sobre el Río Sarare, y del Punto de Control Fijo denominado la Romana c.- Record de Conducta y Mecanizado de los prenombrados Tropas Profesionales, d.-Acta de retención (En caso de contraventor) y Acta Policial del procedimiento de la incautación del vehículo tipo carga, marca JAC, color rojo placa A79AY96 e Indicar la situación actual del referido camión y de los tanques contentivo de Combustible (gasoil y gasolina) y f.- remitir la Cantidad de Ochocientos Veinte (820,00) y Mil Quinientos (1.500,00) Bolívares, incautados a los referidos efectivos Militares, esto con el fin de efectuar experticia de rigor cualquier otro recaudo o evidencia que guarde relación con el presente caso. Asimismo se requirió la comparecencia por ante ese Despacho Fiscal, para el día Martes1409:00FEB12, al personal especificado a continuación, fin rindan declaración testifical: 1.- C/2. ELIO RAFAEL TUA, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.056.707; 2.- SLDDO. ALEJO BARRAEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.798.726; 3.- SLDDO. VELOZ CASTILLO LEOMAR, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.563.128; y para el día Miércoles 1509:00FEB12, al personal de Tropa Alistada que se encontraban prestando el Servicio del Segundo Turno de Media Luna en el Punto de Control Fijo denominado La Romana el día 13DIC2011, quienes se encontraban al mando del S2 RAMONEL V. JUAN CARLOS. Se anexa Boleta de Citación. En tal sentido, en fecha 14 de febrero de 2012, el Comandante del 921 Batallón de Caribe “Sedeño”, acusó recibo de la comunicación enviada, informando a este Despacho que remitía la información solicitada. 6.- En fecha 14 de febrero de 2012, en la sede de la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, se tomó Entrevista Testifical al ciudadano LEOMAR JOSE VELOZ CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nº V-21.563.128, actualmente prestando servicio militar en el 921 Batallón de Caribes “G/D MANUEL SEDEÑO”, con la jerarquía de Cabo Segundo, quien expuso: “El 13 de diciembre de 2011, me encontraba desempeñando el segundo turno de alcabala en la Base de Protección Fronteriza Puente sobre el Río Sarare, turno que recibí a las doce de la noche y entregue a las tres de la mañana, en ese turno no vi nada, no pasaron camiones como dice mi comandante, lo que pasaban era taxis, entregue mi guardia y me fui a dormir en la mañana como a las 10:00 am, el comandante llamo al Capitán Moran y le dijo que me presentara en el primer comando para hacerme preguntas sobre si había pasado un camión con combustible y le conteste que no, que durante mi turno no paso ningún camión, que es lo mismo que le estoy diciendo a usted. Seguidamente es interrogado por el ciudadano Fiscal Militar de la siguiente manera: SEGUNDA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI OBSERVO CIRCULAR VEHICULO DE CARGA PESADA, COMO CAMIONES 350,750 U OTROS DE SIMILAR CARACTERISTICA POR LA ALCABALA DE LA B.P.F. “PUENTE SARARE” DURANTE EL SEGUNDO TURNO QUE USTED DESEMPEÑO? CONTESTO: “no, solo algunos taxis, lo que pasa es que por la hora casi no pasan carros”. TERCERA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI OBSERVO AL SARGENTO SEGUNDO ANGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, HABLANDO O NEGOCIANDO CON PERSONAS EN LA ALCABALA, PARA DEJAR PASAR COMBUSTIBLE EN CAMIONES? CONTESTO: “No yo no vi nada extraño en la alcabala, nosotros estábamos en el cuarto donde se sienta el profesional de guardia, hablando para pasar el turno y no nos diera sueño, antes de eso tampoco escuche o vi nada fuera de lo normal”. QUINTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI PRESENCIO LA INSPECCION HECHA POR EL CAPITAN ESTEBAN DE JESUS MORAN PEREZ EN LA B.P.F. “PUENTE SARARE”, AL SARGENTO SEGUNDO ANGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA? CONTESTO: “No, nosotros estábamos afuera y el capitán Moran se encontraba solo con mi sargento Franco revisándole el escaparate”. SEXTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI TIENE CONOCIMIENTO DEL RESULTADO DE LA INSPECCIÓN HECHA AL ESCAPARATE DEL SARGENTO SEGUNDO ANGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA? CONTESTO: “El Capitán encontró un dinero a mi sargento Franco, creo que eran como mil Bolívares, esa era una plata de un teléfono que le había vendido a un compañero mío que se llama Jerson Arcángel Ramírez Criollo, ese teléfono era huawey slider con línea Movilnet, ese teléfono primero era mío y yo se lo vendí cuando estábamos en Ciudad Sucre a mi Sargento Franco en setecientos Bolívares (700,oo Bs) y él se lo vendió por mil bolívares al curso mío, esa línea tiene el número 0416-7783452”. OCTAVA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI PRESENCIO LA INSPECCION HECHA POR EL CAPITAN ESTEBAN DE JESUS MORAN PEREZ EN LA B.P.F. “PUENTE SARARE”, AL SARGENTO SEGUNDO JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS? CONTESTO: “No, porque nosotros estábamos afuera y el capitán no dejo que entráramos”. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI HAY POSIBILIDAD DE EVADIR LA ALCABALA DE LA B.P.F. “PUENTE SARARE”? CONTESTO: “Cuando el carro viene por la vía principal no porque se encuentra directamente con la alcabala de nosotros, pero antes de llegar a un sitio que se llama La Romana, hay dos entradas que van a dar una al kilómetro 8 y la otra al kilómetro 12, cuando un carro se mete por ahí no pasa por la alcabala de Puente Sarare”. DECIMA SEGUNDA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI OBSERVO TRANSITAR POR LA ALCABALA DE LA B.P.F. “PUENTE SARARE” UN VEHICULO CON LAS SIGUEINTES CARACTERISTICAS: CAMION MARCA JAC, COLOR ROJO, PLACA A79AY96, CON UN TANQUE METALICO CON CAPACIDAD DE 10000 LITROS PARA LLEVAR GASOLINA DE CONTRABANDO? CONTESTO: “Yo vi ese camión en el Batallón cuando nos relevaron, no lo vi pasar por la alcabala de nosotros, y quien detuvo ese camión fue el Capitán Moran Pérez Esteban de Jesús, escondido en el río Sarare por la vía de la Romana”. 7.- En fecha 29 de febrero de 2012, mediante oficio N° FM35-161, la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, solicitó al Comandante del 921 Batallón de Caribes “G/D Manuel Sedeño”, se sirviera remitir a este Despacho Fiscal, los siguientes recaudos: 1.- La cantidad de 820,00 Bolívares y Cuatro (04) Tarjetas Prepago Movilnet, de las cuales dos (02) de veinticinco y dos (02) de quince bolívares, incautadas en un compartimiento de la maleta del Ciudadano S2. ANGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, por parte del CAP. ESTEBAN DE JESUS MORAN PEREZ, durante revista de escaparates y objetos personales. (Fin efectuarle experticia de rigor). 2.- La cantidad de 1.500,00 Bolívares y Seis (06) Tarjetas Prepago Movilnet, de las cuales dos de veinticinco y cuatro (04) de quince bolívares, lo cual fue encontrado escondido en un par de medias del Ciudadano S2. JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, por parte del CAP. ESTEBAN DE JESUS MORAN PEREZ, durante revista de escaparates y objetos personales. (Fin efectuarle experticia de rigor). 3.- Acta de retención y/o Acta Policial del procedimiento de la incautación del vehículo tipo carga, marca JAC, color rojo placa A79AY96, además indicar la ubicación actual del referido camión y de los tanques contentivo de Combustible (gasoil y gasolina). 4. Remitir cualquier otro recaudo o evidencia que guarde relación con el presente caso. Asimismo la comparecencia por ante este Despacho Fiscal, al personal especificado a continuación, fin rindan declaración testifical, para lo cual se anexan nueve boletas de citación, de acuerdo al siguiente cronograma: Martes 1309:00MAR12: 1.- CAP. ESTEBAN DE JESUS MORAN PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.990.690. 2.- C/2. ELIO RAFAEL TUA, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.056.707. 3.- DG. ALEJO BARRAEZ JOSE ANGEL titular de la cédula de identidad Nº V- 19.798.726. 4.- DG. ALVARADO ROJAS FRANK. 5.- SLDDO. JERSON A. RAMIREZ CRIOLLO, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.338.490. Miércoles 1409:00MAR12 1.- C2. BRACHO ALVARADO EUDOMAR RAFAEL, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.309.386. 2.- C2. SANTA FE ROJAS EBER HUMBERTO, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.732.170. 3.- C2. GARRIDO PACHECO ALVIS JOSE, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.317.149. 4.- SLDDO. BOLIVAR ABREU ERICK XABIER, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.408.655. 5.- SRA. DIRMA YANETHE GAFARO, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.981.309. 9.- En fecha 13 de marzo de 2012, en la sede de la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, se tomó Entrevista Testifical al ciudadano ESTEBAN DE JESUS MORAN PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-12.990.690, de profesión u oficio militar en servicio activo del Ejercito Nacional Bolivariano, con el Grado de Capitán, plaza del 921 Batallón de Caribes “G/D MANUEL SEDEÑO”, quien expuso: “El día 13 de diciembre del año dos mil once, aproximadamente a las nueve de la mañana, hizo acto de presencia en la Base de Protección Fronteriza “PUENTE SARARE”, el ciudadano TENIENTE CORONEL EDUARD RAMOS, Comandante del 921 Batallón de Caribe “SEDEÑO”, quien me llamo y me dijo que unos informantes le habían dicho que en la madrugada había pasado un camión con combustible, entonces yo le dije que yo me había acostado como a las doce y pico de la noche y no había detectado ninguna novedad, entonces me ordeno que le pasara revista de escaparate a los Sargentos que habían montado segundo turno de puente Sarare y la sector la romana, en tal sentido le pase revista al Sargento FRANCO que estaba de segundo turno de puente Sarare, a quien le conseguí en su escaparate ochocientos veinte (820,00) bolívares en efectivo y dos (02) tarjetas de veinticinco y dos (02) tarjetas de quince bolívares, todas Movilnet y seguidamente le pase revista al sargento RAMONEL que monto segundo turno de sector La Romana, a quien le encontré en una maleta que estaba dentro del escaparate, envuelto en una media, la cantidad de mil quinientos (1.500,00) bolívares y dos (02) tarjetas de veinticinco y cuatro (04) tarjeta de quince, todas Movilnet, luego le entregue eso a mí Comandante EDUARD RAMOS, quien interrogo a los sargentos y RAMONEL dijo que eso era de un préstamo que le hizo una señora y FRANCO que esa plata era de un teléfono que había vendido, seguidamente se retiró mi comandante del puente; después el día quince de diciembre del año pasado, llego al puente Sarare, una comisión del batallón “Sedeño”, al mando del TENIENTE PEDRO MORENO MORENO, quien me dijo que por instrucciones de mi Comandante EDUARD RAMOS, debería acompañarlos a realizar un patrullaje por la zona, en tal sentido salí con ellos a patrullar y en el sector denominado la doble “T”, donde en sentido el Nula-El Puente Sarare, en la segunda entrada como a tres kilómetros se consiguieron dos tanques metálicos grandes vacíos, dos tanques de plástico de doscientos litros con gasoil y más adelante como a unos seis o siete kilómetros más adentro se encontró abandonado un vehículo NPR, color rojo, el cual tenia un tanque con aproximadamente diez mil litros de combustible, todo lo cual fue retenido por el jefe de la patrulla y llevado para el fuerte Yaruro, ósea en este caso el TTE. MORENO, Eso es todo”. Seguidamente es interrogado por el ciudadano Fiscal Militar de la siguiente manera: (Omissis…) PRIMERA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, QUIEN O QUE PERSONA PRESENCIO LA INSPECCION HECHA POR SU PERSONA EN LA BASE DE PROTECCIÓN FRONTERIZA. “PUENTE SARARE”, AL SARGENTO SEGUNDO ANGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA Y RAMONEL JUAN CARLOS? CONTESTO: “Ellos solos, cada uno en su escaparate”. SEGUNDA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI HAY POSIBILIDAD DE EVADIR EL PUNTO DE CONTROL LA ROMANA Y LA ALCABALA DE LA BASE DE PROTECCIÓN FRONTERIZA “PUENTE SARARE”? CONTESTO: “La romana se puede evadir, cuando el vehículo viene en desde el Nula, porque está el sector doble “T”, que son dos entradas que van a dar una al kilómetro 8 y la otra al kilómetro 12 que es queda más adelante del puente Sarare, cuando un carro se mete por ahí no pasa por la alcabala de Puente Sarare, y puede pasar por el rio dependiendo del nivel”. TERCERA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI EN FECHA 15 DE DICIEMBRE DE 2011, CUANDO USTED SE ENCONTRABA COMO COMANDANTE DE LA BASE DE PROTECCIÓN FRONTERIZA “PUENTE SARARE”, OBSERVO TRANSITAR POR LA ALCABALA DE LA Base de PROTECCIÓN FRONTERIZA “PUENTE SARARE´ UN VEHICULO CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: CAMION MARCA JAC, COLOR ROJO, PLACA A79AY96, CON UN TANQUE METALICO CON CAPACIDAD DE 10000 LITROS PARA LLEVAR GASOLINA DE CONTRABANDO? CONTESTO: “No en ningún momento, lo hubiera retenido”. 9.- En fecha 14 de Marzo de 2012, en la sede de la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, se tomó Entrevista Testifical a la ciudadana DIRMA YANETH GAFARO GOMEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-16.981.309, de profesión u oficio Licenciada en Educación Integral, Magister en Orientación Educativa, residenciada en El Nula Estado Apure, quien expuso: “Bueno recuerdo que como el diez de diciembre del año pasado, yo fui a San Cristóbal y cobre mi sueldo, y cuando estaba en El Nula, me conseguí al sargento Juan Carlos, quien frecuenta va a mi casa y en días anteriores me había dicho que tenía problemas económicos, que necesitaba un préstamo, entonces le di prestado la cantidad de mil quinientos (1.500,00) bolívares en efectivo y él me dijo que estaba trabajando en el puente Sarare, que después me cancelaba el dinero, eso es todo.” 10.- En fecha 13 de Marzo de 2012, mediante oficio N° FM35-195, la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, solicitó al Laboratorio Criminalístico y Toxicológico del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Delegación Táchira, efectuar el Reconocimiento Técnico Legal y Experticia de Autenticidad y Falsedad a la evidencia suministrada, la cual consistía en dinero en efectivo cuya suma total correspondía con la cantidad de 2.320,00 bolívares, discriminados en la forma como se detallan en el oficio antes mencionado. En tal sentido, en fecha 13 de abril de 2012, el Inspector Jefe del Laboratorio Criminalistico Táchira, acusó recibo de la comunicación enviada mediante oficio N° 1033, en donde remite la experticia N° 1224 de fecha 13 de abril de 2012, la cual concluye entre otras cosas que el dinero es autentico y de uso legal en el país y suman un total de 2.320,00 bolívares. 11.- En fecha 13 de Marzo de 2012, mediante oficio N° FM35-196, la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, solicitó al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guasdualito, efectuar el Reconocimiento Técnico Legal a la evidencia suministrada, la cual consistía en diez tarjetas de teléfono de diversos saldos, discriminados en la forma como se detallan en el oficio antes mencionado. En tal sentido, en fecha 20 de Marzo de 2012, el Comisario Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Jefe de la Sub-Delegación Guasdualito, Estado Apure, acusó recibo de la comunicación enviada mediante oficio N° 0852 y remitió la experticia N° 9700-261-025-12 de fecha 20 de marzo de 2012. 12.- En fecha 21 de Marzo de 2012, mediante oficio N° FM35-217, la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, solicitó al Comandante del 921 Batallón de Caribes “G/D Manuel Sedeño”, se sirviera remitir a ese Despacho Fiscal, los siguientes recaudos:1. Acta de retención y/o Acta Policial del procedimiento de la incautación del vehículo tipo carga, marca JAC, color rojo placa A79AY96, además indicar la ubicación actual del referido camión y de los tanques contentivo de Combustible (gasoil y gasolina). 2. Remitir cualquier otro recaudo o evidencia que guarde relación con el presente caso. Asimismo se requiere la comparecencia del personal especificado a continuación, fin rindan declaración testifical de acuerdo al siguiente cronograma: Martes 2709:00MAR12: 1.- C/2. ELIO RAFAEL TUA, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.056.707. 2.- DG. ALEJO BARRAEZ JOSE ANGEL titular de la cédula de identidad Nº V- 19.798.726. 3.- DG. ALVARADO ROJAS FRANK. 4.- SLDDO. JERSON A. RAMIREZ CRIOLLO, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.338.490. Miércoles 2809:00MAR12: 1.- C2. BRACHO ALVARADO EUDOMAR RAFAEL, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.309.386. 2.- C2. SANTA FE ROJAS EBER HUMBERTO, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.732.170. 3.- C2. GARRIDO PACHECO ALVIS JOSE, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.317.149. 4.- SLDDO. BOLIVAR ABREU ERICK XABIER, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.408.655. Miércoles 2809:00MAR12, del personal especificado a continuación, con el fin de que rindan declaración como Imputado, 1.- S2. ANGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.538.071. 2.- S2. JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.640.309. 13-. En fecha 28 de marzo de 2012, en la sede de la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, se imputó al ciudadano S/2. ANGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.538.071, plaza del 921 Batallón de Caribes “G/D. MANUEL SEDEÑO”, por la presunta comisión del delito militar de ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 509 numeral 1, del Código Orgánico de Justicia Militar de quien expuso: “El día 13 de diciembre del año pasado, en horas de la noche recibí servicio de segundo turno de alcabala en el Puente Sobre El Rio Sarare, desde las una de la madrugada hasta las seis de la mañana, que le entregue a el S1. LIENDO PAREDES MIGUEL, estuve en compañía de tres Soldados VELOZ LOMAR, ALEJO ALBARRAN Y TUA OVIEDO y durante mi servicio se chequearon vehículos de carga de plátano y arena, es más mi CAPITAN MORAN ESTEBAN, paso revista como a las dos y veinte de la mañana y encontró todo sin novedad, y con respecto a la plata que me consiguió mi CAPITAN MORAN eso es producto de la venta de un teléfono celular que se lo vendí al SOLDADO RAMIREZ CRIOLLO, él está en Ciudad Sucre en la actualidad, y las tarjetas telefónicas yo las había mandado a comprar al pueblo, y durante mi servicio no se retuvo ningún vehículo por transportar combustible de manera ilegal y tampoco con tambores no tanques adaptados, que fuese cruzado mi punto de control, eso es todo”: PRIMERA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, DONDE SE ENCONTRABA USTED LA NOCHE DEL 13 DE DICIEMBRE DE 2011?, CONTESTO: “Estaba de segundo turno de alcabala en la base de protección fronteriza “Puente Sarare”, desde la una de la madrugada que me entrego el sargento LIENDO, hasta las seis de la mañana que le volví a entregar servicio al sargento primero LIENDO PAREDES. SEGUNDA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI RECUERDA DONDE SE ENCONTRABA LA NOCHE DEL 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO PASADO, EL CIUDADANO SARGENTO JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS? CONTESTO: “Estaba de segundo turno de punto de control en el sector de la Romana, es decir en el sentido el Nula-Puente Sarare, estaba antes de llegar al puente Sarare, eso queda como a veinte minutos en carro desde puente Sarare, lugar donde yo me encontraba esa noche de servicio”. TERCERA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI LA NOCHE DEL 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO PASADO, CUANDO USTED SE ENCONTRABA DE SERVICIO DE SEGUNDO TURNO DE ALCABALA EN LA BASE DE PROTECCION FRONTERIZA PUENTE SARARE, LE PASARON REVISTA? CONTESTO: “Si mi CAPITAN MORAN ESTEBAN, me paso revista como a las dos de la madrugada, encontrando todo sin novedad, él era el Comandante de la Base Puente Sarare en esa fecha”. CUARTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, QUIEN ESTABA PRESENTE CUANDO EL CAPITAN MORAN ESTEBAN, LE PASARON REVISTA A SU MALETA Y ADEMAS INDIQUE QUE LE INCAUTO O RETUVO? CONTESTO: “Cuando él me paso revista no había nadie presente y esa revista fue como a las dos de la tarde del día catorce de diciembre del año pasado, me retuvo ochocientos veinte (820,00) bolívares, que eran de la venta de un teléfono celular y cuatro (04) tarjetas Movilnet, de las cuales dos (02) de veinticinco bolívares y dos (02) de quince bolívares que yo había comprado”. QUINTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI RECUERAD LA FECHA Y LUGAR DONDE UNA COMSION DEL 921 BATALLON DE CARIBE G/D. “MANUEL SEDEÑO”, EN EL MES DE DICIEMBRE INCAUTO UN VEHICULO CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: CAMION MARCA JAC, COLOR ROJO, PLACA A79AY96, CON UN TANQUE METALICO CON CAPACIDAD DE 10.000 LITROS PARA LLEVAR GASOLINA DE CONTRABANDO, DOS TANQUES METALICOS DE DIEZ MIL LIBTROS CADA UNO Y DOS TANQUES PLASTICOS DE 200 LITROS CADA UNO, TODOS CONTENTIVOS DE DERIVADOS DE HIDROCARBUROS (GASO IL Y GASOLINA)? CONTESTO: “Eso fue el quince de diciembre del año pasado, eso fue como a las dos de la tarde, en el sector denominado la doble “T”, y eso estaba por la segunda entrada del lado derecho, pero en sentido como si uno viniera del Nula-Puente Sarare”. SEXTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI HAY POSIBILIDAD DE EVADIR EL PUNTO DE CONTROL DENOMINADO LA ROMANA Y ADEMAS LA ALCABALA DE LA BASE DE PROTECCIÓN FRONTERIZA “PUENTE SARARE”? CONTESTO: “Si, porque ese punto de control queda más adelante del sector la doble “T”, en sentido El Nula-Puente Sarare, y más adelante queda El Punto de control de la romana y después el Puente Sarare, entonces se puede evadir ambos puntos de control, entonces el sector que le dicen la doble “T”, son dos entradas que quedan a ambos lados de la vía principal, la primera del lado derecho van a dar una al kilómetro 8 y la otra más adelante de la primera del lado derecho llegan al kilómetro 12, ambos sitios quedan más adelante del puente Sarare, en ese caso un carro rustico o camión que cruce por esos dos entradas no pasa por la alcabala de Puente Sarare, y según el nivel del agua del rio puede cruzar”. SEPTIMA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI RECUERDA DONDE SE ENCONTRABA USTED LA NOCHE DEL 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO PASADO Y ADEMAS SI RECUERDA DONDE SE ENCONTRABA EL SARGENTO RAMONEL? CONTESTO: “Yo estaba en Puente Sarare, de primer turno de alcabala y RAMONEL estaba en la romana de primer turno”. OCTAVA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI EN FECHA 14 DE DICIEMBRE DE 2011, CUANDO USTED SE ENCONTRABA DE SERVICIO DE PRIMER TURNO DE PUNTO DE CONTROL EN LA BASE DE PROTECCIÓN FRONTERIZA “PUENTE SARARE”, OBSERVO TRANSITAR POR LA ALCABALA UN VEHICULO CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: CAMION MARCA JAC, COLOR ROJO, PLACA A79AY96, CON UN TANQUE METALICO CON CAPACIDAD DE 10.000 LITROS PARA LLEVAR GASOLINA DE CONTRABANDO? CONTESTO: “No en ningún momento, lo hubiera retenido”. 14.- En fecha 28 de marzo de 2012, en la sede de la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, se imputó al ciudadano SARGENTO SEGUNDO JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V-20.640.309, plaza del 921 Batallón de Caribes “G/D. MANUEL SEDEÑO”, por la presunta comisión del delito militar de ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 509 numeral 1, del Código Orgánico de Justicia Militar de quien expuso: “El año pasado en fecha 13 de diciembre, recibí servicio de segundo turno de punto de Control la Romana, desde la una de la madrugada hasta las seis de la mañana, que le entregue al TTE. WILIAN SANCHEZ SOLORZANO, estuve en compañía de tres Soldados BRACHO ALVARADO, SANTA FE, GARRIDO PACHECO y BOLIVAR ABREU y durante mi servicio se chequearon todos los vehículos que pasaron y no hubo novedad, y con respecto a la plata que me consiguió el CAPITAN MORAN es de un préstamo que me otorgo la señora YANET GAFARO y las tarjetas telefónicas las había mandado a comprar al pueblo, porque vendía tarjetas allá, eso es todo: PRIMERA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, DONDE SE ENCONTRABA USTED LA NOCHE DEL 13 DE DICIEMBRE DE 2011?, CONTESTO: “De segundo turno de alcabala en la Romana, desde la una de la madrugada que me entrego el TTE. WILIAN SANCHEZ SOLORZANO hasta las seis de la mañana que le volví a entregar”. SEGUNDA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI RECUERDA DONDE SE ENCONTRABA LA NOCHE DEL 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO PASADO, EL CIUDADANO SARGENTO FRANCO ZAPATA? CONTESTO: “De segundo turno de punto de control fijo en Puente Sarare”. TERCERA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI LA NOCHE DEL 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO PASADO, CUANDO USTED SE ENCONTRABA DE SERVICIO DE SEGUNDO TURNO DE ALCABALA EN LA ROMANA, LE PASARON REVISTA? CONTESTO: “Ese día no me paso revista, pero llamaba y uno le informaba”. CUARTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, QUIEN ESTABA PRESENTE CUANDO EL CAPITAN MORAN ESTEBAN, LE PASO REVISTA A SU MALETA Y ADEMAS INDIQUE QUE LE INCAUTO O RETUVO? CONTESTO: “No había nadie, y esa revista fue como a las dos de la tarde del día catorce de diciembre del año pasado, me retuvo mil quinientos (1.500,00) bolívares, que eran de un préstamo y seis tarjetas Movilnet, de las cuales dos (02) de veinticinco bolívares y cuatro (04) de quince bolívares que yo había comprado, para vender en esa zona”. QUINTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI TIENE CONOCIMIENTO DE LA FECHA Y LUGAR DONDE UNA COMSION DEL 921 BATALLON DE CARIBE G/D. “MANUEL SEDEÑO”, EN EL MES DE DICIEMBRE INCAUTO UN VEHICULO CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: CAMION MARCA JAC, COLOR ROJO, PLACA A79AY96, CON UN TANQUE METALICO CON CAPACIDAD DE 10.000 LITROS PARA LLEVAR GASOLINA DE CONTRABANDO, DOS TANQUES METALICOS DE DIEZ MIL LIBTROS CADA UNO Y DOS TANQUES PLASTICOS DE 200 LITROS CADA UNO, TODOS CONTENTIVOS DE DERIVADOS DE HIDROCARBUROS (GASO IL Y GASOLINA)? CONTESTO: “Eso fue el quince de diciembre del año pasado, como a las dos de la tarde, en el sector denominado la doble “T”, y eso estaba por la segunda entrada del lado derecho, pero en sentido El Nula-Puente Sarare, es mas eso lo agarraron dos días después que me retuvieron la plata y las tarjetas”. SEXTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI HAY POSIBILIDAD DE EVADIR EL PUNTO DE CONTROL DENOMINADO LA ROMANA Y ADEMAS LA ALCABALA DE LA B.P.F. “PUENTE SARARE”? CONTESTO: “Si, porque ese punto de control queda en una curva más adelante del sector la doble “T”, sentido El Nula-Puente Sarare, y después el Puente Sarare, entonces se puede evadir ambos puntos de control, porque en el sector que le dicen la doble “T”, son dos entradas que quedan a los lados de la vía principal, la primera del lado izquierdo va a dar al kilómetro 12 y la otra más adelante de la primera del lado izquierdo llegan al kilómetro 8, ambos sitios quedan antes del puente Sarare, y un carro rustico o camión que se meta esas dos entradas no pasa por la alcabala de Puente Sarare ni la Romana, y de acuerdo al nivel del agua del rio Sarare puede cruzar”.. OCTAVA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI EN FECHA 14 DE DICIEMBRE DE 2011, CUANDO USTED SE ENCONTRABA DE SERVICIO DE PRIMER TURNO DE PUNTO DE CONTROL EN LA ROMANA, OBSERVO TRANSITAR POR LA ALCABALA UN VEHICULO CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: CAMION MARCA JAC, COLOR ROJO, PLACA A79AY96, CON UN TANQUE METALICO CON CAPACIDAD DE 10000 LITROS PARA LLEVAR GASOLINA DE CONTRABANDO? CONTESTO: “No en ningún momento”. NOVENA PREGUNTA. 15.- En fecha 02 de Abril de 2012, mediante oficio N° FM35-253, la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, solicitó al Comandante del 921 Batallón de Caribes “G/D Manuel Sedeño”, se sirviera remitir a este Despacho Fiscal, los siguientes recaudos: 1. Acta de retención y/o Acta Policial del procedimiento de la incautación del vehículo tipo carga, marca JAC, color rojo placa A79AY96, además indicar la ubicación actual del referido camión y de los tanques contentivo de Combustible (gasoil y gasolina). 2. Remitir cualquier otro recaudo o evidencia que guarde relación con el presente caso. Asimismo la comparecencia por ante este Despacho Fiscal, al personal especificado a continuación, fin rindan declaración testifical, para lo cual se anexan la Cuarta boleta de citación, de acuerdo al siguiente cronograma: Martes 1009:00ABR12: 1.- C/2. ELIO RAFAEL TUA, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.056.707. 2.- DG. ALEJO BARRAEZ JOSE ANGEL, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.798.726. 3.- DG. ALVARADO ROJAS FRANK. 4.- SLDDO. JERSON A. RAMIREZ CRIOLLO, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.338.490. 5.- C2. BRACHO ALVARADO EUDOMAR RAFAEL, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.309.386. 6.- C2. SANTA FE ROJAS EBER HUMBERTO, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.732.170, 7.- C2. GARRIDO PACHECO ALVIS JOSE, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.317.149, 8.- SLDDO. BOLIVAR ABREU ERICK XABIER, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.408.655. Igualmente se requiere la comparecencia por ante este Despacho Fiscal, para el día Martes 1009:00ABR12, del personal especificado a continuación, fin ampliar declaración como Imputado, para lo cual se anexan dos boletas de citación. 1.- S2. ANGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.538.071. 2.- S2. JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.640.309. 16.- En fecha 12 de Junio de 2012, mediante oficio N° FM35-253, la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, solicitó al Comandante del 921 Batallón de Caribes “G/D Manuel Sedeño”, se sirviera remitir a este Despacho Fiscal, los siguientes recaudos: 1. Acta de retención y/o Acta Policial del procedimiento de la incautación del vehículo tipo carga, marca JAC, color rojo placa A79AY96, además indicar la ubicación actual del referido camión y de los tanques contentivo de Combustible (gasoil y gasolina). 2. Remitir cualquier otro recaudo o evidencia que guarde relación con el presente caso. Asimismo se requiere la comparecencia por ante este Despacho Fiscal, para el Día 2009:00JUN12, del personal militar plaza de esa Unidad, especificado a continuación, fin rindan declaración testifical, para lo cual se anexan la Quinta boleta: 1.- C/2. ELIO RAFAEL TUA, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.056.707. 2.- DG. ALEJO BARRAEZ JOSE ANGEL, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.798.726. 3.- DG. ALVARADO ROJAS FRANK. 4.- SLDDO. JERSON A. RAMIREZ CRIOLLO, titular de la cédula de identidad Nº V- -25.338.490. 5.- C2. BRACHO ALVARADO EUDOMAR RAFAEL, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.309.386. 6.- C2. SANTA FE ROJAS EBER HUMBERTO, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.732.170. 7.- C2. GARRIDO PACHECO ALVIS JOSE, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.317.149. 8.- SLDDO. BOLIVAR ABREU ERICK XABIER, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.408.655. 17.- En fecha 29 de Agosto de 2012, mediante oficio N° FM35-515, la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, solicitó al Comandante del 921 Batallón de Caribes “G/D Manuel Sedeño”, se sirviera remitir a este Despacho Fiscal, los siguientes recaudos: 1. Acta de retención y/o Acta Policial del procedimiento de la incautación del vehículo tipo carga, marca JAC, color rojo placa A79AY96, además indicar la ubicación actual del referido camión y de los tanques contentivo de Combustible (gasoil y gasolina). 2. Remitir cualquier otro recaudo o evidencia que guarde relación con el presente caso. Asimismo se requiere la comparecencia por ante este Despacho Fiscal, para el Día 1109:00SEP12, del personal militar plaza de esa Unidad, especificado a continuación, fin rindan declaración testifical, para lo cual se anexan la Sexta boleta de citación: 1.- C/2. ELIO RAFAEL TUA, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.056.707. 2.- DG. ALEJO BARRAEZ JOSE ANGEL, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.798.726. 3.- DG. ALVARADO ROJAS FRANK.4.- SLDDO. JERSON A. RAMIREZ CRIOLLO, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.338.490. 5.- C2. BRACHO ALVARADO EUDOMAR RAFAEL, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.309.386. 6.- C2. SANTA FE ROJAS EBER HUMBERTO, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.732.170. 7.- C2. GARRIDO PACHECO ALVIS JOSE, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.317.149. 8.- SLDDO. BOLIVAR ABREU ERICK XABIER, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.408.655. 18.- En fecha 27 de Septiembre de 2012, mediante oficio N° FM35-559, la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, solicitó al Comandante del 921 Batallón de Caribes “G/D Manuel Sedeño”, se sirviera remitir a este Despacho Fiscal, los siguientes recaudos: 1. Acta de retención y/o Acta Policial del procedimiento de la incautación del vehículo tipo carga, marca JAC, color rojo placa A79AY96, además indicar la ubicación actual del referido camión y de los tanques contentivo de Combustible (gasoil y gasolina). 2. Remitir cualquier otro recaudo o evidencia que guarde relación con el presente caso. Asimismo se requiere la comparecencia por ante este Despacho Fiscal, para el Día 1009:00OCT12, del personal militar plaza de esa Unidad, especificado a continuación, fin rindan declaración testifical, para lo cual se anexan la Sexta boleta de citación: 1.- C/2. ELIO RAFAEL TUA, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.056.707. 2.- DG. ALEJO BARRAEZ JOSE ANGEL, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.798.726. 3.- DG. ALVARADO ROJAS FRANK.4.- SLDDO. JERSON A. RAMIREZ CRIOLLO, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.338.490. 5.- C2. BRACHO ALVARADO EUDOMAR RAFAEL, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.309.386. 6.- C2. SANTA FE ROJAS EBER HUMBERTO, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.732.170. 7.- C2. GARRIDO PACHECO ALVIS JOSE, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.317.149. 8.- SLDDO. BOLIVAR ABREU ERICK XABIER, titular de la cédula de identidad Nº V- -21.408.655. En tal sentido en fecha 03 de Octubre de 2012 se recibió el oficio N° 1257, en donde informa la situación del personal de tropas alistadas que fue citada para rendir declaración testifical. 19.- En fecha 03 de Octubre de 2012, en la sede de la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito se tomó Entrevista Testifical al ciudadano ERICK XAVIER BOLIVAR ABREU, titular de la cédula de identidad Nº V-21.408.655, quien presta servicio militar obligatorio en el 921 Batallón de Caribes “G/D MANUEL SEDEÑO”, con sede en El Fuerte Yaruro, El Nula, quien expuso: “En fecha trece de diciembre del año pasado, me encontraba desempeñando el segundo turno en el punto de control la Romana, turno que recibí a las doce de la noche y entregue a las tres de la mañana, en ese turno no ocurrió nada anormal, no paso ningún camión con combustible como dice mi comandante, por allí pasaron fue taxis y vehículos particulares, entregue mi turno sin novedad y me fui a dormir, luego en la mañana como a las diez, llego el comandante y llamo a todos los que montaron servicio nocturno y comenzó a hacer preguntas, sobre si había pasado un camión con combustible y le conteste que no, que durante mi turno no paso ningún camión, que es lo mismo que le estoy diciendo hoy”. Eso es todo”. Seguidamente es interrogado por el ciudadano Fiscal Militar de la siguiente manera: PRIMERA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, QUE PERSONAL DESEMPEÑO SERVICIO EN LA ALCABALA DURANTE EL SEGUNDO TURNO DEL PUNTO DE CONTROL EN LA ROMANA LA NOCHE DEL 13DIC2011? CONTESTO: “Jefe del punto de control mi sargento RAMONEL, y los soldados GARRIDO PACHECO, que esta retardado de permiso, EUDOMAR BRACHO, que está en Ciudad Sucre y EL SOLDADO SANTAFE que se fue de baja por haber cumplido el servicio militar”. SEGUNDA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI OBSERVO CIRCULAR VEHICULO DE CARGA PESADA, COMO CAMIONES 350,750 U OTROS DE SIMILAR CARACTERISTICA POR LA ALCABALA DE LA B.P.F. “PUENTE SARARE” DURANTE EL SEGUNDO TURNO QUE USTED DESEMPEÑO? CONTESTO: “Nada de eso, solo taxis y vehículos particulares, a esa hora pasan pocos carros”. TERCERA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI OBSERVO AL SARGENTO SEGUNDO JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, HABLANDO O NEGOCIANDO CON PERSONAS EN EL PUNTO DE CONTROL LA ROMANA, PARA DEJAR PASAR COMBUSTIBLE DE CONTRABANDO EN VEHICULOS? CONTESTO: “Durante mi guardia y servicio nocturno del trece de diciembre del año pasado, no vi nada extraño en la alcabala”. CUARTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI PRESENCIO LA INSPECCION HECHA POR EL CAPITAN ESTEBAN DE JESUS MORAN PEREZ EN LA BASE DE PROTECCIÓN FRONTERIZA “PUENTE SARARE”, AL SARGENTO SEGUNDO JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS? CONTESTO: “No”. QUINTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI TIENE CONOCIMIENTO DEL RESULTADO DE LA INSPECCIÓN HECHA AL SARGENTO SEGUNDO JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS? CONTESTO: “Pues dicen que mi Capitán encontró un dinero, pero eso era de un préstamo que él había recibido de manos de una señora amiga de él”. SEXTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI HAY POSIBILIDAD DE EVADIR EL PUNTO DE CONTROL DENOMINADO A ROMANA? CONTESTO: “Claro que sí, porque en sentido el nula-puente Sarare, el punto de control la romana queda como un kilómetro del puente, pero eso es curvas, no se puede ver, y antes de llegar a la romana, como quinientos metros pero hay curvas, existen dos entradas por cada lado de la vía, las llaman la doble “T”, las entradas del lado izquierdo van a dar una al kilómetro 8 y la otra al kilómetro 12, y las entradas del lado derechos a fincas de esa zona, ósea que un carro se mete por cualquiera de esa entradas puede evadir la romana y el puente Sarare y pasa por el rio Sarare”. SEPTIMA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI EN FECHA 13DIC12, OBSERVO TRANSITAR POR EL PUNTO DE CONTROL LA ROMANA, UN VEHICULO CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: CAMION MARCA JAC, COLOR ROJO, PLACA A79AY96, CON UN TANQUE METALICO CON CAPACIDAD DE 10000 LITROS PARA LLEVAR GASOLINA DE CONTRABANDO? CONTESTO: “No, pero esa carro lo encontraron fue el quince diciembre por una de las entradas del lado derecho bien alejado de la vía principal, una comisión del fuerte Yaruro, al mando del Teniente MORENO”. 20.- En fecha 03 de Octubre de 2012, en la sede de la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito se tomó Entrevista al Imputado, ciudadano JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V-20.640.309, quien expuso: “Ratifico mi declaración de fecha 28 de marzo de este año, rendida en este despacho fiscal, eso es todo”. 21.- En fecha 03 de Octubre de 2012, mediante oficio N° FM35-572, la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, solicito al Comandante del 921 Batallón de Caribes “G/D Manuel Sedeño”, la comparecencia para el día 230900OCT12, del ciudadano Teniente Pedro Moreno Moreno. 22.- En fecha 03 de Octubre de 2012, mediante oficio N° FM35-573, la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, solicitó al Abogado Rafael Gómez Duarte, Fiscal Décimo Cuarto del Ministerio Público, expidiera a ese despacho fiscal copia certificada del Acta Policial de fecha 15 de diciembre de 2011, relacionada con el procedimiento en donde fue retenido un vehículo tipo carga, marca JAC, color rojo placa A79AY96, con un tanque de combustibles con una capacidad de 10000 litros aproximadamente, y por la cual se apertura una investigación signada con el número 04-DCC-F14-0002-2012. En tal sentido, en fecha 04 de octubre de 2012, se recibió llamada telefónica del Abogado Rafael Gómez Duarte, Fiscal Décimo Cuarto del Ministerio Público, quien manifestó la negativa a expedir las copias certificadas antes solicitadas y que al respecto le fueran requeridas a la Fiscal Superior del Estado Apure. 23.- En fecha 18 de abril de 2012, mediante auto de este despacho fiscal se incorporó a la investigación N° FM35-02-2012, el acta policial relacionada con el procedimiento en donde fue retenido un vehículo tipo carga, marca JAC, color rojo placa A79AY96, con un tanque de combustibles con una capacidad de 10.000 litros aproximadamente, y por la cual se apertura una investigación signada con el número 04-DCC-F14-0002-2012, por el Ministerio Público Ordinario y a su vez, por el Ministerio Público Militar la causa N° FM35-07-2012 . Acta policial trasladada a esta investigación en virtud de que se relaciona con los hechos que se investigan. 24.- En fecha 23 de Octubre de 2012, en la sede de la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito se tomó Entrevista Testifical al ciudadano MAYOR CARLOS ANDRES ARVELO, titular de la cédula de identidad Nº V-12.204.761, quien se desempeñaba como Segundo Comandante del 921 Batallón de Caribes “G/D MANUEL SEDEÑO”, con sede en El Fuerte Yaruro, El Nula, para el momento de ocurrir los hechos y quien expuso: “En relación a los hechos ocurridos en fecha 13 de diciembre de año dos mil once, aproximadamente a las nueve de la mañana, cuando hizo acto de presencia en LA BASE DE PROTECCIÓN FRONTERIZA “PUENTE SARARE”, el ciudadano TENIENTE CORONEL EDUARD RAMOS, Comandante del 921 Batallón de Caribe “SEDEÑO”, a quien unos informantes le dijeron que en la madrugada habían pasado un camión con combustible por referido punto de control, en tal sentido ese mismo día se hicieron patrullajes por la zona siendo infructuosa la búsqueda del presunto vehículo cargado de combustible, posteriormente el día 15 de diciembre de año pasado una comisión militar del fuerte Yaruro, cuando se encontraba realizando labores de patrullaje por el sector denominado la doble “T”, pero como a diez kilómetros hacia adentro de la vía principal El Nula-Puente Sarare, encontró abandonado un vehículo marca JAC, color rojo, placas A79AY9G, cargado con un tanque metálico lleno de gasolina con aproximadamente diez mil litros, el cual fue puesto a la orden de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público con sede en Guasdualito, Estado Apure, con la respectiva acta policial, Eso es todo”. Seguidamente es interrogado por el ciudadano Fiscal Militar de la siguiente manera: PRIMERA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, QUE CARGO OCUPABA USTED EN FECHA 13DIC2011 EN EL 921 BATALLON DE CARIBES “SEDEÑO”? CONTESTO: “Segundo Comandante de la Unidad”. SEGUNDA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI RECUERDA QUIEN O QUE PERSONA REALIZO EL PROCEDIMIENTO DE INCAUTACION DEL VEHICULO COLOR ROJO, PLACAS A79AY9G? CONTESTO: “Una comisión militar del 921 Base de Protección Fronteriza “SEDEÑO” al mando del TTE. PEDRO MORENO”. TERCERA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI RECUERDA O TIENE CONOCIMIENTO QUE EN FECHA 13DIC2011, HAYA SIDO RETENIDO UN VEHICULO COLOR ROJO, PLACAS A79AY9G, POR EFECTIVOS MILITARES DEL 921 B.C. “SEDEÑO”? CONTESTO: “No en ningún momento, ese día no se retuvo ese vehículo, ese vehículo se encontró abandonado en fecha 15 de diciembre de 2011 como a diez kilómetros hacia adentro antes de llegar al sector denominado la doble “T”, en sentido El Nula-Puente Sarare”. CUARTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI DURANTE EL DESEMPEÑO COMO SEGUNDO COMANDANTE DEL 921 B.C. “SEDEÑO”, EN DICIEMBRE DEL AÑO 2011, OBSERVO ALGO IRREGULAR POR PARTE DE LOS CIUDADANOS SARGENTOS FRANCO Y RAMONEL, DE SER POSITIVO INDIQUE? CONTESTO: “No en ningún momento”. QUINTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI HAY POSIBILIDAD DE QUE ALGUNOS VEHICULOS PUEDA EVADIR EL PUNTO DE CONTROL LA ROMANA Y LA ALCABALA DE LA BASE DE PROTECCIÓN FRONTERIZA “PUENTE SARARE”? CONTESTO: “Claro que sí, el punto de control La romana se puede evadir fácilmente, porque cuando el vehículo viene desde el Nula-Puente Sarare, en el sector doble “T”, son dos entradas que van a dar una al kilómetro 8 y la otra al kilómetro 12 que es queda más adelante del puente Sarare, cuando un carro rustico se mete por ahí no pasa por la alcabala de Puente Sarare ni por el punto de control la romana, y puede pasar por el rio dependiendo del nivel de las aguas del mismo”. SEXTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI EN FECHA 15 DE DICIEMBRE DE 2011, CUANDO USTED SE ENCONTRABA COMO SEGUNDO COMANDANTE DEL 921 B.C. “SEDEÑO”, RECIBIO ALGUNA NOVEDAD DONDE SE ENCONTRASE INVOLUCRADO UN VEHICULO CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: CAMION MARCA JAC, COLOR ROJO, PLACA A79AY9G, CON UN TANQUE METALICO CON CAPACIDAD DE 10000 LITROS PARA LLEVAR GASOLINA DE CONTRABANDO? CONTESTO: “Si ese vehículo fue encontrado abandonado como a diez kilómetros del sector la doble “T”, y fue puesto a la orden de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público con sede en Guasdualito”. 25.- En fecha 01 de Noviembre de 2011, mediante oficio N° FM35-661, la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, solicito al Comandante del 921 Batallón de Caribes “G/D Manuel Sedeño”, informar la dirección de ubicación de los ciudadanos C2. ELIO RAFAEL TUA, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.056.707 Y C2. EBER SANTA FE ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.732.170, de igual manera se solicitó la comparecencia de los ciudadanos: 1.- DG. ALEJO BARRAEZ JOSE ANGEL titular de la cédula de identidad Nº V- 19.798.726. 2.- SLDDO. JERSON A. RAMIREZ CRIOLLO, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.338.490. 3.- C2. BRACHO ALVARADO EUDOMAR RAFAEL, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.309.386. 4.- C2. GARRIDO PACHECO ALVIS JOSE, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.317.149 y 5.- TTE. PEDRO JOSE MORENO, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.428.308; quienes deberán comparecer el 060900NOV12. 26.- En fecha 06 de Noviembre de 2012, en la sede de la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, se tomó Entrevista Testifical, al ciudadano TTE. PEDRO JOSÉ MORENO MORENO, titular de la cédula de identidad Nº V-17.428.308, quien expuso: “Sobre los hechos ocurridos el trece de diciembre de año dos mil once, no tengo conocimiento porque me encontraba de cumpleaños y estábamos en la cena navideña de la unidad, estábamos en una parte que se llama la Cristalina, pero de lo que tengo conocimiento es que yo era el jefe de la comisión del procedimiento en el cual se retuvo dos tanques metálicos grandes y dos tanques plásticos de lo que se usan para depositar leche, y un camión el cual tenía un tanque metálico grande en la plataforma, todo eso fue encontrado abandonado como a diez kilómetros hacia adentro del sector conocido como la doble “T”, en sentido El Nula-Puente Sarare, y llevado para el batallón, lugar donde se realizó el acta policial y después enviando para la Fiscalía del Ministerio Público en Guasdualito, eso es todo”. Seguidamente es interrogado por el ciudadano Fiscal Militar de la siguiente manera: PRIMERA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, QUE CARGO OCUPABA USTED EN FECHA 15DIC2011 EN EL 921 BATALLÓN DE CARIBES “SEDEÑO”? CONTESTO: “Era comandante del segundo pelotón desde agosto del año pasado y oficial parquero de la segunda compañía de esa Unidad, en septiembre desde esa año, ósea tenía dos cargos”. SEGUNDA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI RECUERDA QUIEN O QUE PERSONA REALIZO EL PROCEDIMIENTO DE INCAUTACIÓN DEL VEHÍCULO COLOR ROJO, PLACAS A79AY9G Y EN QUE FECHA OCURRIÓ ESO? CONTESTO: “Una comisión militar del 921 B.C. “SEDEÑO” que se encontraba bajo mi mando y ese procedimiento se realizó el día quince de diciembre del año pasado como a diez kilómetros hacia adentro del sector conocido como la doble “T”, en sentido El Nula-Puente Sarare”. TERCERA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI RECUERDA O TIENE CONOCIMIENTO QUE EN FECHA 13DIC2011, HAYA SIDO RETENIDO UN VEHICULO COLOR ROJO, PLACAS A79AY9G, POR EFECTIVOS MILITARES DEL 921 B.C. “SEDEÑO”? CONTESTO: “No en ningún momento, ese día no se retuvo ese vehículo, ese vehículo se encontró abandonado en fecha 15 de diciembre de 2011 como a diez kilómetros hacia adentro antes de llegar al sector denominado la doble “T”, en sentido El Nula-Puente Sarare”. CUARTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI EN FECHA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO PASADO CUANDO SE ENCONTRABA DE RECONOCIMIENTO TERRESTRE EN LAS ADYACENCIAS DE LA BASE DE PROTECCIÓN FRONTERIZA PUENTE SARARE, OBSERVO ALGO IRREGULAR POR PARTE DE LOS CIUDADANOS SARGENTOS FRANCO ZAPATA Y RAMONEL VARGAS, DE SER POSITIVO INDIQUE? CONTESTO: “No en ningún momento observe nada extraño en los sargentos, yo es día fui hasta el puente Sarare en el vehículo tiuna con varios soldados y hable como mi CAPITÁN MORAN que era el comandante de esa base y el me acompaño a realizar el patrullaje por instrucciones del MAYOR ARVELO”. QUINTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI TIENE CONOCIMIENTO O LE CONSTA QUE HAYA POSIBILIDAD DE QUE ALGUNOS VEHÍCULOS PUEDAN EVADIR EL PUNTO DE CONTROL LA ROMANA Y LA ALCABALA DE LA BASE DE PROTECCIÓN FRONTERIZA “PUENTE SARARE”? CONTESTO: “Pues ambos sitios de pueden evadir, el punto de control de La romana se puede evadir, porque cuando el carro viene desde el Nula-Puente Sarare, en el sector doble “Y” que queda como a unos quinientos metros, eso queda en un curva no hay visibilidad para la roma, y esa doble “T” es una entrada por cada lado de la vía principal, un va dar al kilómetro 8 y la otra al kilómetro 12 que es queda más adelante del puente Sarare, es decir se puede evadir los dos puntos de control con carros rústicos dependiendo del nivel de las aguas del rio”. SEXTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI RATIFICA O NO EL CONTENIDO DEL ACTA POLICIAL DE FECHA 15 DE DICIEMBRE DEL 2011, LEVANTADA POR EFECTIVOS MILITARES DEL 921 B.C “SEDEÑO”, EN RELACIÓN A UN PROCEDIMIENTO DE RETENCIÓN DE UN VEHÍCULO ABANDONADO CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: TIPO CARGA, MARCA JAC, COLOR ROJO, PLACA A79AY9G, CON UN TANQUE METÁLICO CON CAPACIDAD DE 10.000 LITROS, DOS TANQUES METÁLICOS GRANDES Y DOS TANQUES PLÁSTICOS, Y ADEMÁS SI RECONOCE COMO SUYA LA FIRMA QUE LA SUSCRIBE, LA CUAL SE ENCUENTRA INSERTA EN EL FOLIO NUMERO 147 DE LA CAUSA AFM35-02-2012, Y SE LE PONE DE MANIFIESTO EN ESTE MISMO ACTO ? CONTESTO: “Si ratifico en todas en todas y cada una de sus partes el contenido del acta policial que se me pone de manifiesto en este mismo acto y reconozco como mía la firma que la suscribe”. 27.- En fecha 06 de Noviembre de 2012, en la sede de la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, se tomó Entrevista Testifical, al ciudadano C2. JERSON ARCANGEL RAMIREZ CRIOLLO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-25.338.490, quien expuso: “En fecha 13 de diciembre del año 2011, yo no me encontraba en la Base de Protección Fronteriza Puente Sarare, pero a principios de ese mes yo le compre a mi SARGENTO FRANCO, un teléfono celular marca eslaider, color gris, le pague la cantidad de mil bolívares en efectivo, esa negociación fue en el batallón, yo me encontraba en esos días de servicio de prevención del fuerte, y pues nadie se dio cuenta de eso, yo mande a sacar la plata con un mototaxi y se la pagué a mi sargento y el me dio el teléfono, Eso es todo”. Seguidamente es interrogado por el ciudadano Fiscal Militar de la siguiente manera: PRIMERA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI USTED LE COMPRO UN TELÉFONO CELULAR AL SARGENTO FRANCO ZAPATA ÁNGEL GABRIEL, DE SER POSITIVO INDIQUE LA FECHA Y EL LUGAR? CONTESTO: “Si le compre un teléfono eslaider, color gris, eso como los primeros días de diciembre del año pasado en la prevención del batallón en el Fuerte Yaruro”. SEGUNDA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI RECUERDA CUANTO DINERO CANCELO USTED POR ESE TELÉFONO CELULAR? CONTESTO: “Mil bolívares en efectivo”. TERCERA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI RECUERDA LAS CARACTERÍSTICAS DEL TELÉFONO Y SU NÚMERO TELEFÓNICO? CONTESTO: “Era de color gris, un eslaider”. 28.- En fecha 06 de Noviembre de 2012, en la sede de la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, se tomó Entrevista Testifical, al ciudadano C1. EUDOMAR RAFAEL BRACHO ALVARADO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-21.309.386, quien expuso: “El trece de diciembre del año pasado, me encontraba de servicio de segundo turno en el punto de control la Romana, allí recibí a las doce de la noche y entregue a las tres de la mañana, en mi servicio no ocurrió ninguna novedad, no paso ningún camión con combustible como dice mi comandante, por ese sector solo pasaron taxis y otros carros pero todo normal, entregue mi turno sin novedad y me fui a dormir, después en la mañana como a las diez, llego mi comandante y llamo a todos los soldados que montaron servicio nocturno y comenzó a preguntar, que si había pasado un camión con combustible y le conteste que no, que durante mi turno no paso ningún camión”. Eso es todo”. Seguidamente es interrogado por el ciudadano Fiscal Militar de la siguiente manera: PRIMERA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI RECUERDA QUE PERSONAL DESEMPEÑO SERVICIO EN LA ALCABALA DURANTE EL SEGUNDO TURNO DEL PUNTO DE CONTROL EN LA ROMANA LA NOCHE DEL 13DIC2011? CONTESTO: “El Jefe del punto de control mi sargento RAMONEL, y los soldados GARRIDO PACHECO, el está retardado todavía y BOLÍVAR ABREU, y EL SOLDADO SANTA FE que se fue de baja era de ENE11”. SEGUNDA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI OBSERVO CIRCULAR VEHÍCULO DE CARGA PESADA, COMO CAMIONES 350,750 U OTROS DE SIMILAR CARACTERÍSTICA POR LA ALCABALA DE LA Base DE PROTECCIÓN FRONTERIZA “PUENTE SARARE” DURANTE EL SEGUNDO TURNO QUE USTED DESEMPEÑO? CONTESTO: “No, solo taxis y otros carros, es mas a esa hora casi no pasan carros”. TERCERA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI OBSERVO AL SARGENTO SEGUNDO JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, HABLANDO O NEGOCIANDO CON PERSONAS EN EL PUNTO DE CONTROL LA ROMANA, PARA DEJAR PASAR COMBUSTIBLE DE CONTRABANDO EN VEHÍCULOS? CONTESTO: “No en ningún momento”. CUARTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI USTED FUE INSPECCIONADO POR EL CAPITÁN ESTEBAN DE JESÚS MORAN PÉREZ, EN EL PUNTO DE CONTROL LA ROMANA? CONTESTO: “Si me reviso a ver si tenía dinero o algo extraño, reviso todos los escaparates, pero todo resulto sin novedad”. QUINTA PREGUNTA.¿DIGA EL DECLARANTE, SI HAY POSIBILIDAD DE EVADIR EL PUNTO DE CONTROL DENOMINADO A ROMANA? CONTESTO: “Si, cuando una va en sentido el nula-puente Sarare, la romana queda como un kilómetro del puente, pero antes de la romana como a quinientos metros hay unas curvas, que ese sector se llama la doble “T”, de ahí no se puede ver para la romana, y ese sector de la doble “T”, existen dos entradas una por cada lado de la vía principal, la entrada del lado izquierdo van a dar una al kilómetro 8 y 12, y la entrada del lado derecho a fincas y fundos de esa zona, entonces con un carro rustico o camión se mete por cualquiera de esa entradas y puede evadir la romana y el Sarare”. SEXTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI EN FECHA 13DIC12, OBSERVO TRANSITAR POR EL PUNTO DE CONTROL LA ROMANA, UN VEHÍCULO CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: CAMIÓN MARCA JAC, COLOR ROJO, PLACA A79AY96, CON UN TANQUE METÁLICO CON CAPACIDAD DE 10000 LITROS PARA LLEVAR GASOLINA DE CONTRABANDO? CONTESTO: “No”. 29.- En fecha 06 de Noviembre de 2012, en la sede de la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, le realizo la devolución de los objetos incautados al ciudadano S1.ANGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-17.538.071. 30.- En fecha 06 de Noviembre de 2012, en la sede de la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, le realizo la devolución de los objetos incautados al ciudadano S2.JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-20.640.309.
RAZONES DE HECHO Y DE DERECHO EN QUE SE FUNDA LA DECISIÓN
Revisadas, estudiadas y analizadas todas las actas que conforman el expediente que originaron la investigación, el Ministerio Público Militar concluye que existe causal suficiente, que hace procedente en el presente caso, en relación a la presunta comisión del delito militar de ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 509 numeral 1, del Código Orgánico de Justicia Militar; la aplicación de lo dispuesto en el Artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece: “El Sobreseimiento procede cuando: numeral 1°: “El hecho objeto del proceso no se realizó o no puede atribuírsele al imputado o imputada”
El Ministerio Publico Militar, puede afirmar sin duda alguna, que el hecho objeto del proceso no se realizó, es decir, nunca se materializo en el mundo real. Ello se desprende por lo siguiente, esta investigación surge por una incertidumbre o sospecha que le nació al Teniente Coronel Eduard Ramos, Comandante del 921 Batallón de Caribes “G/D Manuel Sedeño”, quien presumió que los efectivos militares S2. ANGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.538.071, jefe de la alcabala diurna de la Base de Protección Fronteriza “Puente Sobre El Río Sarare” y a su vez segundo turno nocturno, había realizado coordinaciones con el S2. JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.640.309, segundo turno nocturno de alcabala en el punto de control “La Romana”, la cual se encuentra ubicada a unos kilómetros delante de la Base de Protección Fronteriza “Puente Sobre El Río Sarare”, para dejar pasar unos vehículos con combustible a cambio de dinero. A raíz de esta situación se desprende una serie de conjeturas por parte del Comandante del Batallón, en donde le atribuye responsabilidad a los imputados por tales hechos, activando de esta manera el sistema de justicia, con la finalidad de investigar y determinar responsabilidades a que hubiere lugar.
La incongruencia que se aprecia entre los hechos que narra la opinión de comando y los hechos que se obtuvieron durante la investigación, es abismal, al punto de que se repelen o excluyen entre ellas, desvirtuando así la verosimilitud que debe existir en los hechos para que tengan efectos jurídicos, a tal efecto se mencionan algunas de ellas: 1.- La Opinión de Comando, de fecha 13 de Diciembre de 2011, suscrita por el Teniente Coronel Orlando Alberto Eduard Ramos, Comandante del 921 Batallón de Caribes “G/D. Manuel Sedeño”: menciona que: “…el S2. ANGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.538.071, jefe de la alcabala diurna de la Base de Protección Fronteriza “Puente Sobre El Río Sarare”, y a su vez segundo turno nocturno (media luna). El mencionado profesional, presuntamente realizo coordinaciones con el S2. JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.640.309, segundo turno nocturno de alcabala en el punto de control “LA Romana”, la cual se encuentra ubicada a unos kilómetros delante de la Base de Protección Fronteriza “Puente Sobre El Río Sarare”, con la finalidad de dejar pasar unos vehículos con combustible a cambio de una suma de dinero no precisada que se compartiría con los profesionales, con quienes realizo las coordinaciones”. En tal sentido, debe observarse que no existe certeza ni son verosímiles las afirmaciones que realizó el funcionario actuante Teniente Coronel Orlando Alberto Eduard Ramos, Comandante del 921 Batallón de Caribes “G/D. Manuel Sedeño”: en la Opinión de Comando, ya que solo se refiere a que los profesionales presuntamente realizaron coordinaciones, sin mencionar cuales fueron esas coordinaciones ni como obtuvo el conocimiento de ellas, de igual manera que mencionadas coordinaciones tenían por finalidad dejar pasar unos vehículos con combustible a cambio de una suma de dinero no precisada, no se hace referencia a las características de los vehículos con combustible ni la suma de dinero precisa; por otra parte, la investigación no arrojo elementos de convicción alguno y mucho menos pruebas que demuestren lo plasmado en la Opinión de Comando, sobre el particular en cuestión. 2.- La Opinión de Comando, de fecha 13 de Diciembre de 2011, suscrita por el Teniente Coronel Orlando Alberto Eduard Ramos, Comandante del 921 Batallón de Caribes “G/D. Manuel Sedeño”: menciona que: “...Aproximadamente a las 10:00 horas del día 13 de diciembre de 2011, se obtuvo la información sobre el pase no autorizado de combustible (gasolina) en una cantidad no precisada por lo que se inició una investigación”. En tal sentido, debe observarse que el funcionario actuante Teniente Coronel Orlando Alberto Eduard Ramos, Comandante del 921 Batallón de Caribes “G/D. Manuel Sedeño”, no especifica en la Opinión de Comando, el sector o área por donde paso el combustible no autorizado, así como no especifica la cantidad ni los vehículos o vehículo empleado para tal actividad. Además, de las entrevistas tomadas en la Fiscalía Militar se obtuvieron los siguientes testimonios: Cabo Segundo LEOMAR JOSE VELOZ CASTILLO, cédula de identidad Nº V-21.563.128, quien expuso: “en ese turno no vi nada, no pasaron camiones como dice mi comandante, lo que pasaban era taxis. TERCERA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI OBSERVO AL SARGENTO SEGUNDO ANGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, HABLANDO O NEGOCIANDO CON PERSONAS EN LA ALCABALA, PARA DEJAR PASAR COMBUSTIBLE EN CAMIONES? CONTESTO: “No yo no vi nada extraño en la alcabala, nosotros estábamos en el cuarto donde se sienta el profesional de guardia, hablando para pasar el turno y no nos diera sueño, antes de eso tampoco escuche o vi nada fuera de lo normal”. (Folios 27 al 29). Capitán ESTEBAN DE JESUS MORAN PEREZ, cédula de identidad Nº V-12.990.690, quien expuso: “El día 13 de diciembre del año dos mil once, aproximadamente a las nueve de la mañana, hizo acto de presencia en la B.P.F. “PUENTE SARARE”, el ciudadano TENIENTE CORONEL EDUARD RAMOS, Comandante del 921 Batallón de Caribe “SEDEÑO”, quien me llamo y me dijo que unos informantes le habían dicho que en la madrugada había pasado un camión con combustible, entonces yo le dije que yo me había acostado como a las doce y pico de la noche y no había detectado ninguna novedad”. Sargento Segundo ANGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, cédula de identidad Nº V-17.538.071, quien expuso: “El día 13 de diciembre del año pasado, en horas de la noche recibí servicio de segundo turno de alcabala en el Puente Sobre El Rio Sarare, desde las una de la madrugada hasta las seis de la mañana, que le entregue a el S1. LIENDO PAREDES MIGUEL, estuve en compañía de tres Soldados VELOZ LOMAR, ALEJO ALBARRAN Y TUA OVIEDO y durante mi servicio se chequearon vehículos de carga de plátano y arena, es más mi CAPITAN MORAN ESTEBAN, paso revista como a las dos y veinte de la mañana y encontró todo sin novedad”: (Folio 82 al 86). Sargento Segundo JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, cédula de identidad Nº V-20.640.309, expuso: “El año pasado en fecha 13 de diciembre, recibí servicio de segundo turno de punto de Control la Romana, desde la una de la madrugada hasta las seis de la mañana, que le entregue al TTE. WILIAN SANCHEZ SOLORZANO, estuve en compañía de tres Soldados BRACHO ALVARADO, SANTA FE, GARRIDO PACHECO y BOLIVAR ABREU y durante mi servicio se chequearon todos los vehículos que pasaron y no hubo novedad. (Folios 87 al 90). Cabo Segundo ERICK XAVIER BOLIVAR ABREU, cédula de identidad Nº V-21.408.655, quien expuso: “En fecha trece de diciembre del año pasado, me encontraba desempeñando el segundo turno en el punto de control la Romana, turno que recibí a las doce de la noche y entregue a las tres de la mañana, en ese turno no ocurrió nada anormal, no paso ningún camión con combustible como dice mi comandante, por allí pasaron fue taxis y vehículos particulares, entregue mi turno sin novedad y me fui a dormir, SEGUNDA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI OBSERVO CIRCULAR VEHICULO DE CARGA PESADA, COMO CAMIONES 350, 750 U OTROS DE SIMILAR CARACTERISTICA POR LA ALCABALA DE LA B.P.F. “PUENTE SARARE” DURANTE EL SEGUNDO TURNO QUE USTED DESEMPEÑO? CONTESTO: “Nada de eso, solo taxis y vehículos particulares, a esa hora pasan pocos carros”. TERCERA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI OBSERVO AL SARGENTOSEGUNDO JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, HABLANDO O NEGOCIANDO CON PERSONAS EN EL PUNTO DE CONTROL LA ROMANA, PARA DEJAR PASAR COMBUSTIBLE DE CONTRABANDO EN VEHICULOS? CONTESTO: “Durante mi guardia y servicio nocturno del trece de diciembre del año pasado, no vi nada extraño en la alcabala”. MAYOR CARLOS ANDRES ARVELO, cédula de identidad Nº V-12.204.761, quien se desempeñaba como Segundo Comandante del 921 Batallón de Caribes “G/D MANUEL SEDEÑO”, expuso: CUARTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI DURANTE EL DESEMPEÑO COMO SEGUNDO COMANDANTE DEL 921 B.C. “SEDEÑO”, EN DICIEMMBRE DEL AÑO 2011, OBSERVO ALGO IRREGULAR POR PARTE DE LOS CIUDADANOS SARGENTOS FRANCO Y RAMONEL, DE SER POSITIVO INDIQUE? CONTESTO: “No en ningún momento”. Cabo Primero EUDOMAR RAFAEL BRACHO ALVARADO, cédula de identidad Nº V-21.309.386, quien expuso: “El trece de diciembre del año pasado, me encontraba de servicio de segundo turno en el punto de control la Romana, allí recibí a las doce de la noche y entregue a las tres de la mañana, en mi servicio no ocurrió ninguna novedad, no paso ningún camión con combustible como dice mi comandante, por ese sector solo pasaron taxis y otros carros pero todo normal, entregue mi turno sin novedad y me fui a dormir, TERCERA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI OBSERVO AL SARGENTO SEGUNDO JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, HABLANDO O NEGOCIANDO CON PERSONAS EN EL PUNTO DE CONTROL LA ROMANA, PARA DEJAR PASAR COMBUSTIBLE DE CONTRABANDO EN VEHÍCULOS? CONTESTO: “No en ningún momento”. 3.- La Opinión de Comando, de fecha 13 de Diciembre de 2011, suscrita por el Teniente Coronel Orlando Alberto Eduard Ramos, Comandante del 921 Batallón de Caribes “G/D. Manuel Sedeño”: menciona que: “...se presentó en las instalaciones de la Base de Protección Fronteriza “Puente Sobre El Río Sarare” y le ordeno al Capitán Esteban de Jesús Moran Pérez, C.I.V-12.990.690, quien se desempeña como Comandante de la mencionada Base de Protección Fronteriza, que pasara revista a los escaparates y objetos personales de los profesionales y del personal de tropas obteniendo como resultado que al S2. ANGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, C titular de la cédula de identidad Nº V-17.538.071, se le encontrara en un compartimiento de la maleta la cantidad de ochocientos veinte (Bs.820,00) Bolivares y cuatro (04) tarjetas prepagos Movilnet (02) de 25 bolívares y (02) de 15 bolívares), probablemente de dudosa procedencia, y al S2. JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V-20.640.309, en uno de sus pares de media tenia escondido un mil quinientos (1.500,00) bolívares y seis (06) tarjetas Movilnet (02) de 25 bolívares y (04) de quince bolívares), probablemente de dudosa procedencia”. En tal sentido, debe observarse que el funcionario que realiza la inspección al personal de tropas alistadas y a los imputados, Capitán Esteban de Jesús Moran Pérez, titular de la cédula de identidad Nº V-12.990.690, obvio las normas establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal, relativas a las formalidades para practicar la inspección de personas, ordenada por el Teniente Coronel Orlando Alberto Eduard Ramos, Comandante del 921 Batallón de Caribes “G/D. Manuel Sedeño”, quien a priori califica de manera irresponsable que el dinero que les fue encontrado era de dudosa procedencia, poniendo en tela de juicio a los profesionales, sin tener elemento probatorio alguno que acompañe esta afirmación. Por otra parte, es necesario indicar que aun y cuando no les corresponde probar su inocencia a los imputados, ya que la carga de la prueba recae sobre el Ministerio Público, ambos imputados demostraron el origen del dinero que portaban, así como el de las tarjetas de teléfono, tal y como queda demostrado en las entrevistas tomadas en la Fiscalía Militar, donde se obtuvieron los siguientes testimonios: Cabo Segundo LEOMAR JOSE VELOZ CASTILLO, cédula de identidad Nº V-21.563.128, quien expuso: “QUINTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI PRESENCIO LA INSPECCION HECHA POR EL CAPITAN ESTEBAN DE JESUS MORAN PEREZ EN LA B.P.F. “PUENTE SARARE”, AL SARGENTO SEGUNDO ANGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA? CONTESTO: “No, nosotros estábamos afuera y el capitán Moran se encontraba solo con mi sargento Franco revisándole el escaparate”. SEXTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI TIENE CONOCIMIENTO DEL RESULTADO DE LA INSPECCIÓN HECHA AL ESCAPARATE DEL SARGENTO SEGUNDO ANGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA? CONTESTO: “El Capitán encontró un dinero a mi sargento Franco, creo que eran como mil Bolívares, esa era una plata de un teléfono que le había vendido a un compañero mío que se llama Jerson Arcángel Ramírez Criollo, ese teléfono era huawey slider con línea Movilnet, ese teléfono primero era mío y yo se lo vendí cuando estábamos en Ciudad Sucre a mi sargento Franco en setecientos Bolívares (700,oo Bs) y él se lo vendió por mil bolívares al curso mío, esa línea tiene el número 0416-7783452”. OCTAVA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI PRESENCIO LA INSPECCION HECHA POR EL CAPITAN ESTEBAN DE JESUS MORAN PEREZ EN LA B.P.F. “PUENTE SARARE”, AL SARGENTO SEGUNDO JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS? CONTESTO: “No, porque nosotros estábamos afuera y el capitán no dejo que entráramos”. Capitán ESTEBAN DE JESUS MORAN PEREZ, cédula de identidad Nº V-12.990.690, quien expuso: “en tal sentido le pase revista al Sargento FRANCO que estaba de segundo turno de puente Sarare, a quien le conseguí en su escaparate ochocientos veinte bolívares en efectivo y dos tarjetas de veinticinco y dos tarjetas de quince bolívares, todas Movilnet y seguidamente le pase revista al sargento RAMONEL que monto segundo turno de sector La Romana, a quien le encontré en una maleta que estaba dentro del escaparate, envuelto en una media, la cantidad de mil quinientos bolívares y dos tarjetas de veinticinco y cuatro tarjeta de quince, todas Movilnet, luego le entregue eso a mí Comandante EDUARD RAMOS, quien interrogo a los sargentos y RAMONEL dijo que eso era de un préstamo que le hizo una señora y FRANCO que esa plata era de un teléfono que había vendido, seguidamente se retiró mi comandante del puente”. QUINTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, QUIEN O QUE PERSONA PRESENCIO LA INSPECCION HECHA POR SU PERSONA EN LA B.P.F. “PUENTE SARARE”, AL SARGENTO SEGUNDO ANGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA Y RAMONEL JUAN CARLOS? CONTESTO: “Ellos solos, cada uno en su escaparate”. (Folios 56 al 58). Ciudadana DIRMA YANETH GAFARO GOMEZ, cédula de identidad Nº V-16.981.309, quien expuso: “Bueno recuerdo que como el diez de diciembre del año pasado, yo fui a San Cristóbal y cobre mi sueldo, y cuando estaba en El Nula, me conseguí al sargento Juan Carlos, quien frecuenta mi casa y en días anteriores me había dicho que tenía problemas económicos, que necesitaba un préstamo, entonces le di prestado la cantidad de mil quinientos bolívares en efectivo y él me dijo que estaba trabajando en el puente Sarare, que después me cancelaba el dinero, eso es todo.” S/2. ANGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.538.071, quien expuso: CUARTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, QUIEN ESTABA PRESENTE CUANDO EL CAPITAN MORAN ESTEBAN, LE PASARON REVISTA A SU MALETA Y ADEMAS INDIQUE QUE LE INCAUTO O RETUVO? CONTESTO: “Cuando él me paso revista no había nadie presente y esa revista fue como a las dos de la tarde del día catorce de diciembre del año pasado, me retuvo ochocientos veinte bolívares, que eran de la venta de un teléfono celular y cuatro tarjetas Movilnet, de las cuales dos de veinticinco bolívares y dos de quince bolívares que yo había comprado”. (Folios 82 al 86). S/2. JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, cédula de identidad Nº V-20.640.309, quien expuso: “…con respecto a la plata que me consiguió el CAPITAN MORAN es de un préstamo que me otorgo la señora YANET GAFARO y las tarjetas telefónicas las había mandado a comprar al pueblo, porque vendía tarjetas allá, eso es todo”. CUARTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, QUIEN ESTABA PRESENTE CUANDO EL CAPITAN MORAN ESTEBAN, LE PASO REVISTA A SU MALETA Y ADEMAS INDIQUE QUE LE INCAUTO O RETUVO? CONTESTO: “No había nadie, y esa revista fue como a las dos de la tarde del día catorce de diciembre del año pasado, me retuvo mil quinientos bolívares, que eran de un préstamo y seis tarjetas Movilnet, de las cuales dos de veinticinco bolívares y cuatro de quince bolívares que yo había comprado, para vender en esa zona”. (Folios 87 al 90). Soldado DERICK XAVIER BOLIVAR ABREU, cédula de identidad Nº V-21.408.655, quien expuso: QUINTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI PRESENCIO LA INSPECCION HECHA POR EL CAPITAN ESTEBAN DE JESUS MORAN PEREZ EN LA B.P.F. “PUENTE SARARE”, AL SARGENTO SEGUNDO JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS? CONTESTO: “No”. SEXTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI TIENE CONOCIMIENTO DEL RESULTADO DE LA INSPECCIÓN HECHA AL SARGENTO SEGUNDO JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS? CONTESTO: “Pues dicen que mi Capitán encontró un dinero, pero eso era de un préstamo que él había recibido de manos de una señora amiga de él”. (Folio 138 al 140). MAYOR CARLOS ANDRES ARVELO, cédula de identidad Nº V-12.204.761, quien expuso: CUARTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI DURANTE EL DESEMPEÑO COMO SEGUNDO COMANDANTE DEL 921 B.C. “SEDEÑO”, EN DICIEMMBRE DEL AÑO 2011, OBSERVO ALGO IRREGULAR POR PARTE DE LOS CIUDADANOS SARGENTOS FRANCO Y RAMONEL, DE SER POSITIVO INDIQUE? CONTESTO: “No en ningún momento. C2. JERSON ARCANGEL RAMIREZ CRIOLLO, cédula de identidad Nº V-25.338.490, quien expuso: “En fecha 13 de diciembre del año 2011, yo no me encontraba en la base de protección fronteriza puente Sarare, pero a principios de ese mes yo le compre a mi SARGENTO FRANCO, un teléfono celular marca eslaider, color gris, le pague la cantidad de mil bolívares en efectivo, esa negociación fue en el batallón, yo me encontraba en esos días de servicio de prevención del fuerte, y pues nadie se dio cuenta de eso, yo mande a sacar la plata con un moto-taxi y se la pagué a mi sargento y el me dio el teléfono, Eso es todo”. PRIMERA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI USTED LE COMPRO UN TELÉFONO CELULAR AL SARGENTO FRANCO ZAPATA ÁNGEL GABRIEL, DE SER POSITIVO INDIQUE LA FECHA Y EL LUGAR? CONTESTO: “Si se le compre un teléfono eslaider, color gris, eso como los primeros días de diciembre del año pasado en la prevención del batallón en el Fuerte Yaruro”. SEGUNDA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI RECUERDA CUANTO DINERO CANCELO USTED POR ESE TELÉFONO CELULAR? CONTESTO: “Mil bolívares en efectivo”. TERCERA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI RECUERDA LAS CARACTERÍSTICAS DEL TELÉFONO Y SU NÚMERO TELEFÓNICO? CONTESTO: “Era de color gris, un eslaider”. (Folios 165 y 166). C1. EUDOMAR RAFAEL BRACHO ALVARADO, cédula de identidad Nº V-21.309.386, quien expuso: CUARTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI USTED FUE INSPECCIONADO POR EL CAPITÁN ESTEBAN DE JESÚS MORAN PÉREZ, EN EL PUNTO DE CONTROL LA ROMANA? CONTESTO: “Si me reviso a ver si tenía dinero o algo extraño, reviso todos los escaparates, pero todo resulto sin novedad”. (Folios 167 al 169). Se pregunta entonces el Ministerio Publico Militar, ¿Qué quiso decir el Teniente Coronel Orlando Alberto Eduard Ramos, Comandante del 921 Batallón de Caribes “G/D. Manuel Sedeño”, cuando se refería al termino dudosa procedencia?. Ambos imputados demostraron el origen de su dinero y de sus tarjetas de teléfono. 4.- La Opinión de Comando, de fecha 13 de Diciembre de 2011, suscrita por el Teniente Coronel Orlando Alberto Eduard Ramos, Comandante del 921 Batallón de Caribes “G/D. Manuel Sedeño”: menciona que: “... Una vez realizadas las averiguaciones se procedió a realizar las investigaciones pertinentes al caso, realizando patrullajes por la zona donde se pudo incautar un vehículo tipo carga, marca JAC, color rojo, placas A79AY96, con un tanque metálico con capacidad de 10.000 litros aproximadamente, lleno de derivados de hidrocarburos (gasolina), además adaptado en la parte posterior sobre la plataforma del vehículo se hallaron dos (02) tanques metálicos de aproximadamente 10.000 litros cada uno, dos (02) tanques plásticos de 200 litros cada uno, todos contentivos de hidrocarburos (gasolina y gasoil), los cuales se presumen pasaron por los puntos de control donde se encontraban de servicio los S2. ANGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.538.071 y S2. JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V-20.640.309. Estos profesionales, a pesar de haber sido orientados en reiteradas oportunidades en relación al P.A.V de la alcabala y al desempeño profesional, que deberían mantener en la misma, dieron muestras de falta al decoro y dignidad militar en las actividades rutinarias y operacionales, al realizar las coordinaciones necesarias con recipientes para transportar combustible (llenos de combustible), donde se presumen son utilizados con fines comerciales ilícitos (Contrabando).” En tal sentido, la representación fiscal se permite destacar que el vehículo tipo carga, marca JAC, color rojo, placas A79AY96, que se describe arriba, y que contenía tres tanques metálicos con capacidad de 10.000 litros aproximadamente cada uno, junto con dos (02) tanques plásticos de 200 litros cada uno, todos contentivos de hidrocarburos (gasolina y gasoil), no fue incautado ese día 13 de diciembre como lo menciona el Teniente Coronel Orlando Alberto Eduard Ramos, ese vehículo fue incautado en un procedimiento realizado en días posteriores por el Teniente Pedro Moreno Moreno, específicamente el 15 de diciembre de 2011, procedimiento que fue remitido a la Fiscalía Décima Cuarta del Ministerio Publico (Abogado Rafael Gómez Duarte), quien apertura la investigación signada con el número 04-DCC-F14-0002-2012, cuya acta policial se encuentra incorporada a esta investigación en los Folios 147 y 148, en donde se pueden apreciar las circunstancias de tiempo modo y lugar, de cómo sucedieron los hechos relacionados con la incautación del vehículo. De igual manera se puede apreciar de las entrevistas a los testigos lo siguiente: Capitán ESTEBAN DE JESUS MORAN PEREZ, cédula de identidad Nº V-12.990.690, quien expuso: “…después el día quince de diciembre del año pasado, llego al puente Sarare, una comisión del batallón “Sedeño”, al mando del TENIENTE PEDRO MORENO MORENO, quien me dijo que por instrucciones de mi Comandante EDUARD RAMOS, debería acompañarlos a realizar un patrullaje por la zona, en tal sentido salí con ellos a patrullar y en el sector denominado la doble “T”, donde en sentido el Nula-El Puente Sarare, en la segunda entrada como a tres kilómetros se consiguieron dos tanques metálicos grandes vacíos, dos tanques de plástico de doscientos litros con gasoil y más adelante como a unos seis o siete kilómetros más adentro se encontró abandonado un vehículo NPR, color rojo, el cual tenia un tanque con aproximadamente diez mil litros de combustible, todo lo cual fue retenido por el jefe de la patrulla y llevado para el fuerte Yaruro, ósea en este caso el TTE. MORENO, Eso es todo” SEPTIMA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI EN FECHA 15 DE DICIEMBRE DE 2011, CUANDO USTED SE ENCONTRABA COMO COMANDANTE DE LA BASE DE PROTECCIÓN FRONTERIZA. “PUENTE SARARE”, OBSERVO TRANSITAR POR LA ALCABALA DE LA BASE DE PROTECCIÓN FRONTERIZA “PUENTE SARARE´ UN VEHICULO CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: CAMION MARCA JAC, COLOR ROJO, PLACA A79AY96, CON UN TANQUE METALICO CON CAPACIDAD DE 10000 LITROS PARA LLEVAR GASOLINA DE CONTRABANDO? CONTESTO: “No en ningún momento, lo hubiera retenido”. (Folios 56 al 58). S/2. ANGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, cédula de identidad Nº V-17.538.071. quien expuso: QUINTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI RECUERAD LA FECHA Y LUGAR DONDE UNA COMSION DEL 921 BATALLON DE CARIBE G/D. “MANUEL SEDEÑO”, EN EL MES DE DICIEMBRE INCAUTO UN VEHICULO CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: CAMION MARCA JAC, COLOR ROJO, PLACA A79AY96, CON UN TANQUE METALICO CON CAPACIDAD DE 10.000 LITROS PARA LLEVAR GASOLINA DE CONTRABANDO, DOS TANQUES METALICOS DE DIEZ MIL LIBTROS CADA UNO Y DOS TANQUES PLASTICOS DE 200 LITROS CADA UNO, TODOS CONTENTIVOS DE DERIVADOS DE HIDROCARBUROS (GASO IL Y GASOLINA)? CONTESTO: “Eso fue el quince de diciembre del año pasado, eso fue como a las dos de la tarde, en el sector denominado la doble “T”, y eso estaba por la segunda entrada del lado derecho, pero en sentido como si uno viniera del Nula-Puente Sarare”. (Folios 82 al 86). S/2. JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, cédula de identidad Nº V-20.640.309, quien expuso: QUINTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI TIENE CONOCIMIENTO DE LA FECHA Y LUGAR DONDE UNA COMSION DEL 921 BATALLON DE CARIBE G/D. “MANUEL SEDEÑO”, EN EL MES DE DICIEMBRE INCAUTO UN VEHICULO CON LAS SIGUEINTES CARACTERISTICAS: CAMION MARCA JAC, COLOR ROJO, PLACA A79AY96, CON UN TANQUE METALICO CON CAPACIDAD DE 10.000 LITROS PARA LLEVAR GASOLINA DE CONTRABANDO, DOS TANQUES METALICOS DE DIEZ MIL LIBTROS CADA UNO Y DOS TANQUES PLASTICOS DE 200 LITROS CADA UNO, TODOS CONTENTIVOS DE DERIVADOS DE HIDROCARBUROS (GASO IL Y GASOLINA)? CONTESTO: “Eso fue el quince de diciembre del año pasado, como a las dos de la tarde, en el sector denominado la doble “T”, y eso estaba por la segunda entrada del lado derecho, pero en sentido El Nula-Puente Sarare, es mas eso lo agarraron dos días después que me retuvieron la plata y las tarjetas”. (Folios 87 al 90). Soldado ERICK XAVIER BOLIVAR ABREU, cédula de identidad Nº V-21.408.655, quien expuso: DECIMA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI EN FECHA 13DIC12, OBSERVO TRANSITAR POR EL PUNTO DE CONTROL LA ROAMNA, UN VEHICULO CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: CAMION MARCA JAC, COLOR ROJO, PLACA A79AY96, CON UN TANQUE METALICO CON CAPACIDAD DE 10000 LITROS PARA LLEVAR GASOLINA DE CONTRABANDO? CONTESTO: “No, pero esa carro lo encontraron fue el quince diciembre por una de las entradas del lado derecho bien alejado de la vía principal, una comisión del fuerte Yaruro, al mando del Teniente MORENO”. (Folio 138 al 140). S/2 JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, cédula de identidad Nº V-20.640.309, quien expuso: CUARTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI RECUERDA QUE DISTANCIA EXISTE DESDE EL PUNTO DE CONTROL LA ROMANA, HASTA LA ALCABALA PUENTE SARARE? CONTESTO: “Como un kilómetro, pero hay varias curvas”. QUINTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI PÚEDE DESCRIBIR LA UBICACIÓN DE LO QUE LLAMAN DOBLE “T” EN LAS ADYACENCIAS DEL PUNTO DE CONTROL LA ROMANA? CONTESTO: “En sentido El Nula-Puente Sarare, queda como a quinientos metros del punto de control la romana, es decir desde la romana no se puede divisar ese sector de las doble “T”, es decir dos entradas por cada lado de la vía principal, las entradas del lado izquierdo llevan al kilómetro 8 y 12 y las dos entradas del lado derechos llevan hacia finca de esa zona, y el vehículo que encontró la comisión en fecha 15 de diciembre del año pasado, estaba por el lado derecho de la vía principal segunda entrada de la doble “T”, sentido nula-puente Sarare, varios kilómetros hacia adentro, no hubo detenidos, para que digan si hablaron conmigo sobre el contrabando de combustible que transportaban, es decir ese carro estaba abandonado y nadie me señala a mi directamente, solo como el punto de control queda algo cerca pues me relacionan con eso, pero como dicen los soldados durante mi servicio no ocurrió ninguna novedad”. MAYOR CARLOS ANDRES ARVELO, cédula de identidad Nº V-12.204.761, quien expuso: “el día 15 de diciembre de año pasado una comisión militar del fuerte Yaruro, cuando se encontraba realizando labores de patrullaje por el sector denominado la doble “T”, pero como a diez kilómetros hacia adentro de la vía principal El Nula-Puente Sarare, encontró abandonado un vehículo marca JAC, color rojo, placas A79AY9G, cargado con un tanque metálico lleno de gasolina con aproximadamente diez mil litros, el cual fue puesto a la orden de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público con sede en Guasdualito, Estado Apure, con la respectiva acta policial, Eso es todo”. Segundo Comandante de la Unidad”. SEGUNDA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI RECUERDA QUIEN O QUE PERSONA REALIZO EL PROCEDIMIENTO DE INCAUTACION DEL VEHICULO COLOR ROJO, PLACAS A79AY9G? CONTESTO: “Una comisión militar del 921 B.C. “SEDEÑO” al mando del TTE. PEDRO MORENO”. TERCERA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI RECUERDA O TIENE CONOCIMIENTO QUE EN FECHA 13DIC2011, HAYA SIDO RETENIDO UN VEHICULO COLOR ROJO, PLACAS A79AY9G, POR EFECTIVOS MILITARES DEL 921 B.C. “SEDEÑO”? CONTESTO: “No en ningún momento, ese día no se retuvo ese vehículo, ese vehículo se encontró abandonado en fecha 15 de diciembre de 2011 como a diez kilómetros hacia adentro antes de llegar al sector denominado la doble “T”, en sentido El Nula-Puente Sarare”. SEXTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI EN FECHA 15 DE DICIEMBRE DE 2011, CUANDO USTED SE ENCONTRABA COMO SEGUNDO COMANDANTE DEL 921 B.C. “SEDEÑO”, RECIBIO ALGUNA NOVEDAD DONDE SE ENCONTRASE INVOLUCRADO UN VEHICULO CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: CAMION MARCA JAC, COLOR ROJO, PLACA A79AY9G, CON UN TANQUE METALICO CON CAPACIDAD DE 10000 LITROS PARA LLEVAR GASOLINA DE CONTRABANDO? CONTESTO: “Si ese vehículo fue encontrado abandonado como a diez kilómetros del sector la doble “T”, y fue puesto a la orden de la fiscalía tercera del ministerio público con sede en Guasdualito”. (Folios 150 al 152). TTE. PEDRO JOSÉ MORENO MORENO, cédula de identidad Nº V-17.428.308, quien expuso: “Sobre los hechos ocurridos el trece de diciembre de año dos mil once, no tengo conocimiento porque me encontraba de cumpleaños y estábamos en la cena navideña de la unidad, estábamos en una parte que se llama la Cristalina, pero de lo que tengo conocimiento es que yo era el jefe de la comisión del procedimiento en el cual se retuvo dos tanques metálicos grandes y dos tanques plásticos de lo que se usan para depositar leche, y un camión el cual tenía un tanque metálico grande en la plataforma, todo eso fue encontrado abandonado como a diez kilómetros hacia adentro del sector conocido como la doble “T”, en sentido El Nula-Puente Sarare, y llevado para el batallón, lugar donde se realizó el acta policial y después enviando para la Fiscalía del Ministerio Publico en Guasdualito, eso es todo”. SEGUNDA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI RECUERDA QUIEN O QUE PERSONA REALIZO EL PROCEDIMIENTO DE INCAUTACIÓN DEL VEHÍCULO COLOR ROJO, PLACAS A79AY9G Y EN QUE FECHA OCURRIÓ ESO? CONTESTO: “Una comisión militar del 921 B.C. “SEDEÑO” que se encontraba bajo mi mando y ese procedimiento se realizó el día quince de diciembre del año pasado como a diez kilómetros hacia adentro del sector conocido como la doble “T”, en sentido El Nula-Puente Sarare”. TERCERA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI RECUERDA O TIENE CONOCIMIENTO QUE EN FECHA 13DIC2011, HAYA SIDO RETENIDO UN VEHICULO COLOR ROJO, PLACAS A79AY9G, POR EFECTIVOS MILITARES DEL 921 B.C. “SEDEÑO”? CONTESTO: “No en ningún momento, ese día no se retuvo ese vehículo, ese vehículo se encontró abandonado en fecha 15 de diciembre de 2011 como a diez kilómetros hacia adentro antes de llegar al sector denominado la doble “T”, en sentido El Nula-Puente Sarare”. CUARTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI EN FECHA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO PASADO CUANDO SE ENCONTRABA DE RECONOCIMIENTO TERRESTRE EN LAS ADYACENCIAS DE LA BASE DE PROTECCIÓN FRONTERIZA PUENTE SARARE, OBSERVO ALGO IRREGULAR POR PARTE DE LOS CIUDADANOS SARGENTOS FRANCO ZAPATA Y RAMONEL VARGAS, DE SER POSITIVO INDIQUE? CONTESTO: “No en ningún momento observe nada extraño en los sargentos, yo es día fui hasta el puente Sarare en el vehículo tiuna con varios soldados y hable como mi CAPITÁN MORAN que era el comandante de esa base y el me acompaño a realizar el patrullaje por instrucciones del MAYOR ARVELO”. SEXTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI RATIFICA O NO EL CONTENIDO DEL ACTA POLICIAL DE FECHA 15 DE DICIEMBRE DEL 2011, LEVANTADA POR EFECTIVOS MILITARES DEL 921 B.C “SEDEÑO”, EN RELACIÓN A UN PROCEDIMIENTO DE RETENCIÓN DE UN VEHÍCULO ABANDONADO CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: TIPO CARGA, MARCA JAC, COLOR ROJO, PLACA A79AY9G, CON UN TANQUE METÁLICO CON CAPACIDAD DE 10.000 LITROS, DOS TANQUES METÁLICOS GRANDES Y DOS TANQUES PLÁSTICOS, Y ADEMÁS SI RECONOCE COMO SUYA LA FIRMA QUE LA SUSCRIBE, LA CUAL SE ENCUENTRA INSERTA EN EL FOLIO NUMERO 147 DE LA CAUSA AFM35-02-2012, Y SE LE PONE DE MANIFIESTO EN ESTE MISMO ACTO ? CONTESTO: “Si ratifico en todas en todas y cada una de sus partes el contenido del acta policial que se me pone de manifiesto en este mismo acto y reconozco como mía la firma que la suscribe”.
En este orden de ideas, hay que resaltar que La Opinión de Comando, de fecha 13 de Diciembre de 2011, suscrita por el Teniente Coronel Orlando Alberto Eduard Ramos, Comandante del 921 Batallón de Caribes “G/D. Manuel Sedeño” presume que el vehículo incautado tipo carga, marca JAC, color rojo, placas A79AY96, paso por los puntos de control donde se encontraban de servicio los S2. ANGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.538.071 y S2. JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V-20.640.30”. En este sentido, esa representación fiscal quiere señalar que la presunción a la cual se refiere el funcionario actuante, carecen de certeza y verosimilitud, pues no hay un elemento probatorio que de crédito a esa afirmación. Por el contrario, las declaraciones tomadas en este despacho fiscal, señalan que ambos puntos de control donde se encontraban los imputados pueden ser evadidos por caminos verdes improvisados, conocidos comúnmente como trochas, así tenemos pues los testimonios que avalan esta afirmación: el Cabo Segundo LEOMAR JOSE VELOZ CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nº V-21.563.128, quien expuso: ¿DIGA EL DECLARANTE, SI HAY POSIBILIDAD DE EVADIR LA ALCABALA DE LA B.P.F. “PUENTE SARARE”? CONTESTO: “Cuando el carro viene por la vía principal no porque se encuentra directamente con la alcabala de nosotros, pero antes de llegar a un sitio que se llama La Romana, hay dos entradas que van a dar una al kilómetro 8 y la otra al kilómetro 12, cuando un carro se mete por ahí no pasa por la alcabala de Puente Sarare”. DECIMA SEGUNDA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI OBSERVO TRANSITAR POR LA ALCABALA DE LA B.P.F. “PUENTE SARARE” UN VEHICULO CON LAS SIGUEINTES CARACTERISTICAS: CAMION MARCA JAC, COLOR ROJO, PLACA A79AY96, CON UN TANQUE METALICO CON CAPACIDAD DE 10000 LITROS PARA LLEVAR GASOLINA DE CONTRABANDO? CONTESTO: “Yo vi ese camión en el Batallón cuando nos relevaron, no lo vi pasar por la alcabala de nosotros, y quien detuvo ese camión fue el Capitán Moran Pérez Esteban de Jesús, escondido en el río Sarare por la vía de la Romana”. Capitán ESTEBAN DE JESUS MORAN PEREZ, cédula de identidad Nº V-12.990.690, quien expuso: SEXTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI HAY POSIBILIDAD DE EVADIR EL PUNTO DE CONTROL LA ROMANA Y LA ALCABALA DE LA B.P.F. “PUENTE SARARE”? CONTESTO: “La romana se puede evadir, cuando el vehículo viene en desde el Nula, porque está el sector doble “T”, que son dos entradas que van a dar una al kilómetro 8 y la otra al kilómetro 12 que es queda más adelante del puente Sarare, cuando un carro se mete por ahí no pasa por la alcabala de Puente Sarare, y puede pasar por el rio dependiendo del nivel”. S/2. ANGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.538.071, quien expuso: SEXTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI HAY POSIBILIDAD DE EVADIR EL PUNTO DE CONTROL DENOMINADO LA ROMANA Y ADEMAS LA ALCABALA DE LA B.P.F. “PUENTE SARARE”? CONTESTO: “Si, porque ese punto de control queda más adelante del sector la doble “T”, en sentido El Nula-Puente Sarare, y más adelante queda El Punto de control de la romana y después el Puente Sarare, entonces se puede evadir ambos puntos de control, entonces el sector que le dicen la doble “T”, son dos entradas que quedan a ambos lados de la vía principal, la primera del lado derecho van a dar una al kilómetro 8 y la otra más adelante de la primera del lado derecho llegan al kilómetro 12, ambos sitios quedan más adelante del puente Sarare, en ese caso un carro rustico o camión que cruce por esos dos entradas no pasa por la alcabala de Puente Sarare, y según el nivel del agua del rio puede cruzar”. S/2. JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.640.309, quien expuso: SEXTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI HAY POSIBILIDAD DE EVADIR EL PUNTO DE CONTROL DENOMINADO LA ROMANA Y ADEMAS LA ALCABALA DE LA B.P.F. “PUENTE SARARE”? CONTESTO: “Si, porque ese punto de control queda en una curva más adelante del sector la doble “T”, sentido El Nula-Puente Sarare, y después el Puente Sarare, entonces se puede evadir ambos puntos de control, porque en el sector que le dicen la doble “T”, son dos entradas que quedan a los lados de la vía principal, la primera del lado izquierdo va a dar al kilómetro 12 y la otra más adelante de la primera del lado izquierdo llegan al kilómetro 8, ambos sitios quedan antes del puente Sarare, y un carro rustico o camión que se meta esas dos entradas no pasa por la alcabala de Puente Sarare ni la Romana, y de acuerdo al nivel del agua del rio Sarare puede cruzar”. OCTAVA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI EN FECHA 14 DE DICIEMBRE DE 2011, CUANDO USTED SE ENCONTRABA DE SERVICIO DE PRIMER TURNO DE PUNTO DE CONTROL EN LA ROMANA, OBSERVO TRANSITAR POR LA ALCABALA UN VEHICULO CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: CAMION MARCA JAC, COLOR ROJO, PLACA A79AY96, CON UN TANQUE METALICO CON CAPACIDAD DE 10000 LITROS PARA LLEVAR GASOLINA DE CONTRABANDO? CONTESTO: “No en ningún momento”. NOVENA PREGUNTA. Soldado ERICK XAVIER BOLIVAR ABREU, cédula de identidad Nº V-21.408.655, quien expuso: ¿DIGA EL DECLARANTE, SI HAY POSIBILIDAD DE EVADIR EL PUNTO DE CONTROL DENOMINADO A ROMANA? CONTESTO: “Claro que sí, porque en sentido el nula-puente Sarare, el punto de control la romana queda como un kilómetro del puente, pero eso es curvas, no se puede ver, y antes de llegar a la romana, como quinientos metros pero hay curvas, existen dos entradas por cada lado de la vía, las llaman la doble “T”, las entradas del lado izquierdo van a dar una al kilómetro 8 y la otra al kilómetro 12, y las entradas del lado derechos a fincas de esa zona, ósea que un carro se mete por cualquiera de esa entradas puede evadir la romana y el puente Sarare y pasa por el rio Sarare”. S/2 JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V-20.640.309, quien expuso: SEGUNDA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI RECUERDA O TIENE CONOCIMIENTO DEL LUGAR, FECHA, HORA Y A QUE UNIDAD MILITAR PERTENECIA LA COMISION MILITAR QUE EL EN EL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO PASADO, INCAUTO UN VEHICULO CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: CAMION MARCA JAC, COLOR ROJO, PLACA A79AY96, CON UN TANQUE METALICO CON CAPACIDAD DE 10.000 LITROS PARA LLEVAR GASOLINA DE CONTRABANDO, DOS TANQUES METALICOS DE DIEZ MIL LITROS CADA UNO Y DOS TANQUES PLASTICOS DE 200 LITROS CADA UNO, TODOS CONTENTIVOS DE DERIVADOS DE HIDROCARBUROS (GASOIL Y GASOLINA)? CONTESTO: “Eso fue el quince de diciembre del año pasado, en horas del día, en una de las entradas del sector denominado la doble “T”, antes de llegar al punto de control la romana, específicamente por una de las entradas del lado derecho, pero bien alejado de la vía principal, en sentido El Nula-Puente Sarare, es mas eso lo agarraron dos días después que me retuvieron la plata y las tarjetas, ósea que no entiendo porque dicen que ese carro paso mi punto de control el día 13 de diciembre del año pasado, porque no nunca llego al punto de control, fue encontrado durante un patrullaje de una comisión del 921 B.C. “SEDEÑO”. TERCERA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI RECUERDA O TIENE CONOCIMIENTO DE LOS NOMBRES DE LOS INTEGRANTRES DE LA COMISION MILITAR DEL 921 BATALLON DE CARIBE G/D. “MANUEL SEDEÑO”, QUE EL DIA 15 DE DICIEMBRE DEL 2011, INCAUTO UN VEHICULO CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: CAMION MARCA JAC, COLOR ROJO, PLACA A79AY96, CON UN TANQUE METALICO CON CAPACIDAD DE 10.000 LITROS PARA LLEVAR GASOLINA DE CONTRABANDO, DOS TANQUES METALICOS DE DIEZ MIL LIBTROS CADA UNO Y DOS TANQUES PLASTICOS DE 200 LITROS CADA UNO, TODOS CONTENTIVOS DE DERIVADOS DE HIDROCARBUROS (GASO IL Y GASOLINA)? CONTESTO: “El más antiguo era mi CAPITAN ESTEBAN MORAN, pero el jefe de la patrulla era mi Teniente MORENO MORENO PEDRO, él es plaza del batallón todavía”. MAYOR CARLOS ANDRES ARVELO, cédula de identidad Nº V-12.204.761, quien expuso: QUINTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI HAY POSIBILIDAD DE QUE ALGUNOS VEHICULOS PUEDA EVADIR EL PUNTO DE CONTROL LA ROMANA Y LA ALCABALA DE LA B.P.F. “PUENTE SARARE”? CONTESTO: “Claro que sí, el punto de control La romana se puede evadir fácilmente, porque cuando el vehículo viene desde el Nula-Puente Sarare, en el sector doble “T”, son dos entradas que van a dar una al kilómetro 8 y la otra al kilómetro 12 que es queda más adelante del puente Sarare, cuando un carro rustico se mete por ahí no pasa por la alcabala de Puente Sarare ni por el punto de control la romana, y puede pasar por el rio dependiendo del nivel de las aguas del mismo. (Folios 150 al 152). TTE. PEDRO JOSÉ MORENO MORENO, titular de la cédula de identidad Nº V-17.428.308, quien expuso: QUINTA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI TIENE CONOCIMIENTO O LE CONSTA QUE HAYA POSIBILIDAD DE QUE ALGUNOS VEHÍCULOS PUEDAN EVADIR EL PUNTO DE CONTROL LA ROMANA Y LA ALCABALA DE LA BASE DE PROTECCIÓN FRONTERIZA “PUENTE SARARE”? CONTESTO: “Pues ambos sitios de pueden evadir, el punto de control de La romana se puede evadir, porque cuando el carro viene desde el Nula-Puente Sarare, en el sector doble “Y” que queda como a unos quinientos metros, eso queda en un curva no hay visibilidad para la roma, y esa doble “T” es una entrada por cada lado de la vía principal, un va dar al kilómetro 8 y la otra al kilómetro 12 que es queda más adelante del puente Sarare, es decir se puede evadir los dos puntos de control con carros rústicos dependiendo del nivel de las aguas del rio”. C1. EUDOMAR RAFAEL BRACHO ALVARADO, cédula de identidad Nº V-21.309.386, quien expuso: QUINTA PREGUNTA. NOVENA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI HAY POSIBILIDAD DE EVADIR EL PUNTO DE CONTROL DENOMINADO A ROMANA? CONTESTO: “Si, cuando una va en sentido el nula-puente Sarare, la romana queda como un kilómetro del puente, pero antes de la romana como a quinientos metros hay unas curvas, que ese sector se llama la doble “T”, de ahí no se puede ver para la romana, y ese sector de la doble “T”, existen dos entradas una por cada lado de la vía principal, la entrada del lado izquierdo van a dar una al kilómetro 8 y 12, y la entrada del lado derecho a fincas y fundos de esa zona, entonces con un carro rustico o camión se mete por cualquiera de esa entradas y puede evadir la romana y el Sarare”. DECIMA PREGUNTA. ¿DIGA EL DECLARANTE, SI EN FECHA 13DIC12, OBSERVO TRANSITAR POR EL PUNTO DE CONTROL LA ROMANA, UN VEHÍCULO CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: CAMIÓN MARCA JAC, COLOR ROJO, PLACA A79AY96, CON UN TANQUE METÁLICO CON CAPACIDAD DE 10000 LITROS PARA LLEVAR GASOLINA DE CONTRABANDO? CONTESTO: “No”.
Es necesario afirmar que el derecho al debido proceso al cual se debe el Ministerio Público, como garante de la legalidad y constitucionalidad, no puede dar cumplimiento al principio fundamental y fin último de nuestro proceso, como lo es la Justicia. No pueden los órganos auxiliares de investigación penal, dar por concluida una investigación a base se presunciones, el proceso penal actual y moderno exige al Estado, que la condena de un ciudadano sea fundamentada en elementos probatorios de la más variada gama, que den certeza al juzgador y al titular de la acción penal, de que el hecho ocurrió y de que hay elementos que comprometen la responsabilidad de determinados ciudadanos. Situación que no se aprecia en el caso de autos, lo cual lleva a concluir a esta representación fiscal el sobreseimiento de la causa.
De la revisión y análisis de las actas que conforman el expediente que originaron la investigación, el Ministerio Público Militar concluye que existe causal suficiente, que hace procedente en el presente caso, en relación a la presunta comisión del delito militar de ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 509 numeral 1, del Código Orgánico de Justicia Militar; y no hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento de los imputados.
En base a esto, si bien es cierto que el hecho que originó la presente investigación, así como la práctica de distintas diligencias, dirigidas a comprobar la existencia de un hecho punible de naturaleza penal militar, fue lo reflejado en la Opinión de Comando de fecha 13 de Diciembre de 2011, suscrita por el Teniente Coronel Orlando Alberto Eduard Ramos, Comandante del 921 Batallón de Caribes “G/D. Manuel Sedeño”: “El día 13 de Diciembre de 2011, fue designado el S2. ÀNGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.538.071, Jefe de la Alcabala Diurna de la Base de Protección Fronteriza “Puente Sobre El Río Sarare”, acantonada en la población El Nula y a su vez Segundo Turno Nocturno (media luna). El mencionado profesional, presuntamente realizo coordinaciones con el S2. JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V-20.640.309, segundo turno nocturno de alcabala en el punto de control “LA Romana”, la cual se encuentra ubicada a unos kilómetros delante de la Base de Protección Fronteriza “Puente Sobre El Río Sarare”, con la finalidad de dejar pasar unos vehículos con combustible a cambio de una suma de dinero no precisada que se compartiría con los profesionales, con quienes realizo las coordinaciones; por la presunta comisión del delito militar de ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 509 numeral 1, del Código Orgánico de Justicia Militar.
Considera el Ministerio Público Militar, que de los hechos que dieron origen a la presente Investigación Penal, no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, así como tampoco, hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento de algún sujeto, tal y como se evidencia del proceso de la investigación.
Con base al análisis de los hechos y de los fundamentos de derecho, el Ministerio Público Militar, en razón de la exposición de las circunstancias, solicita el SOBRESEIMIENTO de la Investigación Penal Militar N° FM35-02-2012, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1° del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable a la Jurisdicción Militar por disposición de los artículos 20 y 592 del Código Orgánico de Justicia Militar; la cual se inició por la presunta comisión del delito militar de ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 509 numeral 1, del Código Orgánico de Justicia Militar; hechos estos que a lo largo de la investigación no pudieron verificarse ni incorporarse nuevos elementos que permitieran el enjuiciamiento de los ciudadano S2. ÀNGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.538.071, Jefe de la Alcabala Diurna de la Base de Protección Fronteriza “Puente Sobre El Río Sarare”, acantonada en la población El Nula y a su vez Segundo Turno Nocturno (media luna) y el S2. JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V-20.640.309.
En la presente causa, ha sido el representante del Ministerio Público Militar quien ha solicitado de este Tribunal el Sobreseimiento, por cuanto en la presente Investigación Penal Militar, no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos que den un vuelco a la investigación.
Por las razones expuestas este Tribunal Militar admite la solicitud realizada por el Ministerio Público, por considerar que se cumplen con los supuestos establecidos en el artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, numeral 1º “El sobreseimiento procede cuando: 1. El hecho objeto del proceso no se realizó o no puede atribuírsele al imputado o imputada.”, aplicable a la Jurisdicción Militar por disposición de los artículos 20 y 592 del Código Orgánico de Justicia Militar.
Siendo de una claridad meridiana, lo dispuesto en el artículo 319 del Código Orgánico Procesal Penal, al establecer: “El sobreseimiento pone termino al procedimiento y tiene la autoridad de cosa juzgada, impide por el mismo hecho, toda nueva persecución contra el imputado o acusado a quienes se hubiere declarado…”
Así pues el presente decreto de Sobreseimiento pone termino al procedimiento, como sentencia basada en autoridad de cosa juzgada, por lo cual no podrá realizarse una nueva persecución penal por el mismo hecho. Así se decide.
D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Militar Décimo Cuarto de Control con sede en Guasdualito, Estado Apure DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el numeral 1º, del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida a los ciudadanos SARGENTO SEGUNDO ÀNGEL GABRIEL FRANCO ZAPATA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.538.071, y el SARGENTO SEGUNDO JUAN CARLOS RAMONEL VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V-20.640.309; ambos plazas de plaza de la Base de Protección Fronteriza “Puente Sobre El Río Sarare”, por la presunta comisión del delito militar de ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 509 numeral 1, del Código Orgánico de Justicia Militar. Regístrese, diarícese y notifíquese a las partes. Regístrese, Publíquese y notifíquese a las partes, conforme al artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal. Déjese copia de la presente decisión y remítase al Archivo Judicial vencido el lapso de ley correspondiente.
EL JUEZ MILITAR,
ABOG. HUMBERTO JOSÈ ZAMBRANO
MAYOR
EL SECRETARIO JUDICIAL,
ABOG. GILBER AMADO CHACON GONZALEZ
SARGENTO AYUDANTE
|