REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN


PODER JUDICIAL


Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial
del estado Lara
Barquisimeto, 31 de Julio de 2013
203º y 154º

DEMANDANTE: PABLO JOSE HERNANDEZ titular de la cédula de identidad N° V- 1.872.310
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: MIGUEL OROPEZA inscrito en el IPSA bajo el N° 133.247.
DEMANDADO: TRANSPORTE INICIAL II, C.A registrada por ante el Registro Mercantil Primero del estado Lara, bajo el N° 23, Tomo 2-A de fecha 13 de enero de 2012 en la persona sus representantes legales ciudadanos JOSE RAMÓN CUELLO RODRIGUEZ y MARIELHEN CAROLINA MEDINA BARRIOS presidente y vice-presidente titulares de las cédulas de identidad Nros: V- 15.353.154 y V- 17.572.082.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

ASUNTO: KP02-M-2013-00083
Visto el escrito de CONVENIMIENTO, presentado por la abogada MARIELHEN CAROLINA MEDINA BARRIOS y el ciudadano JOSE RAMÓN CUELLO RODRIGUEZ en su condición de representantes legales de la empresa TRANSPORTE INICIAL II C.A según los estatutos de la empresa, se acuerda por ser procedente, en consecuencia se ordena HOMOLOGAR el Convenimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, la forma de auto composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Y así se decide. Asimismo se acuerda entregar el cheque de gerencia N° 00247495, del Banco BBVB Provincial a la parte actora.
La Juez Titular

Dra. Patricia L. Riofrío Peñaloza
Secretaria



PLRP/ig/cq.