REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de julio de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: KP02-F-2013-000243
Revisadas las actuaciones que anteceden, este Tribunal observa que la parte actora no insistió en su demanda, siendo el día 15/07/2013 la oportunidad fijada para el acto de contestación, razón por la cual, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, declara EXTINGUIDO el presente proceso, ello de conformidad con lo establecido en el Articulo 758 del Código de Procedimiento Civil.
El Juez,

Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario,

Abg. Antony Gilberto Prieto Ortiz

OERL/ml