REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta y uno de julio de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO : KP02-M-2013-000258

Vista la demanda de Cobro de Bolívares intentado la ciudadana ANA JIMÉNEZ DE NÚÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 433.114, inscrita en el IPSA bajo el N° 8878, contra el ciudadano GUILLERMO ALEJANDRO MACHUCA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 17.435.591 en su carácter de librador aceptante y contra los ciudadanos PEDRO PUGLISI CONDE Y RAMÓN JOSÉ GALUCCI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° 3.691.661 y 8.556.260 en su carácter de de avalistas, este Tribunal observa que conforme lo dispone la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18-03-2009 dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02-04-2009, el conocimiento del presente asunto corresponde a los Juzgados de Municipio en forma exclusiva y excluyente, razón por la cual este Tribunal se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente solicitud en razón de la cuantía. En consecuencia, una vez precluya el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil sin que se interponga el recurso de ley contra la presente decisión, se procederá a remitir la presente causa a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos para su distribución entre los Juzgados de Municipio Iribarren del Estado Lara. Déjese copias. Resolución N° 162, quedando anotada en el libro diario bajo el N° 74 -
LA JUEZ


MARILUZ JOSEFINA PEREZ

La Secretaria Acc.


LIGIA DIAZ DE SANCHEZ
MJP/Milagro