REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION

Barquisimeto, 05 de febrero de 2013
Años: 202° y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2011-022629
Recibido oficio 1134-2012, remitido por la Fiscalia 32º del Ministerio Público a Nivel Nacional con competencia en Ejecución de Sentencia, mediante el cual se informa de la solicitud de la penada relativa a que se le otorgue una medida de casa por cárcel mientras dure su periodo de lactancia y se le traslade a un centro de reclusión mas cercano al estado Lara. Este tribunal, en virtud que dio a luz y a los fines de garantizar su permanencia con el niño, en garantía del interés superior del niño, en fecha 24/08/2012 se autorizó el traslado de la penada al Instituto Nacional de Orientación Femenina; no existiendo un penal más cercano donde se le permita permanecer con el niño, aunado a que no procede en esta fase el otorgamiento de ningún tipo de medida, excepto las de cumplimiento de pena; SE DECLARA IMPROCEDENTE lo solicitado. Registrada en esta misma fecha. Notifíquese. Líbrese boleta. Es todo.
LA JUEZA PRIMERA DE EJECUCION

ABG. RUBIA CASTILLO DE VASQUEZ
EL SECRETARIO,

RCV.-