REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Heres Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.-
Ciudad Bolívar, 15 de Febrero del 2013
202º y 153º
ASUNTO: FP02-S-2013-000236.-
NUMERO DE RESOLUCION: PJ0242013000032
Revisado como ha sido la presente solicitud de Declaración de Únicos Universales Herederos, presentada por la ciudadana: NOHEMI DEL VALLE MONTEVERDE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 6.315.6172, el tribunal observa: Por cuanto de la presente solicitud se desprende que la solicitante ya mencionada procreó con el ciudadano JULIAN JOSE GARCIA ROJAS (difunto) una niña de nombre DANIELA DE LOS ANGELES GARCIA MONTERVERDE, por cuanto la mencionada niña cuenta con la edad de ocho (08) años, este Tribunal DECLINA LA COMPETENCIA por la materia, a algunos de los Juzgado de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del este Primer Circuito Judicial del Estado Bolívar.-
De conformidad con lo estipulado en el articulo 69 ejusdem, este tribunal dejará transcurrir cinco (5) días a los fines de que las partes ejerzan su derecho de regulación de competencia. Vencido como sea el lapso antes mencionado, y definitiva como quede la presente decisión, se remitirá la presente solicitud en su forma original por medio de oficio, al Juzgado competente.- Así se decide.
LA JUEZA
Abg.- Merlid Elizabeth Figueredo EL SECRETARIO
Abg. Orlando Palacio.
MEF/ Op/paquirma.-
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