REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, veintiocho de enero de dos mil trece
202º y 153º

ASUNTO: KP02-J-2013-000067
Vista la solicitud de homologación de acuerdo extrajudicial de Responsabilidad de Crianza, presentada ante este despacho por los ciudadanos MARIA ALEJANDRA LÓPEZ HENAO y EMILY DEL CARMEN BANFI BRACAMONTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos: V-23.903.868 y V-20.235.167, respectivamente, asistidos por la Fiscal 17º del Ministerio Público, se le da entrada.
Partes: ciudadanos MARIA ALEJANDRA LÓPEZ HENAO y EMILY DEL CARMEN BANFI BRACAMONTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos: V-23.903.868 y V-20.235.167, respectivamente, asistidos por la Fiscal 17º del Ministerio Público del estado Lara ambos de este domicilio.
Asistidos por: La Fiscal 17º del Ministerio Público.
Beneficiarios: (Identidad omitida en concordancia con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), de 04 años de edad.
Este Tribunal en atención a lo estipulado en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estando dentro del lapso legal establecido, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo de Régimen de Responsabilidad de Crianza, el cual consiste en lo siguiente:
“UNICO: En virtud que la ciudadana EMILY DEL CARMEN BANFI BRACAMONTE, madrina de la niña in comento, ejercía loa colocación familiar de la niña in comento, mas por acuerdo entre ellas, han fijado que la madre en lo adelante asumirá la responsabilidad de la misma, ejerciendo en lo adelante la custodia de su hija, teniendo el compromiso de garantizarle los derechos y brindarle la asistencia material, educativa, moral y un nivel de vida adecuado”. Téngase el presente acuerdo como sentencia firme ejecutoriada y expídase copia certificada de la misma a los interesados. Así se decide.
Regístrese y publíquese.
Dada, sellada y firmada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara con sede en Barquisimeto. A los veintiocho días del mes de enero de 2013. Años: 202º y 153º
LA JUEZ PRIMERA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION

Abg. ISABEL VICTORIA BARRERA TORRES

El SECRETARIO,

Abg. Carlos Bullones
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 197-2.013 y se publicó siendo las 12:34 p.m.
EL SECRETARIO

Abg. Carlos Bullones

IVBT/CB/Rene
KP02-J-2013-000067