REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Cuadragésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintitrés de enero de dos mil trece
202º y 153º

ASUNTO: AP21-S-2012-002951

Vista la transacción presentada en fecha 13 de diciembre 2012, suscrita por las parte oferida la ciudadana ANA ALVARADO titular de la cedula identidad n° 9.620.6999 debidamente asistida por el abogado JOCOPO FRANCISCO GOUVEIA VELAZCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 144.086, y por la parte oferente el Abogado ARMANDO JOSE SANCHEZ RIOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 70.604, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente la sociedad mercantil GRUPO 4GD, mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidades de CUATRO MIL SETENTA Y UN BOLIVARES CON TREINTA Y CUATRO CENTIMOS (4.071,34) a nombre de la oferida, y cancelado mediante cheques el primero identificado con el N°,00016705, contra el Banco Provincial , y segundo por la cantidad de DOS MIL SETECIENTOS DIECISIEIS CON TREINTA Y CINCO CENTIMSO (2.716,35) cheque N° 0016680, el tercero por monto de DOS MIL SETECIENTOS TREINTA BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (2.730,00) , cheque N° 00016693 y cuarto por un monto de UN MIL (1000,00) cheque N° 00017152 ultimo pago en consecuencia, este Tribunal HOMOLOGA dicha Transacción conforme al articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.

La Juez

El Secretario

Abg. Migdalia Montilla


Abg. Marcial Mecía