REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto 18 de diciembre de 2013
ASUNTO: KP02-L-2013-000667
PARTE DEMANDANTE: ISMAEL COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 19.696.775.-
ABOGADO APODERADO DE LA DEMANDANTE: ALI HUMBERTO ESCALONA, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el numero 150.769.-
PARTE DEMANDADA: RAFAEL TORREALBA.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.-
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.-
En fecha 21 de junio de 2013 se recibió demanda por ante la URDD CIVIL, presentada por ISMAEL COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 19.696.775 asistido por ALI HUMBERTO ESCALONA, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el numero 150.769 en contra de RAFAEL TORREALBA, siendo recibida por este despacho en fecha 26 del mismo mes y año, oportunidad en la cual se admitió la demanda librándose cartel de notificación.
En fecha 01 de octubre de 2013 el alguacil Jesús Yépez consigna la notificación sin practicar manifestando que no logró ubicar al demandado.
El 13 de diciembre de 2013, de noviembre de 2010, el ciudadano ISMAEL COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 19.696.775 asistido por ALI HUMBERTO ESCALONA abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el numero 150.769, presenta senda diligencia mediante la cual desiste del procedimiento, manifestando expresamente: “desisto del presente asunto…”
Ahora bien, este Tribunal luego de haber visto que la parte actora, con facultades para desistir según se desprende de poder que riela al folio 16 y 17 de autos, voluntariamente ha desistido del procedimiento intentado por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, acuerda homologar el desistimiento presentado. Así lo declara.-
D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Homologado el desistimiento del procedimiento por Cobro de Prestaciones Sociales intentado por el ciudadano ISMAEL COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 19.696.775 asistido por ALI HUMBERTO ESCALONA, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el numero 150.769 contra RAFAEL TORREALBA.-
SEGUNDO: Se exonera en costas a la parte demandante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, en Barquisimeto, a los 18 días del mes de diciembre de 2013..
ABG. ROSALUX GALINDEZ MUJICA
Juez Temporal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación
y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Lara
La Secretaria
Abg. Maria Fernanda Chaviel López
Nota: En esta misma fecha, se dictó y publicó la anterior decisión
La Secretaria
Abg. Maria Fernanda Chaviel López
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