REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 30 de Agosto de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2009-002823
ASUNTO : KP01-P-2009-002823



LA JUEZ ABG. ANAREXY CAMEJO
Secretaria de Sala: Abg. ELENA GARCIA MONTES
Alguacil: AJIME GUEDEZ
El fiscal 11º del Ministerio Público Abg. ROSMARY CORDERO
Imputado: LUIS IVAN COLMENAREZ PEREZ, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 14.649.167, venezolano, natural de Barquisimeto Estado Lara, de 34 años de edad, fecha de nacimiento 07/05/1979, de estado civil soltero, de profesión u oficio latonero, grado de instrucción 7mo de bachillerato, hijo de Luís Rafael Colmenarez y de Yolanda del Carmen Pérez, residenciado en: URBANIZACION LA ORQUIDEA, CALLE 4, CERCA DE LA CECOSESOLA, DE ESTA CIUDAD.- TELEFONO: 0424-573.75.21 (EL DE SU ESPOSA).- REVISADO EL SISTEMA INFORMÁTICO JURIS 2000, EL IMPUTADO NO PRESENTA CAUSAS POR ANTE OTRO TRIBUNAL DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL.
DEFENSA PÚBLICA: ABG. YGLENES SANCHEZ (SOLO POR ESTE ACTO POR LA DEFENSA ABG. YESENIA HERRERA)
DELITO: FALSA ATESTACION ANTE FUNCIONARIO PUBLICO previsto y sancionado en el art. 320 del Código penal y POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICOS previsto y sancionado en el, art. 34 de la Ley contra el tráfico y el consumo de Sustancias estupefacientes y Psicotrópicos

Audiencia de 236 del Código Orgánico Procesal Penal

Siendo las 02:30 p.m., , del día de hoy, oportunidad fijada para realizar Audiencia de conformidad con lo establecido en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, se constituye el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 02 de este Circuito Judicial Penal ubicado en el Estado Lara, integrado por LA JUEZA ABG . ANAREXY CAMEJO, quien se Aboca al conocimiento del asunto, la Secretaria de sala Abg. Elena García Montes, el Alguacil de Sala JAIME GUEDEZ.- LA Juez acordó dar inicio al acto, de conformidad con lo establecido en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal; instruyendo a los presentes sobre las formalidades del acto. SE LE CEDE LA PALBRA AL CIUDADANO LUIS IVAN COLMENAREZ PEREZ, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 14.649.167, quien expone: “Mi hermano me usurpo mi identidad y el se llama ALBERTO JOSE COLMENAREZ VILLORIA, yo nunca he tenido problemas con la justicia, es todo”.-SE LE CEDE LA PALABRA AL MINISTERIO PÚBLICO, QUIEN EXPONE: “Visto que se evidencia que efectivamente el ciudadano ALBERTO JOSE COLMENAREZ VILORIA, cédula de identidad Nº V-14.696.476, usurpo la identidad de su hermano es por lo que solicito se deje sin efecto la orden de aprehensión a los fines que el ciudadano LUIS IVAN COLMENAREZ PEREZ, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 14.649.167, resuelva su situación jurídica, es todo”.- SEGUIDO SE LE CONCEDE LA PALABRA A LA DEFENSA: “Solicito que se deje sin efecto la orden de aprehensión y se ordene la Libertad inmediata del ciudadano que se encuentra hoy en sala y se designe correo especial, a objeto que se dirija a la Asesoria Jurídica del CICPC Caracas para que solvente su situación jurídica, es todo”.-

DECISIÓN DEL TRIBUNAL
OÍDAS LAS EXPOSICIONES DE LAS PARTES Y SUS ALEGATOS, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL, MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL No. 02, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:
PRIMERO: Se acuerda dejar sin efecto la orden de aprehensión librada en su oportunidad para el LUIS IVAN COLMENAREZ PEREZ, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 14.649.167, en consecuencia se ORDENA SU LIBERTAD INMEDIATA.- SEGUNDO: Se acuerda la designación de correo especial al ciudadano, a los fines que se dirija a la Asesoria Jurídica del CICPC Caracas, a objeto de dejar sin efecto la orden de aprehensión de fecha 10/06/2013.- La presente decisión se fundamentará dentro del lapso legal Es todo, terminó, se leyó y conformes y sin observaciones de las partes, firman siendo las 02:58 p.m.:
EL JUEZ DE PRIMERA CONTROL Nº 2

ABG. ANAREXY CAMEJO

La secretaria de sala
Abg. ______________________
Se dio cumplimiento a lo ordenado.
Const.