CJPM-TM14C- 004-2012

Celebrada la respectiva Audiencia a fin de verificar el cabal cumplimiento del beneficio de la Suspensión Condicional del Proceso otorgado al acusado YEISSER JAVID GUERRERO ESPAÑA, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 25.809.242, por la comisión del delito militar de Uso Indebido de Condecoraciones, Insignias y Títulos Militares, previsto y sancionado en el articulo 566 del Código Orgánico de Justicia Militar; quien ya cumplió con las condiciones impuestas por este Tribunal Militar en fecha 21MAR2012, este Tribunal Militar para decidir observa:
En fecha 21 de Marzo del año 2012, este Tribunal le decretó la Suspensión Condicional del Proceso, al prenombrado acusado, suspendiendo el proceso por el lapso de un (01) año, e impuso las siguientes condiciones a saber:
1). Presentación Periódica cada treinta (30) días por ante el Tribunal Militar Undécimo de Control de San Cristóbal, Estado, Táchira 2) Obligación de informar a este Tribunal Militar cualquier cambio de domicilio o números telefónicos 3) Prohibición de salir del País, sin autorización del Tribunal Militar.
En esta misma fecha se recibió comunicación Nº CJPM-TM11C-500-2013, de fecha 15MAR2013, del Tribunal Militar Undécimo de Control de San Cristóbal, Estado Táchira, remitiendo la hoja original de presentaciones con un total de doce (12) presentaciones del ciudadano: YEISSER JAVID GUERRERO ESPAÑA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V.- 25.808.242, debidamente firmada por el ciudadano Sargento Ayudante Luis Alberto Ortiz Torres, Secretario Judicial, de ese Tribunal Militar; informando que mencionado ciudadano finalizo sus presentaciones en ese Órgano Jurisdiccional; En vista de lo cual este Tribunal, considera procedente decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo señalado en el artículo 46 en concordancia con el artículo 318 ordinal 3º, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO CUARTO DE CONTROL DE GUASDUALITO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL MILITAR, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: Declara la Extinción de la Acción Penal, por haberse cumplido total y cabalmente con el Régimen de Prueba, impuesto en fecha 21MAR2012 por este Despacho, al ciudadano: YEISSER JAVID GUERRERO ESPAÑA, ampliamente identificado, por la comisión del delito militar de Uso Indebido de Condecoraciones, Insignias y Títulos Militares.
SEGUNDO: Decreta el Sobreseimiento de la Causa, al acusado YEISSER JAVID GUERRERO ESPAÑA, titular de la cédula de identidad Nº 25.809.242, por la comisión del delito militar de Uso Indebido de Condecoraciones, Insignias y Títulos Militares, previsto y sancionado en el articulo 566 del Código Orgánico de Justicia Militar; de conformidad con lo establecido en el articulo 46, en concordancia con el articulo 49, ordinal 7º del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, notifíquese, déjese copia para el Archivo del Tribunal, remítase la causa al Circuito Judicial Penal Militar, en su oportunidad legal. HAGASE COMO SE ORDENA.-

EL JUEZ MILITAR,


ABOG.HUMBERTO JOSÈ ZAMBRANO
MAYOR

EL SECRETARIO JUDICIAL,


ABOG. GILBER AMADO CHACON GONZALEZ
SARGENTO AYUDANTE