REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la
Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Carora, 04 de Abril de 2013
Años: 202º y 154º


Demandante: Mariluz Castillo de Álvarez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.763.437.
Abogado de La Parte Demandante: Héctor Chirinos, inscrito en el inpreabogado Nº 52.696.
Demandado: Jairo Javier Álvarez Escobar, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.422.035.
Sentencia: Interlocutoria con Fuerza Definitiva.

ASUNTO: KP12-F-2012-000009

Visto el escrito de DESISTIMIENTO, presentado en fecha 04 de marzo de 2013, presentado por la ciudadana Mariluz Castillo de Álvarez, debidamente asistida por el abogado Héctor Chirinos, antes identificados, y por cuanto consta en autos las actuaciones solicitadas al Juzgado Ejecutor de Medidas en auto de fecha 12.03.2013, se acuerda por ser procedente, HOMOLOGAR el Desistimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, la forma de auto composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Y así se decide. Se da por terminado el juicio. Remítase al archivo judicial para su guara y cuido.
La Juez
Abg. Elizabeth Dávila
El secretario
Abg. Antony Gilberto prieto
Seguidamente se cumplió lo ordenado y se publicó la presente sentencia con el Nº 25-2013
El Sec.-