REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES SEPTIMO DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
202º y 153º
Barquisimeto, 11 de Abril de 2013
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2012-016169
Decisión: NEGATIVA ENTREGA DE VEHÍCULO.
Esta juzgadora se aboca al conocimiento de la presente causa, y estudiadas como han sido las actuaciones que conforman el presente asunto, y en atención a la solicitud interpuesta por la ciudadana Bianny Mercedes Escalona, , a los fines de que le sea entregado el Vehículo Placas: AB702NK. Marca DODGE. Modelo DART. Tipo SEDAN. Uso PARTICULAR. Año 1976, Color MARRON. Serial de Carrocería A611675. Serial del Motor 8 CILINDROS, el cual fue retenido por funcionarios adscritos a la Policía del Estado Lara, y se encuentra aparcado en el Estacionamiento la Concordia, y el mismo guarda relación con la causa Nº 13-F5-823-11 de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público del Estado Lara, este Tribunal los fines de decidir Observa:
Se inicia la presente causa según solicitud incoada por la ciudadana Bianny Mercedes Escalona, , mediante escrito presentado, ante este Tribunal.
Constan al folio (37) de la única pieza, que el vehiculo Placas: AB702NK. Marca DODGE. Modelo DART. Tipo SEDAN. Uso PARTICULAR. Año 1976, Color MARRON. Serial de Carrocería A611675. Serial del Motor 8 CILINDROS, aparece como SOLICITADO, por el delito de APROPIACION INDEBIDA, expediente K11-0056-001683, de fecha 05-05-2011, según el sistema SIIPOL, siendo lo pertinente y ajustado a derecho a criterio de quien aquí suscribe declarar SIN LUGAR LA SOLICITUD es por lo que cual se NIEGA la entrega del vehículo solicitado. Así se decide.
DECISIÓN
Por todo lo antes señalado este TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES SEPTIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a decidir en los siguientes términos PRIMERO: NIEGA LA ENTREGA del vehículo Placas: AB702NK. Marca DODGE. Modelo DART. Tipo SEDAN. Uso PARTICULAR. Año 1976, Color MARRON. Serial de Carrocería A611675. Serial del Motor 8 CILINDROS, por aparecer como SOLICITADO, por el delito de APROPIACION INDEBIDA, expediente K11-0056-001683, de fecha 05-05-2011, según el sistema SIIPOL, lo cual riela al folio (37) de la única pieza. SEGUNDO: Ofíciese al Estacionamiento LA CONCORDIA.
Regístrese, Publíquese y Notifíquese. Cúmplase.-
LA JUEZA PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES SÉPTIMO DE CONTROL
MARISOL LÓPEZ GONZÁLEZ
LA SECRETARIA